RESOLUCION Nº 258-2011-P/IPD - Designan miembros del Comité Especial que se encargará de elaborar las Bases Administrativas y la conducción de los respectivos procesos de selección relacionados con la cesión en uso de los Palcos y la concesión de los Estacionamientos del Estadio Nacional

Fecha de publicación07 Abril 2011
Fecha de disposición07 Abril 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 7 de abril de 2011
440506
Artículo 23º.- Procedimiento para el otorgamiento
de la concesión
La concesión de la infraestructura de los espacios
de estacionamiento del Estadio Nacional será efectuada
mediante Licitación Pública o Concurso de Proyectos
Integrales, acorde a lo dispuesto en el Reglamento para
la Promoción de la Participación Privada en el Desarrollo
de Infraestructura Deportiva del Instituto Peruano del
Deporte.
Artículo 24º.- Factor de competencia
La concesión se otorgará al titular de la propuesta
más conveniente, la cual se determinará de acuerdo al
sistema de evaluación que se f‌i je en las Bases, teniendo
en consideración, entre otros factores, los compromisos
de inversión y los pagos ofrecidos al Instituto Peruano del
Deporte.
Subcapítulo III
Concesión de la administración de la
infraestructura del Estadio Nacional
Artículo 25º.- Alcances
Mediante la concesión de la administración de la
infraestructura del Estadio Nacional el Instituto Peruano
del Deporte, otorgará a una persona jurídica, nacional
o extranjera, la ejecución y administración de la
infraestructura del Estadio Nacional.
La ejecución de la infraestructura comprenderá, de
manera total o parcial, su rehabilitación, mantenimiento,
reparación y/o construcción. La administración de la
infraestructura comprenderá su utilización, así como el
derecho al cobro de precios a los usuarios, de acuerdo
con los términos en los que fue otorgada la concesión
respectiva.
Artículo 26º.- Modalidad de concesión
La concesión se otorgará a título oneroso, imponiendo
al concesionario el pago de una contraprestación
determinada o determinable a favor del Instituto Peruano
de Deporte.
Artículo 27º.- Plazo de la Concesión
Las concesiones se otorgarán por un plazo de hasta
diez (10) años, renovables por plazos de igual término, sin
exceder el máximo de sesenta (60) años.
Artículo 28º.- Contrato de concesión
La concesión se formaliza mediante la suscripción
del contrato respectivo, el cual contempla, los derechos,
obligaciones, plazos, garantías y demás condiciones
pertinentes, acorde a lo dispuesto en el Artículo 8 del
Reglamento para la Promoción de la Participación Privada
en el Desarrollo de Infraestructura Deportiva del Instituto
Peruano del Deporte.
Artículo 29º.- Procedimiento para el otorgamiento
de la concesión
La concesión de la administración de la infraestructura
del Estadio Nacional será efectuada mediante Licitación
Pública o Concurso de Proyectos Integrales, acorde a
lo dispuesto en el Reglamento para la Promoción de la
Participación Privada en el Desarrollo de Infraestructura
Deportiva del Instituto Peruano del Deporte.
Artículo 30º.- Factor de competencia
La concesión se otorgará al titular de la propuesta más
conveniente, la cual se determinará de acuerdo al sistema de
evaluación que se f‌i je en las Bases, teniendo en consideración,
entre otros factores, los compromisos de inversión y los pagos
ofrecidos al Instituto Peruano del Deporte.
CAPÍTULO III
FACULTAD DE SUPERVISION
Artículo 25º.- Facultad de Supervisión
El Instituto Peruano del Deporte, directamente o a
través de una entidad pública o privada designada a tales
efectos, tendrá la facultad de supervisar permanentemente
los contratos de cesión en uso y concesión celebrados
respecto de la infraestructura del Estadio Nacional.
Las labores de supervisión serán realizadas con
cargo a los recursos aportados por los concesionarios o
cesionarios.
Artículo 26º.- Incumplimiento contractual
En caso de incumplimiento o infracción a las
obligaciones de los contratos de participación público
privada, el Instituto Peruano del Deporte, directamente o a
través de una entidad pública o privada designada a tales
efectos, aplicará las sanciones y multas expresamente
contempladas en los mismos.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Designación Comité Especial
La Presidencia del Instituto Peruano del Deporte
mediante Resolución designará al Comité Especial
que tendrá a su cargo la conducción de los procesos
de selección que se lleven a cabo en aplicación de la
presente norma.
Segunda.- Plan de Promoción y Bases
En un plazo de veinte (20) días contados a partir de la
publicación de la presente Resolución, la Presidencia del
Instituto Peruano del Deporte deberá proponer al Consejo
Directivo, para su aprobación, el Plan de Promoción de la
Inversión Privada.
Tercera.- Normatividad supletoria
En todo lo no previsto en el presente Reglamento,
resultarán de aplicación las disposiciones del Reglamento
para la Promoción de la Participación Privada en el
Desarrollo de Infraestructura Deportiva del Instituto
Peruano del Deporte, aprobado por Resolución Nº 032-
2008-P-IPD así como la normatividad vigente en materia
de promoción de la inversión privada.
624952-1
Designan miembros del Comité Especial
que se encargará de elaborar las Bases
Administrativas y la conducción de
los respectivos procesos de selección
relacionados con la cesión en uso
de los Palcos y la concesión de los
Estacionamientos del Estadio Nacional
RESOLUCIÓN Nº 258-2011-P/IPD
Lima, 5 de abril de 2011
CONSIDERANDO:
Que, el Título Quinto de la Ley Nº 28036, Ley de
Promoción y Desarrollo del Deporte, modif‌i cada por la
Ley Nº 29544, regula el régimen especial aplicable a la
infraestructura deportiva, a través de la concesión de
infraestructura deportiva; la cesión en uso de bienes
muebles e inmuebles; o la concesión de inmuebles;
Que, de conformidad con el numeral 22) del artículo
8º de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo
del Deporte, modif‌i cada por la Ley Nº 29544, es función
del Instituto Peruano del Deporte, autorizar, regular y
f‌i scalizar la cesión en uso de los bienes, y la concesión de
la infraestructura deportiva en el ámbito nacional;
Que, mediante Resolución Nº 237-2011-P/IPD, de
fecha 31de marzo de 2011, se aprobó el Reglamento
para la Promoción de la Participación Privada en la
Infraestructura del Estadio Nacional;
Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 11º,
en concordancia con la Primera Disposición Final, del
citado Reglamento, la elaboración de las respectivas
Bases Administrativas y la conducción de los respectivos
procesos de selección corresponde a un Comité Especial,

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