DECRETO SUPREMO N° 041-2009-PCM - Prorrogan el Estado de Emergencia en diversos distritos y provincias de los departamentos de Huánuco, San Martín y Ucayali

Fecha de disposición26 Junio 2009
Fecha de publicación26 Junio 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 26 de junio de 2009 398093
Res. Nº 6561-2009.- Modif‌i can las Normas Complementarias
para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del
Terrorismo y el Reglamento de Sanciones aprobado por Res. N° 816-
2005 398142
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Ordenanza Nº 084-AREQUIPA.- Modif‌i can el Reglamento
de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Arequipa
398147
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
Ordenanza Nº 009-2009-GRA/CR.- Aprueban ampliación
del número de integrantes del Equipo Técnico encargado de conducir
y brindar el soporte técnico durante el Proceso del Presupuesto
Participativo 2010 del Gobierno Regional de Ayacucho 398148
Ordenanza Nº 014-2009-GRA/CR.- Aprueban Reglamento
del Proceso de Presupuesto Participativo del Gobierno Regional de
Ayacucho 398149
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
D.A. Nº 046.- Fijan tarifa social mensual por albergado en el
“Albergue Municipal María Rosario Araoz” 398150
Res. Nº 069-2009-MML-GDU-SPHU.- Establecen
conformidad de resolución expedida por la Municipalidad Distrital de
Santiago de Surco que resuelve aprobar habilitación urbana nueva
de terreno rústico 398151
MUNICIPALIDAD DE ANCON
Ordenanza Nº 182-MDA.- Prorrogan fecha de vencimiento de
Benef‌i cios Tributarios en el distrito de Ancón 398152
MUNICIPALIDAD DE BREÑA
modif‌i caciones de Ordenanzas referentes a la Estructura Orgánica,
Organigrama y Regalmento de Organización y Funciones de la
Municipalidad 398152
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
D.A. Nº 010-2009-A/MDC.- Prorrogan plazos para el cumplimiento
de diversas obligaciones tributarias y de benef‌i cios a que se ref‌i eren el
D.A. N° 008-2009-A/MDC y las Ordenanzas N°s. 128 y 160-A/MDC
398153
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
D.A. Nº 010-2009.- Aprueban Reglamento de Uso Comercial de
la Vía Pública en el distrito de La Molina 398154
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
D.A. Nº 011-ALC/MSI.- Disponen el embanderamiento general
del distrito durante el mes de julio 398157
MUNICIPALIDAD DE
SAN MARTIN DE PORRES
R.A. Nº 099-2009/MDSMP.- Aprueban habilitación urbana
nueva denominada Programa de Vivienda “Los Pinos de Santa
Rosa” 398158
R.A. Nº 241-2009/MDSMP.- Rectif‌i can artículo de la R.A.
N° 099-2009/MDSMP, en el extremo que consigna nombre de
administrada 398159
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Ordenanza Nº 337-MSS.- Disponen elevar a rango de
Ordenanza el Acuerdo N° 46-2007-ACSS mediante el cual se ratif‌i
el TUPA de la Municipalidad 398160
Acuerdo N° 46-2007-ACSS.- Ratif‌i can el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad 398161
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN JACINTO
Ordenanza Nº 002-2009/MDSJ-ALC.- Aprueban Ordenanza
para la Habilitación Urbana Nuevo San Jacinto 398162
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Prorrogan el Estado de Emergencia
en diversos distritos y provincias de
los departamentos de Huánuco, San
Martín y Ucayali
DECRETO SUPREMO
Nº 041-2009-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
23 de abril de 2009, se prorrogó el Estado de Emergencia
por sesenta (60) días, a partir del 1 de mayo de 2009 en el
distrito de Cholón de la provincia de Marañón, en el distrito
de Monzón de la provincia de Huamalíes, y en la provincia
de Leoncio Prado, circunscripciones ubicadas en el
departamento de Huánuco; en la provincia de Tocache del
departamento de San Martín; y en la provincia de Padre
Abad del departamento de Ucayali;
Que, estando por vencer el plazo de vigencia del
Estado de Emergencia referido, y subsistiendo aún
las condiciones que determinaron su declaración, es
necesario la prórroga del Estado de Emergencia en dichas
circunscripciones;
Que, el numeral 1) del Artículo 27º de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos permite que un
Estado Parte suspenda el ejercicio de determinados
derechos humanos cuando exista un peligro público que
amenace su seguridad;
Que, los literales b) y d) del numeral 2 del artículo
f‌i ja como competencias del Poder Ejecutivo ejercer las
funciones y atribuciones inherentes a -entre otras- la
seguridad nacional y al orden interno;
De conformidad con lo prescrito por el literal 1) del
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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