ORDENANZA Nº 003-2009-CR/GOB.REG.TACNA - Declaran de interés regional la formulación de políticas para la prevención y erradicación de la violencia familiar y sexual de las mujeres, niñas y adolescentes en la Región Tacna

Fecha de disposición06 Marzo 2009
Fecha de publicación06 Marzo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 6 de marzo de 2009
391912
y representante autorizado en la elaboración de diseños,
impresión y control de calidad de f‌i chas ópticas OMR en
el Perú, Ecuador y Bolivia; por lo que solicita la resolución
correspondiente, para dar cumplimiento al Art. 20º Inc. e)
del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para poder
realizar adquisiciones de Fichas Ópticas OMR, por cuanto
la Resolución Nº 113-2008-UNHEVAL-R se encuentra
establecido para el ejercicio presupuestal 2008;
Que la Asesora Legal, con el Informe Nº 135-2009-
UNHEVAL/AL, del 19.FEB.2009, manif‌i esta que el inciso
e) del Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado vigente “Están exonerados de los procesos de
selección las contrataciones que se realicen cuando exista
proveedor único de bienes y servicios que no admiten
sustitutos, o cuando por razones técnicas o relacionadas con
la protección de derechos, se haya establecido la exclusividad
del proveedor”; así mismo, de conformidad al artículo 131º
del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado vigente se tiene que procede la exoneración del
proceso: ”En los casos que no existan bienes sustitutos o
servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria,
y siempre que exista un solo proveedor en el mercado
nacional, la entidad puede contratar directamente. También
se considera que existe proveedor único en los casos que
por razones técnicas o relacionadas con la protección de
derechos de propiedad intelectual se haya establecido la
exclusividad del proveedor”; Que de la evaluación de la
documentación administrativa se desprende del documento
de Certif‌i cación expedido por el Gerente Regional América
Latina Luis D. Wasserman que POLYSISTEMAS SAC, es la
única compañía autorizada para elaborar diseños, impresión
y control de calidad de f‌i chas ópticas OMR en Perú, Bolivia
y Ecuador. Asimismo, el representante legal de la empresa
POLYSISTEMAS SAC remitió una declaración jurada en
la que declara bajo juramento que su representada es el
único distribuidor autorizado de SCANTRON en el Perú,
Bolivia y Ecuador para elaborar Diseños y otros de Fichas
Ópticas OMR, así como brindar soporte y asistencia post-
venta; siendo así y estando al informe emitido por el Jefe
de la Unidad de Adquisiciones, se tiene que la empresa
POLYSISTEMAS SAC, es proveedor único y exclusivo de
SCANTRON para proveer de Fichas Ópticas OMR, en los
países de Perú, Bolivia y Ecuador, por lo tanto se encuentra
dentro de los alcances del inciso e) del atículo 20º de la Ley
de Contrataciones y el artículo 131º del Reglamento de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo
en consecuencia emitirse la resolución correspondiente
precisando las especif‌i caciones y cantidad establecidas
en el Of‌i cio Nº 121-2009-UA/OL-UNHEVAL, elevar dicha
resolución a la Contraloría General de la República y al
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha
de su aprobación y publicarse en el Diario Of‌i cial El Peruano
dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de
la resolución y adicionalmente deberá publicarse a través
del SEACE, en el presente caso a efectos de ejecutarse la
exoneración deberá encargarse a la Dirección General de
Administración para que realice las acciones competentes
para la citada contratación; en consecuencia es opinión de
la Asesora Legal: 1. EXONERAR el Proceso de Selección
correspondiente, para la Adquisición de Fichas Ópticas
Desglosables a favor de la Empresa Polysistemas SAC,
por ser proveedor único, debiendo precisar en la resolución
la descripción, cantidad, fuente de f‌i nanciamiento, precio
unitario y precio total especif‌i cado en el Of‌i cio Nº 121-2009-
UA/OL-UNHEVAL; 2. ENCARGAR a la Dirección General de
Administración adopte las acciones complementarias para
la contratación con la Empresa POLYSISTEMAS SAC, para
la adquisición de f‌i chas ópticas desglosables. 3. PUBLICAR
la resolución a emitirse en el Diario Of‌i cial “El Peruano”,
dentro del término de diez días hábiles, adicionalmente
en el SEACE. 3. Asimismo, deberá elevarse una copia a
Contraloría General de la República y al Consejo Superior
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los
diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación;
Que el Rector comunica el caso a Secretaría General
con el Proveído Nº 0989-2009-UNHEVAL-R, para que se
emita la Resolución correspondiente;
Que, con la Resolución Nº 471-2009-UNHEVAL-CU, del
04.FEB.2009, se designó a partir del 05.FEB.2009, al Lic.
Julio Edwin Zevallos Fretel, Profesor Asociado a dedicación
exclusiva de la Facultad de Ciencias de la Educación, como
Secretario General de la UNHEVAL;
Estando a las atribuciones conferidas al Rector,
por la Ley Universitaria Nº 23733 y por el Estatuto de la
UNHEVAL;
SE RESUELVE:
1. EXONERAR del Proceso de Selección
correspondiente, para la Adquisición de Fichas Ópticas
Desglosables a favor de la Empresa POLYSISTEMAS
SAC, por ser proveedor único, en aplicación del inciso (e)
del artículo 20º de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones
del Estado, para la adquisición de f‌i chas ópticas según el
siguiente detalle:
CANTIDAD FUENTE P/UNIT P/TOTAL
40 mill. Fichas ópticas para matrícula
e inscripción de asign. RO 368.90 14,756.00
46 mill. Fichas ópticas para examen
de admisión RDR 424.83 19,542.18
17 mill. Fichas ópticas para inscripción
de postulantes RDR 368.90 6,271.30
2. ENCARGAR a la Dirección General de
Administración adopte las acciones complementarias
para la contratación con la Empresa POLYSISTEMAS
SAC, para la adquisición de f‌i chas ópticas desglosables,
conforme lo dispone el último párrafo del artículo 20º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado concordante con el artículo
148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado.
Publicar en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, dentro del
término de diez días hábiles, adicionalmente en el SEACE.
Asimismo, deberá elevarse una copia a la
Contraloría General de la República y al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación.
3. DISPONER que el Vicerrectorado Administrativo
y los demás órganos internos competentes adopten
las acciones complementarias.
4. DAR A CONOCER esta Resolución a los órganos
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
VÍCTOR CUADROS OJEDA
Rector
319594-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE TACNA
Declaran de interés regional la
formulación de políticas para la
prevención y erradicación de la violencia
familiar y sexual de las mujeres, niñas
y adolescentes en la Región Tacna
ORDENANZA REGIONAL
N° 003-2009-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna,
con fecha veintisiete de febrero del año dos mil nueve, en
Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Estado, señala que: “Los gobiernos regionales tienen
autonomía política, y administrativa en los asuntos de su
competencia”;
Que, el inciso c) del artículo 60 de la Ley 27867 - Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe como una de
las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de
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