2823 214-2001-CT-MP - Modifican resolución en la parte que establece el horario de atención de la Mesa de Partes Unica de las Fiscalías Provinciales Penales de Lima

Fecha de publicación25 Abril 2001
Fecha de disposición25 Abril 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 25 de abril de 2001 AÑO XIX - Nº 7611 Pág. 201819
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
DECRETOS DE
URGENCIA
Autorizan transferencia de partidas en el
presupuesto del Sector Público destina-
da a permitir al Ministerio de Trabajo y
Promoción Social cumplir con objetivos y
metas del ejercicio fiscal 2001
DECRETO DE URGENCIA
Nº 053-2001
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Legislativo Nº 909 modificado por la
Ley Nº 27427 se aprobó el Presupuesto para el Año Fiscal
2001 del Sector Público, entre ellos del Pliego 012 del
Ministerio de Trabajo y Promoción Social;
Que, mediante los Decretos Supremos Nºs. 003-99-
TR y 007-2000-TR se actualizan algunos trámites
administrativos regulados en el TUPA del Ministerio de
Trabajo y Promoción Social reduciendo ciertos conceptos
de tasas y eliminándose a partir de diciembre de 2000 el
Registro de los Contratos Sujetos a Modalidad en el
marco de la política de eliminación de sobrecostos labo-
rales cuyos montos están sujetos a un porcentaje de la
Unidad Impositiva Tributaria;
Que, la reducción de los ingresos citada en el conside-
rando precedente representa un déficit de los recursos
estimados en el presupuesto del año 2001 del Ministerio de
Trabajo y Promoción Social e incidirían negativamente en
uno de los pilares fundamentales de dicho pliego como es la
consolidación de la paz laboral, el cumplimiento de la
legislación, la promoción del empleo, la capacitación y el
acceso a la información como elementos fundamentales
para elevar la productividad de las empresas, entre otros;
Que, en el marco de lo antes señalado, es conveniente
otorgar los recursos financieros necesarios al Ministerio
de Trabajo y Promoción Social con la finalidad de permi-
tir desarrollar con eficiencia las acciones previstas para
dicho fin;
Que, para tal efecto se destinarán recursos del Pliego
015 - Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi-
vienda y Construcción, autorizando una Transferencia
de Partidas en el Ejercicio Fiscal 2001;
Que, por tratarse de medidas en materia económica
y financiera que permitirá al Ministerio de Trabajo y
Promoción Social, cumplir con cabalidad las funciones
encomendadas así como con los objetivos y metas previs-
tas en el vigente ejercicio fiscal, existen razones de
interés nacional que justifican la expedición del presente
dispositivo en forma inmediata;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 19)
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de
Partidas
Autorízase una Transferencia de Partidas en el Pre-
supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001,
hasta por la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS
VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 723 428,00), de acuerdo
al siguiente detalle:
DE LA:
SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 015 :MINISTERIO DE TRANSPORTES,
COMUNICACIONES, VIVIENDA Y
CONSTRUCCION
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
------------------
TOTAL EGRESOS 6 723 428,00
==========
A LA:
SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 012 :MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION
SOCIAL
UNIDAD EJECUTORA 001 :MINISTERIO DE TRABAJO - OFICINA
GENERAL DE ADMINISTRACION
FUNCION 03 :ADMINISTRACION Y PLANEAMIENTO
PROGRAMA 006 :PLANEAMIENTO GUBERNAMENTAL
SUBPROGRAMA 0005 :SUPERVISION Y COORDINACION
SUPERIOR
ACTIVIDAD 00110 :CONDUCCION Y ORIENTACION SUPERIOR
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 BIENES Y SERVICIOS 1 200 000,00
------------------
TOTAL PROGRAMA 006 1 200 000,00
------------------
FUNCION 15 :TRABAJO
PROGRAMA 003 :ADMINISTRACION
SUBPROGRAMA 0003 :DEFENSA DE LOS DERECHOS
CONSTITUCIONALES Y LEGALES
ACTIVIDAD 00169 :DEFENSA JUDICIAL DEL ESTADO
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 BIENES Y SERVICIOS 50 000,00
--------------
TOTAL SUBPROGRAMA 0003 50 000,00
--------------
SUBPROGRAMA 0006 :ADMINISTRACION GENERAL
ACTIVIDAD 00267 :GESTION ADMINISTRATIVA
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 BIENES Y SERVICIOS 1 976 356,00
------------------
TOTAL SUBPROGRAMA 0006 1 976 356,00
------------------
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 25 de abril de 2001
SUBPROGRAMA 0014 :CONTROL INTERNO
ACTIVIDAD 00485 :SUPERVISION Y CONTROL
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 BIENES Y SERVICIOS 164 000,00
------------------
TOTAL SUBPROGRAMA 0014 164 000,00
------------------
TOTAL PROGRAMA 003 2 190 356,00
------------------
PROGRAMA 049 :PRESTACIONES LABORALES
SUBPROGRAMA 0134 :RELACIONES DE TRABAJO
ACTIVIDAD 00209 :DESARROLLO DE LAS RELACIONES DE
TRABAJO
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 BIENES Y SERVICIOS 2 292 944,00
------------------
TOTAL SUBPROGRAMA 0134 2 292 944,00
------------------
SUBPROGRAMA 0135 :EMPLEO Y FORMACION PROFESIONAL
ACTIVIDAD 00179 :DESARROLLO DE ESTUDIOS
INVESTIGACION Y ESTADISTICAS
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 BIENES Y SERVICIOS 350 000,00
ACTIVIDAD 00265 :GENERACION DE EMPLEOS Y RENTAS
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 BIENES Y SERVICIOS 427 128,00
ACTIVIDAD 00330 :MANTENIMIENTO DE LA CARTERA DE
TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 00 :RECURSOS ORDINARIOS
(En Nuevos Soles)
CATEGORIA DEL GASTO
5GASTOS CORRIENTES
3 BIENES Y SERVICIOS 263 000,00
------------------
TOTAL SUBPROGRAMA 0135 1 040 128,00
------------------
TOTAL PROGRAMA 049 3 333 072,00
------------------
TOTAL EGRESOS 6 723 428,00
==========
Artículo 2º.- De la Desagregación de los Montos
a Transferir del Ministerio de Transportes, Comu-
nicaciones, Vivienda y Construcción
El Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi-
vienda y Construcción desagregará mediante Resolu-
ción del Titular del Pliego la Transferencia de Partidas
autorizada por el artículo precedente, a nivel de Unidad
Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad
y Proyecto y Grupo Genérico del Gasto.
Artículo 3º.- De las Codificaciones
La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del
Pliego comprendido en la presente transferencia de par-
tidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto
Público las codificaciones que se requieran como conse-
cuencia de la incorporación de Componentes, Finalida-
des de Meta y Unidades de Medida.
Artículo 4º.- Notas de Modificación Presupues-
taria
La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en
el Pliego, instruye a la Unidad Ejecutora bajo su ámbito
para que elabore las correspondientes "Notas para Mo-
dificación Presupuestaria" que se requieran, como con-
secuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 5º.- Remisión
Copia del presente Dispositivo se remite dentro de los
cinco (5) días de aprobado a los Organismos señalados en
el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 909 Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001.
Artículo 6º.- Refrendo
El presente Decreto de Urgencia será refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de
Trabajo y Promoción Social, por el Ministro de Trans-
portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y por
el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti-
cuatro días del mes de abril del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas y
Encargado de la Presidencia del
Consejo de Ministros
JAIME ZAVALA COSTA
Ministro de Trabajo y Promoción Social
LUIS ORTEGA NAVARRETE
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
22403
P C M
Aprueban el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones del INEI
DECRETO SUPREMO
Nº 043-2001-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-91-PCM, se
aprobó el "Reglamento de Organización y Funciones del
Instituto Nacional de Estadística e Informática", el que
ha sido objeto de modificaciones, con el propósito de
adecuar su funcionamiento a los nuevos retos que se le
presentan como ente rector de los Sistemas Nacionales
de Estadística e Informática;
Que, por Resolución Suprema Nº 080-2001-PCM, se
declaró al Instituto Nacional de Estadística e Informáti-
ca, en proceso de Reestructuración Organizativa Institu-
cional por el plazo de 30 días calendario, al amparo del
Decreto de Urgencia Nº 128-2000, facultándosele a ela-
borar su nuevo Reglamento de Organización y Funcio-
nes, reformular su Cuadro de Asignación de Personal y
su Presupuesto Analítico de Personal, sin exceder los
montos presupuestales asignados, ni demandar recur-
sos adicionales a los aprobados;
Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 27427,
precisa que las entidades del Sector Público, que estimen
conveniente podrán llevar a cabo un proceso de Rees-
tructuración Organizativa Institucional, dentro de un
plazo que no exceda de sesenta (60) días calendario,
contados a partir de su entrada en vigencia;
Que, resulta conveniente proseguir con el proceso de
Reestructuración Organizativa Institucional del Insti-
tuto Nacional de Estadística e Informática, mediante la
aprobación de sus instrumentos de Gestión Institucio-
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 25 de abril de 2001
nal, conforme a los procedimientos y formalidades
establecidas por la Ley Nº 27427;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8)
Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática, que consta de ocho (8) Títulos, veintidós
(22) Capítulos, Ciento cinco (105) Artículos, dos (2)
Disposiciones Complementarias y una (1) Disposición
Final, cuyo texto forma parte integrante del presente
Decreto Supremo.
Artículo 2º.- Facúltase al INEI a efectuar las accio-
nes de personal que conlleve el proceso de reestructura-
ción organizativa institucional, a que se refiere la Prime-
ra Disposición Final de la Ley Nº 27427, tendientes a
implementar su Cuadro para Asignación de Personal -
CAP dentro de los límites de ingresos establecidos en el
presente año fiscal.
Artículo 3º.- Derógase el Decreto Supremo Nº 018-
91-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Infor-
mática y demás normas que se opongan al presente
Decreto Supremo.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún
días del mes de abril del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
Encargado de la Presidencia del
Consejo de Ministros
REGLAMENTO DE ORGANIZACION
Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL
DE ESTADISTICA E INFORMATICA
TITULO PRIMERO
DE LA NATURALEZA, FINALIDAD,
OBJETIVOS Y FUNCIONES
GENERALES DEL INEI
Artículo 1º.- El INEI es un Organismo Público Des-
centralizado dependiente del Presidente del Consejo de
Ministros con personería jurídica de derecho público
interno, constituye pliego presupuestal y goza de auto-
nomía técnica y de gestión. Es el organismo central y
rector de los Sistemas Nacionales de Estadística e Infor-
mática, tiene rango de Sistema Administrativo Central
y su Jefe es la máxima autoridad.
Artículo 2º.- El INEI, como órgano rector, regula,
coordina y realiza actividades de estadística básica y
derivada, así como el análisis de la estadística oficial.
Asimismo, formula y evalúa la política nacional de infor-
mática y regula las actividades de informática en el
Sector Público.
Artículo 3º.- El INEI tiene como finalidad asegurar
que las actividades estadísticas e informáticas se desa-
rrollen en forma integrada, coordinada, racionalizada y
bajo una normatividad técnica común.
Artículo 4º.- Los objetivos del INEI son:
a. Asegurar la producción y la amplia difusión de
información estadística en forma oportuna, y confiable,
para el mejor conocimiento de la realidad nacional y la
adecuada toma de decisiones.
b. Normar, coordinar, integrar y racionalizar las
actividades de estadística e informática oficiales.
c. Promover la capacitación, investigación y desarro-
llo de las actividades estadísticas e informáticas, así
como la incorporación de las tecnologías de información
en la Administración Pública.
d. Promover el interés de la población por las activi-
dades estadísticas e informáticas, para lograr su activa
y permanente participación y colaboración.
Artículo 5º.- Son funciones generales del INEI, las
siguientes:
a. Establecer la Política Nacional de Estadística e
Informática, así como coordinar y orientar la formula-
ción y evaluación de los Planes Estadísticos e Informáti-
cos de los Organos de los Sistemas.
b. Normar, producir y difundir estadísticas oficiales,
así como ejecutar las actividades estadísticas de cober-
tura nacional y aquellas que no puedan ser ejecutadas
por los órganos integrantes de los Sistemas.
c. Coordinar y/o ejecutar la producción de las estadís-
ticas básicas a través de los censos, encuestas por mues-
treo y registros administrativos del sector público; así
como mantener actualizada la cartografía censal.
d. Coordinar y/o producir estadísticas referidas a los
sistemas de cuentas nacionales y departamentales, es-
quemas macroestadísticos; así como estadísticas demo-
gráficas e indicadores económicos y sociales.
e. Coordinar con los organismos responsables de la
normatividad respecto a los planes contables a fin de
facilitar la captación de la información estadística y el
procesamiento electrónico de datos.
f. Producir y difundir los índices de precios del consu-
midor, así como el comportamiento de las principales
variables económicas y sociales.
g. Normar, promover, conducir y supervisar el uso de
la tecnología y el desarrollo de la informática oficial en el
país.
h. Normar, supervisar y evaluar los métodos, proce-
dimientos y técnicas estadísticas e informáticas utiliza-
das por los Organos de los Sistemas.
i. Capacitar al personal del INEI y del SINEI en el
conocimiento de metodologías y técnicas estadísticas e
informáticas.
j. Fomentar, orientar y difundir la investigación téc-
nico científica de la Estadística e Informática.
k. Normar y desarrollar el Banco de Datos del INEI
y de los Organos integrantes de los Sistemas.

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