1070 0354-2006-AG - Autorizan viaje de profesional del SENASA a EE.UU. para participar en el "Programa de Entrenamiento de Biológicos Veterinarios"

Fecha de publicación09 Mayo 2006
Fecha de disposición09 Mayo 2006
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 9 de mayo de 2006
Artículo 20º.- Del quórum para la instalación de
sesiones
Una sesión de la Comisión Nacional contra la Biopiratería se
entenderá válidamente instalada siempre que estén
representadas siete de las instituciones que conforman la Comisión.
Transcurridos treinta minutos desde la hora prevista para dar
inicio a la sesión sin que se cuente con la presencia de al menos
siete instituciones, la sesión podrá considerarse válidamente
instalada con la representación de cinco instituciones.
Artículo 21º.- Del quórum para votaciones
Para la adopción de los acuerdos, se requiere el voto
aprobatorio de la mayoría de los miembros asistentes a la
sesión. En caso de empate, dirime el Presidente.
De estar presentes los representantes titular y alterno
de una institución, el representante alterno tendrá derecho
a voz pero no a voto.
Artículo 22º.- De las actas
Los asuntos tratados y acuerdos tomados durante las
sesiones ordinarias y extraordinarias se asentarán en un
acta que será firmada por la totalidad de los asistentes que
participaron en la sesión correspondiente.
Artículo 23º.- De los Recursos de la Comisión
Nacional contra la Biopiratería
La Comisión Nacional contra la Biopiratería es responsable
de la gestión y administración de sus fondos, sean éstos
provenientes de la cooperación internacional y/o nacional.
La Comisión Nacional contra la Biopiratería podrá
celebrar convenios especiales con otras instituciones o
personas naturales para recibir aportes y recursos.
08285
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 117-2006-PCM
Mediante Oficio Nº 174-2006-SCM-PR, la Secretaría del
Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de
la Resolución Suprema Nº 117-2006-PCM, publicada en la
edición del día 30 de abril de 2006.
DICE:
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al
Presupuesto Institucional del Pliego 006 Ministerio de
Justicia, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 1864.57
Viáticos US$ 1040.00
Tarifa Única por Uso US$ 30.25
de Aeropuerto (TUUA)
DEBE DECIR:
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al
Presupuesto Institucional del Pliego 006 Ministerio de
Justicia, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US$ 2 187.77
Viáticos US$ 1 040.00
TUUA US$ 30.25
08281
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 119-2006-PCM
Mediante Oficio Nº 174-B-2006-SCM-PR, la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 119-2006-PCM, publicada
en la edición del día 4 de mayo de 2006.
DICE:
"Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la
participación del Presidente del Congreso de la República
serán cubiertos por el Pliego Presupuestal de la Presidencia
del Consejo de Ministros."
DEBE DECIR:
"Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la
participación del Presidente del Congreso de la República
serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Despacho
Presidencial."
08280
AGRICULTURA
Autorizan viaje de profesional del
SENASA a EE.UU. para participar en el
"Programa de Entrenamiento de
Biológicos Veterinarios"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0354-2006-AG
Lima, 5 de mayo de 2006
VISTA:
La Carta Nº 178-AG-SENASA, del Servicio Nacional de
Sanidad Agraria, el Dictamen Nº 008-CE-2006-AG-SENASA
de la Comisión Evaluadora de Capacitación del SENASA,
de fecha 23 de febrero de 2006, y las Cartas s/n de Invitación
de Iowa State University of Science and Technology, la
Carta s/n del United Stated Department of Agriculture
(Departamento de Agricultura de los Estados Unidos) del
18 de abril de 2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la suscripción del Tratado de Libre
Comercio con los Estados Unidos de América, el Perú
potencialmente recibirá importación de productos biológicos
(kits de diagnóstico, que se adquieren regularmente de
APHIS, y vacunas);
Que, es política del sector proveer en forma continua y
oportuna, productos biológicos de calidad que enfrenten
los efectos de las enfermedades en los animales; para ello,
el SENASA debe asumir su rol de control y evaluación de
los biológicos de uso veterinario con la finalidad de proteger
el patrimonio pecuario del país, debiendo elevar los sistemas
de seguridad sanitaria a través del fortalecimiento y
ampliación de capacidades profesionales de los funcionarios
del SENASA;
Que, mediante Carta s/n del Visto, el Departamento
de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA)
hace de conocimiento del SENASA la realización del
evento internacional denominado "Programa de
Entrenamiento para el control de Biológicos de uso
veterinario" en la ciudad de Ames, Estado de Iowa en
los Estados Unidos de América, aceptando la
participación de la M.V. Marlene Cárdenas Canales,
Especialista en Sanidad Agraria del Centro de
Diagnóstico de Sanidad Animal del SENASA;
Que, los gastos que irrogue el cumplimiento de la
presente resolución, en lo que corresponde al costo de
alojamiento, manutención y traslados Aeropuerto-hotel
y el costo de participación en el Taller, serán asumidos
por el Programa Cochran a través del Departamento de
Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA);
los gastos correspondientes a pasajes e impuestos, serán
asumidos por el SENASA, con cargo al pliego 160,
SENASA;
Que, la presente Resolución se ajusta a lo establecido
en las excepciones mencionadas en la Ley del Presupuesto
Público para el Año Fiscal 2006 - Ley N° 28652 y el Decreto
de Urgencia N° 02-2006; debido a que el aseguramiento
de los sistemas sanitarios a través del control y evaluación
de insumos biológicos, contrarrestará los efectos negativos
de la importación en el marco del tratado de libre comercio
con los Estados Unidos;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25902 y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y
su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM y la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el año Fiscal 2006;

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