1007 038-99-MDA - Modifican artículo de ordenanza que estableció beneficio de reducción de multas administrativas a favor de contribuyentes del distrito
Fecha de publicación | 28 Julio 1999 |
Fecha de disposición | 28 Julio 1999 |
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NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 28 de julio de 1999
Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas
en el numeral 3) del Artículo 36º y los Artículos 109º y 110º de la
Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto por Unanimidad
de los Sres. Regidores asistentes a la Sesión de la fecha y con la
dispensa del trámite de la Lectura y Aprobación de Actas, se ha
dado la siguiente:
ORDENANZA SOBRE PRORROGA
PARA PRESENTAR DECLARACION JURADA MASIVA
DE PREDIOS
Artículo 1º.- Los propietarios de predios ubicados en la
jurisdicción del distrito de Ate, podrán presentar la Declaración
Jurada Masiva de Predios, a que se refiere la Ordenanza Nº 005-
MDA, hasta el 31 de agosto de 1999, sin el pago de la multa
correspondiente.
Artículo 2º.- Amplíase, hasta el 31 de agosto, la fecha de
vencimiento para la cancelación de las cuotas correspondientes al
primer y segundo trimestre de 1999, que se encuentren pen-
dientes de pago, por concepto de Impuesto Predial, Arbitrios
Municipales y Tasa de Licencia de Funcionamiento.
Artículo 3º.- Deróguese, la Ordenanza Nº 034-MDA.
Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
9880
Modifican artículo de ordenanza que
estableció beneficio de reducción de
multas administrativas a favor de
contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 038-99-MDA
Ate, 26 de julio de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ATE
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Ate, en Sesión Extraordinaria de fecha
26-7-99; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 021-MDA, se estableció el
beneficio de Reducción de Multas Administrativas con una reduc-
ción del 90% sobre el monto de las mismas;
Que, mediante Ordenanza Nº 036-99-MDA, se ha ampliado el
período de acogimiento al beneficio para los contribuyentes del
distrito de Ate, los que han demostrado voluntad de pago, siendo
necesario extender el plazo a que contrae la citada Ordenanza;
Que, es necesario otorgar las más amplias facilidades para
que los contribuyentes puedan hacer efectivo el pago de las
sanciones administrativas en la que se encuentren inmersos;
Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las
facultades conferidas por el Artículo 109º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 23853 y modificatorias, y con el voto por
unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión de la
fecha; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas;
se ha dado la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 1º
DE LA ORDENANZA Nº 021-MDA
Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo Primero de la Ordenan-
za Nº 021-MDA, en los términos siguientes:
"Artículo Primero.- Beneficio de Reducción de Multas Admi-
nistrativas No Tributarias.
Establézcase en la jurisdicción del distrito de Ate el Beneficio
de Reducción de Multas Administrativas, a través del cual las
personas naturales o jurídicas que tengan deudas pendientes con
la Municipalidad por concepto de multas administrativas no
tributarias hasta la fecha de publicación de la presente ordenan-
za, podrán cancelar las mismas con una rebaja del 90% siempre
y cuando el pago se realice hasta el 31 de agosto de 1999".
Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza Nº 036-99-MDA.
Artículo 3º.- La presente ordenanza entrará en vigencia al
día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
9881
Amplían plazo para acogerse al Benefi-
cio de Regularización Tributaria
Municipal
ORDENANZA Nº 039-99-MDA
Ate, 26 de julio de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ATE
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Ate en sesión extraordinaria de fecha
26-7-99; y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 6 de febrero de 1999, se publicó la Ordenanza
Nº 10-99-MDA, que crea el Beneficio de Regularización Tributa-
ria Municipal de Ate, denominado BERTRIMUN, aplicable a los
deudores de dicha Municipalidad por sus obligaciones Tributa-
rias y no Tributarias;
Que, el Artículo 7º de la citada Ordenanza establece que los
contribuyentes y responsables y los infractores podrán acogerse
al citado beneficio hasta el 31 de marzo de 1999;
Que, mediante Ordenanza Nº 035-MDA se ha extendido el
plazo de acogimiento del citado beneficio hasta el 31 de agosto de
1999;
Que, es preocupación de la actual Administración Municipal
brindar a los contribuyentes del distrito las más amplias facilida-
des, máxime si se ha corroborado la acogida que ha tenido este
beneficio a nivel de la población de esta comuna; siendo necesario
modificar el citado artículo;
Consecuentemente, estando a las consideraciones antes ex-
puestas, en el numeral 3), del Nº 36 y los Artículos 109º y 110º de
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y con el voto por
Unanimidad de los señores Regidores asistentes a la sesión de la
fecha y con la dispensa del trámite de Lectura y aprobación de
Actas, se ha dado la siguiente;
ORDENANZA SOBRE MODIFICACION DE LA
ORDENANZA Nº 010-MDA PARA ACOGERSE
AL BERTRIMUN ATE
Artículo 1º.- Modifíquese el primer párrafo del Artículo 7º de
la Ordenanza Nº 010-MDA, en los términos siguientes:
"Los contribuyentes o responsables y los infractores podrán
acogerse al BERTRIMUN-ATE, hasta el 31 de agosto de 1999,
presentando la Declaración de Pago, cuyo modelo aprobará el
SAT".
Artículo 2º.- Cuando en la Ordenanza Nº 010-MDA se haga
referencia a la fecha 31 de marzo de 1999, se entenderá referida
a la fecha 31 de agosto.
Artículo 3º.- Deróguese, la Ordenanza Nº 035-MDA.
Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
9882
Inician procesos disciplinarios a ex
funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0393
Ate, 27 de julio de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE
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