06 117-99-EF - Aprueban escala remunerativa de la SUNARP, ORLC y de Oficinas Registrales Regionales, a partir del mes de junio de 1999

Fecha de disposición08 Julio 1999
Fecha de publicación08 Julio 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 8 de julio de 1999 AÑO XVII - Nº 6953 Pág. 175433
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
DECRETOS DE
URGENCIA
Autorizan crédito suplementario en
el presupuesto del Sector Público,
destinado a financiar el Programa
Nacional de Atención al Menor de
Tres Años Wawa Wasi - Fase I
DECRETO DE URGENCIA
Nº 040-99
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-99-EF se aprobó
una operación de Endeudamiento Externo concertada entre
la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarro-
llo - BID, por el monto ascendente a CUARENTA Y SEIS
MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AME-
RICANOS (US$ 46 600 000,00), destinada a financiar par-
cialmente el Programa Nacional de Atención al Menor de
Tres Años Wawa Wasi - Fase I;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2º del
referido Decreto Supremo, el organismo ejecutor del mencio-
nado programa es el Ministerio de Promoción de la Mujer y
del Desarrollo Humano a través del Programa Nacional de
Atención al Menor de Tres Años Wawa Wasi - Fase I;
Que, en el presupuesto del Ministerio de Promoción de la
Mujer y del Desarrollo Humano aprobado por la Ley Nº 27013
- Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, no se han
considerado los recursos de la operación de endeudamiento
antes indicada;
Que, es necesario incorporar en el Presupuesto del Gobier-
no Central, Pliego 034 Ministerio de Promoción de la Mujer y
del Desarrollo Humano, los recursos financieros provenientes
de la operación de Endeudamiento Externo, concertada con la
entidad financiera mencionada en el primer considerando,
ascendente a DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS NO-
VENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 590 000,00),
equivalente a CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/
100 DOLARES AMERICANOS (US$ 5 500 000,00) a ejecutar-
se en el presente año fiscal;
Que, los recursos a incorporar provenientes del Endeuda-
miento, cuentan con la respectiva Contrapartida Nacional,
en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase un Crédito Suplementario en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 1999,
hasta por la suma de DIECIOCHO MILLONES QUINIEN-
TOS NOVENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 18 590
000,00) de acuerdo al siguiente detalle:
(En Nuevos Soles)
INGRESOS
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 12 :Recursos por Operaciones
Oficiales de Crédito Externo
4.0.0. :Financiamiento
4.1.0. :Operaciones Oficiales de Crédito
4.1.2. :Operaciones Oficiales de Crédito
Externo
4.1.2.001 :Operaciones Oficiales de Crédito
Externo - BID 18 590 000,00
-------------------
TOTAL INGRESOS 18 590 000,00
===========
EGRESOS
SECCION PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 034 :MINISTERIO DE PROMOCION DE
LA MUJER Y DEL DESARROLLO
HUMANO
UNIDAD EJECUTORA 002 :Programa Nacional de Wawa Wasi
FUNCION 09 :Educación y Cultura
PROGRAMA 026 :Educación Inicial
SUBPROGRAMA 0070 :Programas Especiales
PROYECTO 00606 :Fortalecimiento de la Atención al
Menor de Tres Años
6. GASTOS DE CAPITAL 18 590 000,00
5. Inversiones 18 590 000,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 18 590 000,00
===========
Artículo 2º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego 034
Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma-
no comprendido en el presente Crédito Suplementario, soli-
citará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las
codificaciones que se requieran como consecuencia de la
incorporación de nuevas partidas de ingresos, componentes,
finalidades de meta y unidades de medida.
Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto del Pliego 034
Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano
instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspon-
diente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera,
como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4º.- El presente Decreto de Urgencia será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del
mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
LUISA MARIA CUCULIZA TORRE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
8899
P C M
Autorizan viaje de asesores de PROM-
PEX para realizar coordinaciones relati-
vas a misión empresarial que se realiza-
rá en Venezuela
RESOLUCION SUPREMA
Nº 370-99-PCM
Lima, 7 de julio de 1999
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 8 de julio de 1999
Visto el Oficio Nº 323-99-PROMPEX/GG del Gerente
General de la Comisión para la Promoción de Exportaciones
- PROMPEX; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones -
PROMPEX ha programado la realización de la Misión Em-
presarial Peruana en la ciudad de Caracas, Venezuela, a
realizarse del 13 al 15 de julio de 1999;
Que, para tal efecto, es pertinente designar a dos repre-
sentantes de la Comisión para la Promoción de Exportacio-
nes - PROMPEX, con el objeto de realizar las coordinaciones
necesarias para garantizar el éxito de la Misión y de esta
manera promover en el mercado venezolano la oferta multi-
sectorial exportable peruana;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo
Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto
Supremo Nº 135-90-PCM y Decreto Supremo Nº 037-91-
PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Limo
del Castillo, y de la señora Lorena Díaz-Dulanto Salcedo,
Asesores de la Comisión para la Promoción de Exportaciones
-PROMPEX- a la ciudad de Caracas - Venezuela, del 5 al 15
de julio de 1999, para los fines expuestos en la parte conside-
rativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de
la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto del
Pliego 008 Comisión para la Promoción de Exportaciones,
del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad
Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de Exportacio-
nes, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa
040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción Externa del
Comercio, de acuerdo al siguiente detalle:
RICARDO LIMO DEL CASTILLO
- Viáticos :US$ 1,000.00
LORENA DIAZ-DULANTO SALCEDO
- Viáticos :US$ 1,000.00
Artículo 3º.- Los representantes de PROMPEX antes
mencionados, en el término de diez (10) días útiles, contados
a partir de su retorno al país, deberán elaborar un informe
para la Presidencia de PROMPEX, en el cual describirán las
actividades desarrolladas y los resultados obtenidos en el
mencionado viaje.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a
exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ningu-
na clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
8906
Constituyen comisión encargada de
identificación de predios comprendi-
dos en alcances de ejecutoria supre-
ma para su saneamiento legal e ins-
cripción a nombre del Estado
RESOLUCION SUPREMA
Nº 372-99-PCM
Lima, 7 de julio de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ejecutoria Suprema de fecha 28 de
diciembre de 1994, culmina el proceso judicial de denun-
cio de tierras, reivindicación y nulidad de escrituras
incoado por el Supremo Gobierno contra la Sucesión
Domingo Boza y otros en el año 1875, quedando firme la
Sentencia expedida mediante Resolución Nº 126 de fecha
31 de octubre de 1983, la misma que declara fundada en
parte la acción interpuesta y dispone, entre otros, la
reversión al dominio del Estado de las tierras fiscales
detentadas por terceros y que afectan los derechos del
Estado, comprendiendo dentro de sus alcances, de mane-
ra general e imprecisa, a todos los terrenos ubicados en
la margen derecha del río Rímac desde el distrito de
Chosica hasta su desembocadura en la Provincia Consti-
tucional del Callao;
Que, en el desarrollo del proceso judicial antes citado se
han producido múltiples ampliaciones de la demanda, desis-
timientos en determinados casos y titulaciones en base a
Leyes especiales consideradas en la propia Sentencia, que
dificultan la determinación precisa de las tierras que en
mérito a la misma procede reivindicar a favor del Estado,
habiéndose evidenciado, entre otros, la ausencia de planos
que identifiquen dichos inmuebles;
Que, asimismo, en el lapso de 123 años, tiempo trans-
currido desde la interposición de la demanda, se han
producido variaciones en la situación fáctica y legal de los
terrenos sobre los cuales recae dicho pronunciamiento
judicial;
Que, en tal sentido, a efectos de la inscripción de la
reversión al dominio del Estado de los predios comprendidos
dentro de los alcances de la Sentencia antes citada, es
necesario efectuar el estudio registral de los mismos a fin de
identificarlos plenamente y proceder a su saneamiento físico
legal de ser el caso;
Que, en consecuencia resulta conveniente constituir una
Comisión encargada de llevar a cabo las acciones necesarias
para viabilizar la reversión de dichos predios al dominio del
Estado e inscripción correspondiente;
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º de
la Constitución Política del Perú y a lo establecido por el
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Constitúyase una Comisión encargada
de la identificación y precisión física de las áreas corres-
pondientes a los predios comprendidos dentro de los
alcances de la Sentencia expedida mediante Resolución
Nº 126 de fecha 31 de octubre de 1983, para efectos de su
posterior saneamiento legal y consecuente inscripción a
nombre del Estado.
La Comisión que se constituye por el presente artículo,
estará integrada por los siguientes miembros:
Un representante de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos, quien la presidirá;
Un representante de la Superintendencia de Bienes
Nacionales;
Un representante de la Comisión de Formalización de la
Propiedad Informal; y,
Un representante del Instituto Nacional de Defensa
Civil.
Artículo 2º.- La Comisión queda autorizada a solicitar el
apoyo y asesoramiento técnico de las Entidades del Sector
Público y Gobiernos Locales que sea necesario para el mejor
cumplimiento del encargo a que se refiere el artículo prece-
dente.
Artículo 3º.- La Comisión contará con un plazo no mayor
de 180 días, contados a partir de su instalación, para el
cumplimiento del encargo conferido, a cuyo término deberá
presentar el informe correspondiente.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el
Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons-
trucción, por el Ministro de Justicia y por el Ministro de la
Presidencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
JORGE BUSTAMANTE ROMERO
Ministro de Justicia
EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA
Ministro de la Presidencia
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Pág. 175435
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 8 de julio de 1999
Aceptan donación efectuada en el mar-
co de Acuerdo sobre cooperación téc-
nica entre los Gobiernos de Perú y del
Japón
RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL
Nº 060-99-PCM
Lima, 6 de julio de 1999
Vista la comunicación JP-D-99004 de fecha 17 de junio de
1999 de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón
- JICA;
CONSIDERANDO:
Que, con el documento de vistos, la Agencia de Coope-
ración Internacional del Japón - JICA, ha comunicado a
la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica de la
Presidencia del Consejo de Ministros, que el Gobierno del
Japón ha efectuado una donación de equipo de cómputo
(una computadora personal Think Pad 1455, 2611-465, y
accesorios), con un peso de 83,0 Kgs. y un valor CIF de
1.799.450,00 yenes japoneses (US$ 14.859,00 aproxima-
damente);
Que dicha donación se encuentra prevista en el Acuerdo
Básico sobre Cooperación Técnica suscrito en agosto de 1979
entre los Gobiernos de la República del Perú y del Japón;
Que, según la Guía Aérea Nº 30755406875 de fecha 17 de
junio de 1999, extendida por la Compañía Challenge Air
Cargo, se consigna que la mercadería donada ha sido embar-
cada en el Aeropuerto Internacional de Tokio con destino al
Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez" del Callao;
Que, por Decreto Ley Nº 21942 se establece que las
mercancías donadas provenientes del extranjero así como las
donaciones por concepto de Cooperación Técnica Internacio-
nal, gozarán de tratamiento preferencial en el despacho de
las Aduanas de la República;
Que, en consecuencia, es procedente que la Presidencia
del Consejo de Ministros acepte la donación efectuada por el
Gobierno del Japón;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto
Legislativo Nº 821, Art. 1º del Decreto Supremo Nº 099-
96-EF, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo
establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto
Supremo Nº 041-94-PCM y Resolución Ministerial Nº
039-96-PCM;
Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de
Cooperación Técnica Internacional y el visto bueno de la
Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de
Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ACEPTAR en nombre del Gobierno Perua-
no, la donación efectuada por el Gobierno del Japón en el
marco del Acuerdo Básico sobre Cooperación Técnica suscri-
to en agosto de 1979 entre los Gobiernos de la República del
Perú y del Japón, a favor de la Secretaría Ejecutiva de
Cooperación Técnica Internacional consistente en equipos
de cómputo (una computadora personal Think Pad 1455,
2611-465, y accesorios), con un peso de 83,0 Kgs. y un valor
CIF de 1.799.450,00 yenes japoneses (US$ 14.859,00 aproxi-
madamente).
Artículo 2º.- Agradecer al Gobierno del Japón por su
valiosa contribución.
Artículo 3º.- La presente Resolución se transcribirá a la
Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría
General de la República dentro de los plazos establecidos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR CAMACHO ORLANDINI
Secretario General
Presidencia del Consejo de Ministros
8802
COLOCAR
AVISO
ASOCIACION FISCAL
INTERNACIONAL

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