77 046-2003-SUNARP/SN - Encargan Dirección de la Escuela de Capacitación Registral de la SUNARP

Fecha de publicación06 Febrero 2003
Fecha de disposición06 Febrero 2003
Pág. 238675
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 6 de febrero de 2003
Estando a lo acordado por unanimidad.
VII. RESOLUCIÓN
CONFIRMAR en todos sus extremos la tacha formula-
da por el Registrador (e) del Registro de Propiedad Inmue-
ble al título referido en el encabezamiento de conformidad
con lo expuesto en el análisis de la presente resolución.
Regístrese y comuníquese.
GLORIA SALVATIERRA VALDIVIA
Presidenta (e) de la Primera Sala
del Tribunal Registral
FERNANDO TARAZONA ALVARADO
Vocal del Tribunal Registral
LUIS ALBERTO ALIAGA HUARIPATA
Vocal del Tribunal Registral
02277
Encargan Dirección de la Escuela de
Capacitación Registral de la SUNARP
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 046-2003-SUNARP/SN
Lima, 3 de febrero de 2003
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución del Superintendente Nacio-
nal de los Registros Públicos Nº 045-2003-SUNARP/SN,
de fecha 31 de enero del 2003, se designó al señor aboga-
do Óscar Enrique Gómez Castro como Director de la Es-
cuela de Capacitación Registral de la SUNARP;
Que, el mencionado profesional no ha podido asumir
dicho cargo, debido a razones de índole personal, en con-
secuencia, debe dejarse sin efecto la Resolución señalada
precedentemente;
Estando a lo establecido en el inciso v) del artículo 7º del
Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS;
y con cargo a dar cuenta al Directorio de la SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución del
Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 045-
2003-SUNARP/SN, de fecha 31 de enero del 2003, por los
considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- Encargar al señor abogado Felipe
Paredes San Román la Dirección de la Escuela de Capaci-
tación Registral de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos, con retención de su cargo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GAMARRA UGAZ
Superintendente Nacional de los
Registros Públicos
02278
SUNAT
Autorizan prorrogar contrato de
arrendamiento de inmueble ubicado en
Juliaca, mediante proceso de adjudi-
cación de menor cuantía
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 031-2003/SUNAT
Lima, 31 de enero de 2003
CONSIDERANDO:
Que el inciso g) del artículo 19º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que
se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Con-
curso Público o Adjudicaciones Directas las prórrogas del pla-
zo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre
que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento
del índice general de precios al por mayor;
Que una vez aprobada la exoneración correspondien-
te, la contratación debe efectuarse a través de un proceso
de adjudicación de menor cuantía, conforme lo establecido
por el artículo 20º de dicho Texto Legal;
Que en los artículos 105º y 116º del Reglamento del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº
013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que
deben someterse tales contrataciones, precisándose que
deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano
que se encargará de llevar a cabo la contratación;
Que el Informe Técnico-Legal Nº 001-2003-SUNAT/
2J1001, indica que se requiere prorrogar por doce (12)
meses el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble
ubicado en la Av. Nueva Zelanda Nº 598, distrito de Julia-
ca, provincia de San Román y departamento de Puno; en
virtud a que reúne las características mínimas necesarias
para el almacenamiento y custodia de los bienes embarga-
dos y comisados producto de los operativos realizados por
la Oficina Zonal Juliaca;
Que lo expuesto en dicho Informe justifica técnica y le-
galmente la exoneración del proceso de selección para la
prórroga del contrato de arrendamiento, cumpliéndose así
con lo establecido en el artículo 113º del mencionado Re-
glamento;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y
20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado y en los artículos 105º, 113º y
116º de su Reglamento, y en uso de las facultades conferi-
das en el inciso u) del artículo 19º del Reglamento de Or-
ganización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decre-
to Supremo Nº 115-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres-
pondiente, a la prórroga del contrato de arrendamiento del
inmueble ubicado en la Av. Nueva Zelanda Nº 598, distrito
de Juliaca, provincia de San Román y departamento de
Puno, con un área terreno de 6,300 m2 y área construida
de 2,195.50 m2, por el plazo de doce (12) meses contados
a partir del 1 de febrero de 2003 al 31 de enero de 2004,
por los fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Arequipa
a suscribir el Contrato respectivo con la empresa FIBRAN-
DES S.A. mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por
una renta mensual de S/. 2,080.00 (Dos mil ochenta y 00/
100 Nuevos Soles) incluido impuestos, monto que está
sujeto a los incrementos equivalentes a la variación por-
centual acumulada del Índice de Precios al Por Mayor en
los doce últimos meses, publicada por el Instituto Nacional
de Estadística e Informática o la entidad que pueda susti-
tuirla en dicha función, de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-
trataciones y Adquisiciones del Estado.
Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de
Administración remita copias de la presente Resolución y
del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría
General de la República, dentro de los diez (10) días ca-
lendario siguientes a la fecha de su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ MERINO LUCERO
Superintendente Nacional
02360
Fijan tasas de interés moratorio aplica-
bles a deudas tributarias en moneda
nacional o extranjera correspondientes
a tributos internos y aduaneros
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 032-2003/SUNAT
Lima, 4 de febrero de 2003

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