Encargan funciones de Secretario General a Director de la Oficina General de Asesoría Jurídica

Fecha de disposición08 Octubre 1999
Fecha de publicación08 Octubre 1999
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 8 de octubre de 1999
que sean materia de reubicación, en virtud a lo dispuesto en el
cuarto párrafo del literal c) del Artículo 21º del Decreto Supremo
Nº 013-99-MTC, que aprueba el Reglamento de Formalización
de la Propiedad a cargo de COFOPRI.
Artículo 2º.- A efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto
en el Artículo 1º del presente, bastará la solicitud de COFOPRI
al Registro Predial Urbano, para que éste a su vez, proceda con
la transferencia a favor del Banco de Materiales - BANMAT.
Artículo 3º.- Cancelar cualquier deuda que existiera con la
Comisión Liquidadora del Fondo Nacional de Vivienda - COLFO-
NAVI (antes Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI), de aquellos
titulares de lotes transferidos a favor de COFOPRI en virtud a lo
dispuesto en el Artículo 1º del presente. Como consecuencia de la
cancelación de las deudas, quedan levantadas las garantías que
pudieran haberse constituido a favor de COLFONAVI.
Artículo 4º.- El Banco de Materiales - BANMAT podrá
disponer la demolición parcial o total de las edificaciones exis-
tentes en los lotes materia de transferencia y su respectiva
inscripción en el Registro Predial Urbano.
Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refrendado
por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Econo-
mía y Finanzas, por el Ministro de Transportes, Comunicacio-
nes, Vivienda y Construcción y por el Ministro de la Presidencia.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del
mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA
Ministro de la Presidencia
12901
Encargan al Viceministro de Transpor-
tes las funciones de Viceministro de
Vivienda y Construcción
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 377-99-MTC/15.01
Lima, 30 de setiembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, la doctora Ena Garland Hilbck, Viceministra de Comu-
nicaciones, ha sido autorizada para ausentarse del país a partir
del 27 de setiembre del presente año, para cumplir compromisos
de carácter oficial en los Estados Unidos de América;
Que, asimismo la citada funcionaria se venía haciendo cargo
del Viceministerio de Vivienda y Construcción;
Que, en tanto dure su ausencia, es necesario disponer la
encargatura de las funciones de Viceministro de Vivienda y
Construcción, debiéndose dictar el acto administrativo del caso;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar, a partir del 27 de setiembre de
1999, al ingeniero Carlos Núñez Barriga, Viceministro de Trans-
portes, las funciones de Viceministro de Vivienda y Construc-
ción, en tanto permanezca ausente la doctora Ena Garland
Hilbck.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
12774
Encargan funciones de Secretario
General a Director de la Oficina Gene-
ral de Asesoría Jurídica
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 390-99-MTC/15.01
Lima, 6 de octubre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el señor Julio García Torres, Secretario General, ha
sido autorizado para ausentarse del país a partir del 8 de
octubre del presente año, para participar en TELECOM 99 +
Interactive 99, evento organizado por la Unión Internacional de
Telecomunicaciones (UIT), que se realizará en la ciudad de
Ginebra, Suiza, conforme a los términos de la Resolución Minis-
terial Nº 389-99-MTC/15.01;
Que, en tanto el Titular de la Secretaría General se encuen-
tre ausente, es necesario disponer la encargatura de sus funcio-
nes, debiéndose dictar el acto administrativo del caso;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar, a partir del 8 de octubre de
1999, el doctor Manuel Francisco Burga Seoane, Director Gene-
ral de la Oficina General de Asesoría Jurídica, las funciones de
Secretario General, en tanto permanezca ausente el Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
12856
Modifican permiso de operación de ser-
vicio de transporte aéreo regular de
pasajeros, carga y correo otorgado a
empresaRESOLUCION DIRECTORAL
Nº 193-99-MTC/15.16
Lima, 27 de setiembre de 1999
Vista la solicitud de la COMPAÑIA REAL HOLANDESA
DE AVIACION - KLM, sobre Modificación de Permiso de Ope-
ración del Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional
de pasajeros, carga y correo.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 656-97-MTC/15.16
del 22 de diciembre de 1997, se otorgó a la COMPAÑIA REAL
HOLANDESA DE AVIACION - KLM, de conformidad a lo
establecido en el "Acuerdo Bilateral sobre Transporte Aéreo
celebrado entre los Gobiernos del Perú y el Reino de los Países
Bajos", Permiso de Operación para prestar el Servicio de Trans-
porte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo,
por el plazo de tres (3) años;
Que, la COMPAÑIA REAL HOLANDESA DE AVIACION
- KLM, en el presente trámite de Modificación de Permiso de
Operación, solicita se le conceda cinco (5) frecuencias semanales
en la ruta Amsterdam - Aruba - Lima - Santiago de Chile y vv.,
con derechos de tráfico de Tercera, Cuarta y Quinta Libertad del
Aire, adicionando de esta forma, una (1) frecuencia semanal a
las cuatro (4) frecuencias que tiene actualmente autorizadas;
Que, según los términos del Memorándum Nº 0231-99-
MTC/15.16.02, emitido por la Dirección de Asesoría Legal, se
considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la
recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 -
Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo
Nº 670, su Reglamento, Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº
27085 y demás normas vigentes;
Que, mediante Memorándum Nº 0334-99-MTC/15.16.02, la
Dirección de Asesoría Legal informa que la oposición formulada
por la EMPRESA DE TRANSPORTE AEREO DEL PERU S.A.
- AEROPERU, deviene en improcedente, toda vez que no reúne
los requisitos establecidos en el inciso d), Artículo 85º del Decre-
to Legislativo Nº 670, por cuanto la empresa opositora no se
encuentra sirviendo la misma ruta o segmento de ruta;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 23º numeral 23.2
de la Ley Nº 26917, la Dirección General de Transporte Aéreo
resuelve en primera instancia respecto de las autorizaciones y
procedimientos administrativos a que se refiere la mencionada ley,
así como los establecidos en la Ley de Aeronáutica Civil, por lo que
la presente modificación se otorga mediante Resolución Directoral;
De conformidad con la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica
Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Regla-
mento; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085 y demás
disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las
áreas competentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar -en el extremo pertinente- el Artícu-
lo 1º de la Resolución Ministerial Nº 656-97-MTC/15.16, que

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