Empresas deben actualizar cada mes su protocolo ante el COVID-19

Por ricardo guerra Vásquez

El Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud (Censopas) ?parte del Instituto Nacional de Salud? se encargará de administrar el registro del ?Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo? en el Sistema Integrado para COVID-19 (Siscovid-19) del Ministerio de Salud; así como de su fiscalización, según la Resolución Ministerial (RM) 377-2020-Minsa.1 ¿Cómo es el proceso de registro de planes y su actualización?Las personas jurídicas cuyos negocios estén incluidos en la reanudación de actividades anunciado por el Gobierno ?de momento? deben registrar su plan en el Siscovid-19. Asimismo, la actualización debe efectuarse cada mes, en paralelo, a la remisión de la planilla mensual a la Sunat, según el último dígito del RUC. Sin embargo, Joaquín de los Ríos, socio de De los Ríos Abogados, señaló que se requiere una norma que aclare el proceso de actualización, dado que los planes se elaboran de acuerdo con los lineamientos de la RM 239-2020-Minsa. ?Si esta no se modifica, el plan se mantiene?, dijo.Regresando a la norma, se indica que luego de registrar sus planes, las empresas deben remitirlos en las 24 horas siguientes a todos sus trabajadores, vía un mecanismo dispuesto por Censopas. Al respecto, De los Ríos indicó que, si bien es positiva esta decisión, se debería ahondar en la capacitación.2 ¿De qué consta la fiscalización?El Censopas supervisa los planes de las empresas y verifica...

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