RESOLUCION DIRECTORAL Nº 724-2010-PRODUCE/DGEPP - Otorgan permiso de pesca a persona natural para operar embarcación para extracción de recurso merluza

Fecha de disposición17 Diciembre 2010
Fecha de publicación17 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 17 de diciembre de 2010 431081
Otorgan permiso de pesca a persona
natural para operar embarcación para
extracción de recurso merluza
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 724-2010-PRODUCE/DGEPP
Lima, 23 de noviembre del 2010
VISTOS:
El escrito con Registro Nº 00066754-2010 del 27 de
agosto de 2010, y los adjuntos 00066754-2010-1 del 21 de
setiembre de 2010 y 00066754-2010-2 del 12 de noviembre
de 2010, presentados por SHWU MIIN CHU WONG.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 24º de la Ley General de
Pesca, la construcción y adquisición de embarcaciones
pesqueras deberá contar con autorización previa
de incremento de f‌l ota otorgada por el Ministerio de
Pesquería, en función de la disponibilidad, preservación
y explotación racional de los recursos hidrobiológicos.
Asimismo, las autorizaciones de incremento de f‌l ota
para las embarcaciones pesqueras de mayor escala que
se dediquen a la extracción de especies plenamente
explotadas, se otorgarán siempre que se sustituya como
mínimo igual volumen de capacidad de bodega de la f‌l ota
existente que cuente con el correspondiente derecho de
sustitución. Estas autorizaciones sólo podrán otorgar
acceso a los mismos recursos hidrobiológicos que consten
en los permisos de pesca de las embarcaciones aportadas
para el incremento;
Que, en función al numeral 1 del artículo 37º del
la inspección técnica efectuada por la Dirección General
de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio
de la Producción acreditará el término de construcción de
la embarcación pesquera. La referida inspección técnica
puede ser efectuada de of‌i cio o a pedido del administrado.
En este último caso la solicitud debe presentarse,
necesariamente, dentro del plazo original o su ampliación,
de ser el caso;
Que, por Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE,
se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del
Recurso Merluza, con el propósito de lograr su recuperación
en el mediano plazo, para el aprovechamiento sostenido
de dicho recurso y de su fauna acompañante, teniendo
en cuenta sus características biológicas y poblacionales,
considerando los principios de pesca responsable, la
conservación del medio ambiente y la biodiversidad;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4° del Reglamento de
Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, modif‌i cado
que la merluza es un recurso en recuperación por lo que se
requiere reducir el esfuerzo pesquero, hasta permitir que los
principales puntos de referencia biológicos se encuentren
en niveles de seguridad. Para este f‌i n, el manejo pesquero
se establecerá a través de Regímenes Provisionales de
Pesca aprobados por Resolución Ministerial antes del inicio
del año correspondiente, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 9° del Reglamento de la Ley General de
Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE;
Que, asimismo, el citado numeral dispone que el
manejo pesquero se realizará en función a la asignación
del Porcentaje Máximo de Captura por Embarcación
(PMCE), que tendrá carácter de permanente. Asimismo,
se obtendrá el Límite Máximo de Captura por Embarcación
(LMCE) para cada temporada de pesca multiplicando el
PMCE por la cuota total permisible anual recomendada por
el Instituto del Mar del Perú – IMARPE.
Que en el numeral 5.4 del artículo 5º del mencionado
reglamento se establece que el tamaño mínimo de malla
de los copos de las redes de arrastre de fondo y media
agua es de 110 mm. (4 pulgadas);
Que, mediante Resolución Directoral Nº 091-2010-
PRODUCE/DGEPP del 12 de febrero de 2010, se publica
el listado de la asignación del Porcentaje Máximo de
Captura por Embarcación (PMCE) y Límites Máximo de
Captura por Embarcación (LMCE) para las embarcaciones
arrastreras del recurso merluza para el año 2010, el cual
consta de 54 embarcaciones (36,669.76 TM) y una reserva
de contingencia (3,330.24 TM) para atender aquellos
procedimientos administrativos relacionados al permiso de
pesca.
Que, mediante Resolución Directoral Nº 275-2006-
PRODUCE/DGEPP del 22 de agosto de 2006, se otorgó
a la señorita SHWU MIIN CHU WONG, autorización de
incremento de f‌l ota vía sustitución de igual capacidad
de bodega de la embarcación pesquera siniestrada con
pérdida total denominada “VIRGINIA II”, de matrícula
cancelada Nº PT-3319-CM, para la construcción de una (1)
nueva embarcación pesquera de acero, la cual empleará
redes de arrastre para la extracción del recurso merluza,
con destino al consumo humano directo, con un plazo de
vigencia de dieciocho (18) meses;
Que, mediante el artículo 1º de la Resolución Directoral
Nº 698-2008-PRODUCE/DGEPP del 13 de noviembre de
2008 se otorgó a favor de la señorita SHWU MIIN CHU
WONG, la ampliación por razones de carácter económico
y por única vez, del plazo de autorización del incremento
de f‌l ota otorgado por la Resolución Directoral Nº 275-2006-
PRODUCE/DGEPP, y asimismo, mediante su artículo 2º,
se otorgó por un periodo de veinticuatro meses más la
autorización de incremento de f‌l ota, contabilizados a partir
del 1 de setiembre del 2008.
Que, a través de escrito del visto, la señorita
SHWU MIIN CHU WONG solicita el otorgamiento de
permiso de pesca para la embarcación KRONUS con
matrícula Nº CO-34184-PM con capacidad de bodega
de 83.44 m3, dedicada a la extracción del recurso
merluza con destino al consumo humano directo, en
virtud al incremento de flota autorizado por Resolución
Directoral Nº 698-2008-PRODUCE/DGEPP y Nº 275-
2006-PRODUCE/DGEPP;
Que, de la revisión y evaluación de los documentos que
obran en el expediente se ha acreditado el cumplimiento
de los requisitos establecidos para el Procedimiento Nº
1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Ministerio de la Producción, aprobado con Decreto
Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, modif‌i cado por
Resolución Ministerial Nº 514-2009-PRODUCE, así como
los requisitos establecidos en la normativa pesquera
vigente, por lo que es procedente otorgar el permiso de
pesca solicitado;
Que, estando a lo informado por la Dirección de
Consumo Humano de la Dirección de Extracción y
Procesamiento Pesquero mediante Informe Técnico
Nº 699-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinión
legal favorable, mediante Informe Legal Nº 1360-2010-
PRODUCE/DGEPP.
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º
por Decreto Supremo Nº 012-2010-PE y demás normas
modif‌i catoria y complementaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a favor de SHWU MIIN CHU
WONG el permiso de pesca para operar la embarcación
denominada KRONUS con matrícula Nº CO-34184-PM,
con 83.44 m3 de capacidad de bodega, con sistema de
preservación a bordo mediante cajas con hielo, para la
extracción del recurso merluza con destino al consumo
humano directo., con red de arrastre de fondo con una
longitud mínima de malla de 110 mm (4 pulgadas).
Artículo 2º.- Dejar sin efecto las Resoluciones
Directorales Nº 698-2008-PRODUCE/DGEPP y Nº
275-2006-PRODUCE/DGEPP al haberse ejecutado el
incremento de f‌l ota autorizado.
Artículo 3º.- Otorgar a la embarcación pesquera
KRONUS con matrícula CO-34184-PM, el Porcentaje
Máximo de Captura por Embarcación (PMCE) equivalente
al 1.362132 %, e incorporar la mencionada embarcación
en los anexos 1 y 2 de la Resolución Directoral Nº 091-
2010-PRODUCE/DGEPP.
Artículo 4º.- Incluir a la embarcación pesquera
“KRONUS” de matrícula N° CO-34184-PM en el Anexo I de
la Resolución Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, listado
of‌i cial de la f‌l ota de mayor escala de bandera nacional y
con permiso de pesca vigente.
Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Seguimiento Control y
Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones
Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, a
la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del
Ministerio de Defensa, como también deberá consignarse

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR