Encargan funciones de Director de Programa Sectorial de la Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo

Fecha de publicación16 Febrero 2000
Fecha de disposición16 Febrero 2000
Pág. 183766
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 16 de febrero de 2000
Debiendo realizarse la Décima Conferencia de las Nacio-
nes Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD X), en la
ciudad de Bangkok, Reino de Tailandia, del 17 al 19 de
febrero del 2000;
Considerando lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAC)
Nº 0366, del Gabinete de Coordinación del señor Viceministro
Secretario General de Relaciones Exteriores, de 9 de febrero
del 2000;
De conformidad con el inciso m) del Artículo 5º del Decreto
Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones
Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del
Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su
modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de
febrero de 1989; y, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26
de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de
1 de febrero de 1991;
SE RESUELVE:
1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Ricardo Márquez Flores,
Primer Vicepresidente de la República, para que participe en la
Décima Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo (UNCTAD X), a realizarse en la ciudad de Bangkok,
Reino de Tailandia, del 17 al 19 de febrero del 2000.
2º.- Designar al Capitán de Navío AP Vicente Rosell Berend-
son, Edecán, para que acompañe al Primer Vicepresidente de la
República en su viaje al Reino de Tailandia.
3º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente
Resolución, por concepto de pasajes US$ 8,981.96, viáticos US$
2,080.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 50.00, serán cubiertos
por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exterio-
res.4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o
liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denomina-
ción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Ministro de Relaciones Exteriores
1876
TRABAJO Y
PROMOCION SOCIAL
Encargan funciones de Director de Pro-
grama Sectorial de la Dirección Nacio-
nal de Relaciones de Trabajo
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 011-2000-TR
Lima, 14 de febrero del 2000
VISTO: El Oficio Nº 018-2000-TR/VMT
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 055-99-TR, se encargaron
las funciones de Directora Nacional de Relaciones de Trabajo, a
la doctora MANUELA GARCIA COCHAGNE, Directora de Pro-
grama Sectorial II (F-3) de la Dirección de Prevención y Solución
de Conflictos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción
Social de Lima - Callao;
Que, para el presente ejercicio resulta necesario renovar el
encargo de las funciones antes mencionadas;
Que, la mencionada propuesta cuenta con la opinión favora-
ble del Viceministro de Trabajo, señor doctor Fernando García
Granara;
Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82º del Regla-
mento de la Ley de Carrera Administrativa, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el Artículo 9º del Decreto Ley
Nº 25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción
Social; y literal d) del Artículo 11º de la Resolución Ministerial Nº
012-93-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Minis-
terio de Trabajo y Promoción Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ENCARGAR, en vía de regularización, a partir
del 1 de enero del año 2000, a la doctora MANUELA GARCIA
COCHAGNE, Directora de Programa Sectorial II (F-3) de la
Dirección de Prevención y Solución de Conflictos de la Dirección
Regional de Trabajo y Promoción Social de Lima - Callao, las
funciones de Director de Programa Sectorial IV (F-6) de la
Dirección Nacional de Relaciones de Trabajo, con retención de su
cargo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO FLORES POLO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
1837
M T C
Aprueban Formulario de Inscripción
en el Registro del "Programa Lote Fa-
miliar (PROFAM)"
RESOLUCION DE GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y
OPERACIONES
Nº 029-2000-COFOPRI/GPO
Lima, 14 de febrero del 2000
CONSIDERANDO:
Que, en vista al anuncio presidencial referido al programa de
adjudicación de lotes de vivienda en terrenos del Estado que sería
establecido por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción a través de COFOPRI, se determinó la
necesidad de iniciar su implementación. En este sentido, se
procedió con la elaboración e impresión de formularios de solici-
tudes de adjudicación de lotes de vivienda, en los términos y con
las características esbozadas por el Presidente de la República y
aquéllas aplicadas por COFOPRI dentro de sus acciones de
formalización, utilizándose como denominación genérica "Pro-
grama Especial de Registro de Familias Solicitantes de Lotes de
Terrenos con Fines de Vivienda";
Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo Nº 007-
2000-MTC, se aprobaron las características y condiciones del
referido programa, denominándolo "Programa Lote Familiar
(PROFAM)", el mismo que será puesto en funcionamiento y
administrado por la Comisión de Formalización de la Propiedad
Informal - COFOPRI;
Que, se estableció en el Artículo 1º del citado Decreto Supre-
mo que los interesados solicitarán inscribirse en el registro del
PROFAM mediante los formularios que para tal fin establezca
COFOPRI y en los cuales se consignará su carga familiar y la
carencia de vivienda;
Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar las caracterís-
ticas y el contenido del Formulario de Inscripción en el Registro
del PROFAM, de conformidad a las precisiones establecidas en el
Decreto Supremo Nº 007-2000-MTC, cuyo encabezamiento refe-
rirá "Programa Lote Familiar (PROFAM)";
Que, el literal M) del Artículo 23º del Estatuto de COFOPRI,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, establece
que la Gerencia de Planeamiento y Operaciones expedirá resolu-
ciones que establezcan los criterios, las metodologías y los proce-
dimientos de formalización que deberán aplicar los órganos de la
Estructura Orgánica Funcional y las resoluciones sobre otros
asuntos de su competencia;
Que, debido al carácter y alcance general del Formulario de
Inscripción en el Registro del PROFAM, se requiere que el mismo
sea publicado;
Con la opinión favorable de la Gerencia General y el visado de
la Gerencia de Asesoría Legal de COFOPRI;
De conformidad con lo establecido en el Estatuto de
COFOPRI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-98-
MTC, el Decreto Supremo Nº 007-2000-MTC y el Texto Unico
Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad
Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-
MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Apruébase las características y el conte-
nido del Formulario de Inscripción en el Registro del "Programa
Lote Familiar (PROFAM)", que como Anexo forma parte inte-
grante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Aquellos Formularios de Inscripción en
el Registro del "Programa Lote Familiar (PROFAM)" que fueron
impresos en virtud del primer considerando de la presente
Resolución, quedarán habilitados para el uso exclusivo de COFO-
PRI mediante el sellado de las siglas PROFAM en el encabezado
de los mismos.
Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vi-
gencia a partir de la fecha de su expedición.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO CANTUARIAS SALAVERRY
Gerente de Planeamiento y Operaciones de la
Comisión de Formalización de la Propiedad Informal -
COFOPRI

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