2197 346-2004/MINSA - Disponen que la Comisión Nacional de Concurso se encargará de convocatoria para cargos de Directores de Institutos Especializados, Hospitales Nacionales y Hospitales ubicados en Lima y Callao

Fecha de publicación03 Abril 2004
Fecha de disposición03 Abril 2004
Pág. 265994
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 3 de abril de 2004
to Hart Potestá, como Comisionado del Perú ante la Comi-
sión Internacional de la Ballena (CIB), dándole las gracias
por la labor realizada.
Artículo Segundo.- Nombrar a la Ministra en el Servi-
cio Diplomático de la República, María Elvira Velásquez
Rivas-Plata, Directora de Asuntos Marítimos y Antárticos
de la Dirección de Soberanía y Límites del Ministerio de
Relaciones Exteriores, como Comisionada Titular del Perú
ante la Comisión Internacional de la Ballena (CIB).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS
Ministro de Relaciones Exteriores
06678
SALUD
Disponen que la Comisión Nacional de
Concurso se encargará de convocatoria
para cargos de Directores de Institutos
Especializados, Hospitales Nacionales
y Hospitales ubicados en Lima y Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 346-2004/MINSA
Lima, 30 de marzo del 2004
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6º del Reglamento de Concurso para el
Cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospi-
tales del Sector Salud, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 011-2002-SA, estableció, entre otros, que la Comisión
Nacional de Concurso tendrá la responsabilidad de convo-
car a concurso para el cargo de Directores de Institutos
Especializados y de Hospitales Nacionales;
Que la Tercera Disposición Complementaria, Transitoria
y Final del mencionado Reglamento, dispuso que el Minis-
terio de Salud expedirá mediante resolución ministerial las
normas complementarias del mencionado Reglamento,
siendo que las mismas han sido aprobadas mediante Re-
solución Ministerial Nº 1844-2002-SA/DM, de fecha 25 de
noviembre del 2002;
Que dentro de este contexto, el artículo 8º de la acota-
da Resolución, señaló que la Comisión Nacional de Concur-
so tendrá a su cargo la convocatoria para el cargo de Di-
rectores de Hospitales Nacionales y, de todos los Hospita-
les ubicados en el departamento de Lima;
Que el artículo 7º del Reglamento de Concurso para el
Cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospi-
tales del Sector Salud, establece que la Comisión Nacio-
nal de Concurso estará integrada, entre otros por un repre-
sentante del Colegio Médico del Perú;
Que el artículo 38º del Estatuto del Colegio Médico del
Perú, aprobado en Asamblea Estatutaria de fecha 26 de
marzo de 2000, ha previsto que los Consejos Regionales
son los órganos directivos del Colegio Médico en las juris-
dicciones que establece el Reglamento respectivo y con
las atribuciones que les otorga la Ley de Creación del Co-
legio, el Estatuto y los Reglamentos que apruebe el Con-
sejo Nacional;
Que el artículo 21º del Reglamento de Concurso para
el Cargo de Directores de Institutos Especializados y Hos-
pitales del Sector Salud, señala que mediante Resolución
del titular de la entidad se formalizará el resultado del Con-
curso y se procederá al nombramiento correspondiente y,
a partir de esta disposición, el artículo 7º de la Resolución
Ministerial Nº 1844-2002-SA/DM, indicó que la formaliza-
ción del resultado del concurso se efectuará mediante re-
solución del titular del Hospital o Instituto Especializado
que ha sido objeto de concurso, en tanto que la designa-
ción en el cargo se formalizará con Resolución Ministerial;
Que en el desarrollo de los procesos realizados en el
marco de los Concursos, se han presentado algunas si-
tuaciones no contempladas que es conveniente regular
complementariamente, conforme a lo dispuesto en la Ter-
cera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del
Reglamento de Concurso para el Cargo de Directores de
Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud;
Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurí-
dica; y,
De conformidad con lo establecido en los literales l) y
m) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de
Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el artículo 8º de la Resolución
Ministerial Nº 1844-2002-SA/DM, en el sentido que la Co-
misión Nacional de Concurso tendrá a su cargo la convo-
catoria para el cargo de Directores de Institutos Especiali-
zados, Hospitales Nacionales y Hospitales ubicados en el
departamento de Lima y la Provincia Constitucional del
Callao.
Artículo 2º.- Precisar que en el caso de Concurso para
el cargo de Directores de Hospitales ubicados en el depar-
tamento de Lima y la Provincia Constitucional del Callao,
la representación del Colegio Médico del Perú en la Comi-
sión Nacional de Concurso, la ejercerá el Consejo Regio-
nal correspondiente.
Artículo 3º.- Modificar el artículo 7º de la Resolu-
ción Ministerial Nº 1844-2002-SA/DM, en el sentido que
la formalización del resultado del Concurso se efectua-
rá mediante Resolución del Director del Instituto
Especializado, Hospital Nacional u Hospital que ha sido
objeto de Concurso; en tanto que la designación en el
cargo se formalizará por resolución de la Dirección
Regional de Salud respectiva, a excepción de los Insti-
tutos Especializados, Hospitales Nacionales y Hospi-
tales ubicados en el departamento de Lima y la Provin-
cia Constitucional del Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PILAR MAZZETTI SOLER
Ministra de Salud
06597
Declaran nulidad de concurso público
para designar directores ejecutivos del
Hospital Provincial Docente "Belén" de
Lambayeque y Hospital Regional
Docente "Las Mercedes" de Chiclayo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 347-2004/MINSA
Lima, 30 de marzo del 2004
Visto los expedientes Nºs. R 007986, R 012231, R
015509 y R 015797-04 que contienen el Oficio Nº 144-2003
GR.LAMB/PR-GRDS, de fecha 4 de febrero de 2004, del
Presidente del Gobierno Regional de Lambayeque, y la
solicitud del Director Regional de Salud Lambayeque;
CONSIDERANDO:
Que mediante los documentos de Visto, el Presidente
del Gobierno Regional de Lambayeque y el Director Regio-
nal de Salud Lambayeque solicitan que se deje sin efecto
la designación de los directores ejecutivos de los hospita-
les "Las Mercedes" y "Belén" de Lambayeque, así como
se declare la nulidad del proceso de concurso público lle-
vado a cabo para cubrir dichas plazas;
Que el pedido de nulidad se sustenta en que la Co-
misión de Concurso Regional habría infringido el artí-
culo 15º del Reglamento de Concurso para el Cargo de
Directores de Institutos Especializados y Hospitales del
Sector Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2002-SA, al haberse publicado por una sola vez y en
un solo diario la convocatoria para el concurso público;
asimismo, manifiesta que la mencionada Comisión no
aplicó debidamente lo dispuesto por el artículo 22º del
acotado Reglamento, que han existido concursantes
únicos y uno de los participantes obtuvo nota
desaprobatoria en el examen escrito;
Que un elemento importante para poder sostener la
validez del proceso del concurso público que fuera convo-
cado por la Comisión Regional de Concurso, es que éste
se haya ceñido a las normas previstas en el Reglamento
de Concurso para el Cargo de Directores de Institutos Es-
pecializados y Hospitales del Sector Salud, aprobado por
Decreto Supremo Nº 011-2002-SA y demás dispositivos
complementarios;

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