36 228-2002-PRODUCE - Precisan entidad encargada del pago de remuneraciones y beneficios correspondientes al Director Regional de Pesquería del CTAR Ancash

Fecha de disposición16 Diciembre 2002
Fecha de publicación16 Diciembre 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 16 de diciembre de 2002
dos durante el primer año de aplicación de la presente
Resolución. Este informe es independiente de los informes
semestrales descritos en el literal anterior.
c) Presentar informes semestrales a la Dirección Na-
cional de Medio Ambiente, conforme a los compromisos
ambientales asumidos.
d) La transferencia de la propiedad o posesión de las
respectivas instalaciones acuícolas deberá ser comunicada
a la Dirección Nacional de Acuicultura y a la Dirección
Nacional de Medio Ambiente.
Artículo 6º.- Las personas naturales y jurídicas que al
amparo de la presente resolución y de su respectiva reso-
lución autoritativa, desarrollen actividades de acuicultura
distintas a las autorizadas, o incumplan con las obligacio-
nes establecidas en los artículos anteriores, incurrirán en
causal de caducidad del derecho otorgado.
Sin perjuicio de ello quienes incumplan con lo estable-
cido en la presente resolución, y en las normas vigentes
sobre la materia, serán sancionadas de conformidad con
lo establecido en el Reglamento de Inspecciones y del Pro-
cedimiento Sancionador de las Infracciones en las Activi-
dades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Su-
premo Nº 008-2002-PE.
Artículo 7º.- El Instituto del Mar del Perú (IMARPE), a
través del Laboratorio Costero de Tumbes deberá efectuar
en forma permanente, el seguimiento biológico de la indi-
cada especie en los ambientes de cultivo y en los recursos
hídricos del área de influencia.
Artículo 8º.- La Dirección Nacional de Acuicultura, la
Dirección Nacional de Medio Ambiente, la Dirección Nacio-
nal de Seguimiento, Control y Vigilancia y, la Dirección Re-
gional de Pesquería Tumbes, en el ámbito de sus respecti-
vas competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto
cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ
Ministro de la Producción
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Precisan entidad encargada del pago de
remuneraciones y beneficios correspon-
dientes al Director Regional de Pesque-
ría del CTAR Ancash
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 228-2002-PRODUCE
Lima, 13 de diciembre del 2002
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial Nº 146-2002-PRODUCE
del 30 de octubre del 2002, se ha designado y destacado
al ingeniero FÉLIX FRANCISCO CHUMBIRAY MENDOZA,
para ejercer el cargo de confianza de Director Regional de
Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Re-
gional de Ancash-CTAR Ancash;
Que en la resolución mencionada, no se ha dispuesto
la Entidad encargada de efectuar el pago de las remune-
raciones y beneficios que le corresponde al citado funcio-
nario, por lo que resulta necesario establecerlo;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislati-
vo Nº 276- Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Re-
muneraciones del Sector Público, el artículo 80º de su Regla-
mento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el
Manual Normativo de Personal Nº 002-92-INAP/ DNP; y,
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Precisar que el servidor designado
para ejercer el cargo de confianza de Director Regional de
Pesquería del Consejo Transitorio de Administración Re-
gional de Ancash-CTAR, ingeniero FÉLIX FRANCISCO
CHUMBIRAY MENDOZA percibirá del Ministerio de la Pro-
ducción las remuneraciones y beneficios que correspon-
dan al nivel de su designación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ
Ministro de la Producción
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RESULTADO DEL PROCESO DE FISCALIZACIÓN POSTERIOR PERIODO NOVIEMBRE 2002
CONTRATISTA Nº REG. Nº RESOLUCION (*) SUMILLA DE RESOLUCION
1RYSCAL E.I.R.L. 8896 Resolución de Gerencia Dejar sin efecto legal la vigencia de la Inscripción
Nº 2102-2002-RNC- de la empresa, aprobada mediante Resolución
CONSUCODE del de Gerencia N° 1547-2001-RNC-CONSUCODE
08.11.2002. de 03.09.2001, por haber incumplido con
comunicar oportunamente la variación de su
plantel técnico y dejar sin efecto legal el
Certificado de Inscripción Nº 1030 de fecha
05.09.2001.
2GOLD IMPERIAL E.I.R.L. 9116 Resolución de Gerencia Dejar sin efecto legal la vigencia de la Inscripción
Nº 2225-2002- RNC- de la empresa, aprobada mediante Resolución
CONSUCODE de Gerencia N° 0274-2002-RNC-CONSUCODE
del 28.11.2002. de 31.01.2002, por haber incumplido con
comunicar oportunamente la variación de su
plantel técnico y dejar sin efecto legal el
Certificado de Inscripción Nº 165 de fecha
04.02.2002.
(*): El texto de la Resolución se encuentra en nuestra Página Web, cuya dirección es:
http// www.consucode.gob.pe
Lima, noviembre de 2002
Gerencia de Registros

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