RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 324-2010-CE-PJ - Autorizan a la Corte Superior de Justicia de Tacna a establecer nuevo horario de trabajo en el ámbito de su circunscripción

Fecha de publicación22 Octubre 2010
Fecha de disposición22 Octubre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 22 de octubre de 2010
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las causas vienen resolviéndose con mayor celeridad;
en consecuencia, resulta necesario adecuar a esta
realidad los servicios administrativos de apoyo a la labor
jurisdiccional en esta materia, siendo uno de ellos, la
expedición de Certif‌i cados de Antecedentes Penales que
realiza el Registro Nacional Judicial;
Quinto: Con la f‌i nalidad de atender en forma
oportuna e inmediata los requerimientos de información
de antecedentes penales por parte de los órganos
jurisdiccionales especializados en materia penal y mixtos,
resulta necesario establecer normas y procedimientos que
faciliten al magistrado solicitar y obtener los Certif‌i cados
de Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional
directamente y desde su despacho;
Sexto: Que, a f‌i n de brindar este servicio, se ha
desarrollado el aplicativo informático denominado
“Modulo de Solicitudes de Información de Antecedentes
Penales para magistrados” (MSIAP-Magistrados), el
cual permitirá a los magistrados generar sus propias
solicitudes de Certif‌i cados de Antecedentes Penales
de Uso Jurisdiccional desde su propio computador y
obtener respuesta inmediata; el referido aplicativo por su
implicancia en los procedimientos administrativos como
jurisdiccionales, requiere de normas y procedimientos
que permitan el acceso a dicho aplicativo informático,
en los cuales se establezcan las políticas de uso,
seguridad y responsabilidad para la expedición de tales
documentos con las excepciones del caso, de acuerdo
con la posibilidad o no de su implementación a nivel
nacional;
Sétimo: Que, la implementación del mencionado
proyecto informático a través de la propuesta de directiva
elaborada por la Gerencia General del Poder Judicial
permitirá adecuar el servicio judicial de expedición de
Certif‌i cados de Antecedentes Penales con la puesta
en funcionamiento del nuevo Código Procesal Penal,
además de coadyuvar a los magistrados para resolver
los procesos a su cargo; por lo que resulta conveniente
aprobar la directiva propuesta;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria
de la fecha, por unanimidad,
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 007-2010-
CE-PJ “Normas y Procedimientos para la expedición
de Certif‌i cados de Antecedentes Penales de Uso
Jurisdiccional a través del Módulo de Solicitudes de
Información de Antecedentes Penales para Magistrados
(MSIAP-Magistrados)” que consta de (07) artículos,
(03) Disposiciones Finales y Transitorias; que en anexo
adjunto forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que en las Cortes
Superiores de Justicia de la República se implemente el
“Módulo de Solicitudes de Información de Antecedentes
Penales para Magistrados (MSIAP-Magistrados)”, en
coordinación con las Of‌i cinas de Administración de
dichas sedes judiciales.
Artículo Tercero.- Disponer que todos los órganos
jurisdiccionales especializados en materia penal y mixtos
que requieran Certif‌i cados de Antecedentes Penales,
cumplan estrictamente las disposiciones contenidos en
la mencionada directiva.
Artículo Cuarto.- Disponer que los órganos
jurisdiccionales citados en el artículo anterior, que
cuenten con acceso al módulo de solicitudes, lo utilicen
obligatoriamente para formular sus requerimientos
de Certif‌i cados de Antecedentes Penales de Uso
Jurisdiccionales; aquellos que aún no cuenten con este
servicio, seguirán solicitando dicha información al Registro
Distrital Judicial de su jurisdicción, utilizando para tal f‌i n,
el formato “Solicitud de Antecedentes Penales de Uso
Jurisdiccional que se anexa a la presente resolución.
Artículo Quinto.- Disponer que el Certif‌i cado de
Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional, emitido a través
del Módulo de Solicitudes de Información de Antecedentes
Penales para Magistrados (MSIAP-Magistrados), tenga
valor of‌i cial y sea de uso exclusivo para los magistrados en
los procesos que estén a su cargo.
Artículo Sexto.- Encargar a las Gerencias de
Informática y de Servicios Judiciales y Recaudación de la
Gerencia General del Poder Judicial la implementación,
difusión del contenido y alcances de esta resolución
respectivamente.
Artículo Sétimo.- Transcríbase la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de
la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de
Justicia de la República y a la Gerencia General del Poder
Judicial, para su conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ROBINSON O. GONZALES CAMPOS
JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA
FLAMINIO VIGO SALDAÑA
DARIO PALACIOS DEXTRE
Nota.: La Directiva Nº 007-2010-CE-PJ “Normas y
Procedimientos para la expedición de Certif‌i cados de
Antecedentes Penales de Uso Jurisdiccional a través del
Módulo de Solicitudes de Información de Antecedentes Penales
para Magistrados (MSIAP-Magistrados)”, está publicada en el
Portal de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe.
558649-1
Autorizan a la Corte Superior de
Justicia de Tacna a establecer nuevo
horario de trabajo en el ámbito de su
circunscripción
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 324-2010-CE-PJ
Lima, 22 de setiembre de 2010
VISTO:
El Of‌i cio Nº 5285-2009-P-CSJT/PJ, cursado por el
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Tacna eleva a este Órgano de Gobierno
el acuerdo adoptado en sesión de Sala Plena de fecha
25 de noviembre del año próximo pasado, respecto a la
ratif‌i cación del pedido formulado por los trabajadores del
citado Distrito Judicial sobre modif‌i cación del horario de
trabajo, en el sentido de adicionar quince minutos más al
tiempo de refrigerio, motivo por el cual la jornada laboral
sería desde las 8:00 hasta las 17:00 horas, contando con
un tiempo de refrigerio de una hora comprendido desde
las 13:30 a 14:30 horas;
Segundo: Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
de acuerdo a las atribuciones establecidas en el artículo
82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, expidió la Resolución Administrativa Nº
072-2002-CE-PJ, su fecha 05 de junio de 2002, aprobando
la Directiva que regula la jornada laboral en las Cortes
Superiores de Justicia del país, estableciendo el marco
normativo para que dichas Cortes Superiores de acuerdo
a su realidad geográf‌i ca, usos y costumbres, adopten las
decisiones pertinentes respecto a la jornada laboral en el
ámbito de su competencia; disponiéndose asimismo, que
se respete estrictamente lo prescrito en el artículo 25º de la
Constitución Política del Estado, en cuanto a que la jornada

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