DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2008-MDR - Disponen el embanderamiento general con motivo del aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú

Fecha de publicación13 Julio 2008
Fecha de disposición13 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 13 de julio de 2008
376106
h) Implementar el Programa de Voluntariado de las
personas adultas mayores.
i) La participación en eventos sociales e informáticos
sobre análisis de la problemática local y alternativa de
solución.
j) Establecer alianzas estratégicas con los diversos
niveles de Gobierno e instituciones públicas y privadas,
para el cumplimento de sus objetivos y funciones.
Artículo Quinto.- La Comunidad
Corresponde a la Gerencia de Salud y Promoción
Social, de manera directa o a través del Centro Integral
de Atención al Adulto Mayor (CIAM), la sensibilización
y fomento permanente a la ciudadanía de la condición
de persona adulta mayor y la necesidad de brindarle un
trato diligente, respetuoso y solidario, fomentando su
participación como miembro activo de la comunidad.
Artículo Sexto.- Celebración de Convenios
El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor
(CIAM), a través de la Gerencia de Salud y Promoción
Social, en concordancia con la Ley Nº 28803 y
su Reglamento, podrán proponer la suscripción
de convenios con organizaciones e instituciones,
públicas o privadas, que puedan proporcionar en
forma desinteresada y voluntaria atención profesional
o humana a los beneficiarios del programa, previa
aprobación del Concejo Municipal.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Encargar a la Gerencia de Planif‌i cación,
la ejecución del procedimiento para la incorporación de
las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto
Mayor (CIAM) como ente inherente y permanente
a la Gerencia de Salud y Promoción Social, en la
Ordenanza Nº 277-MM que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones de la Municipalidad de
Miraf‌l ores.
Segunda.- El reglamento del Centro Integral de
Atención al Adulto Mayor (CIAM) será elaborado por la
Gerencia de Salud y Promoción Social, el mismo que
será aprobado mediante decreto de alcaldía, conforme
a Ley.
Tercera.- La presente Ordenanza regirá a partir del
día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
MANUEL MASÍAS OYANGUREN
Alcalde
225613-1
MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
Disponen el embanderamiento general
con motivo del aniversario de la
Proclamación de la Independencia del
Perú
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2008-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RIMAC
CONSIDERANDO:
Que, el 28 de julio del 2008 se celebra 187º Aniversario
de la Proclamación de la Independencia del Perú;
Que, es deber del Gobierno Local realizar los
acontecimientos cívicos incentivando la participación del
vecindario y af‌i rmando el respeto a los símbolos patrios;
Estando a lo expuesto y de conformidad con el
artículo 42º y 20º numeral 6) de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento
General del Distrito del Rímac del 15 de julio al 01 de
agosto del año 2008, con motivo de celebrarse el 187º
Aniversario de la Proclamación de la Independencia
del Perú, incluyéndose en esta disposición todos
los predios, sean privados o públicos de vivienda o
comercio.
Artículo Segundo.- DISPONER que los predios del
distrito deberán estar debidamente presentados, con
la limpieza adecuada y en la medida de lo posible se
recomienda su pintado, de conformidad con el artículo
93º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local,
Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Imagen
Institucional.
Dado en el local de la Municipalidad del Rímac a los
cuatro días del mes de julio del dos mil ocho.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
VÍCTOR LEYTON DÍAZ
Alcalde
225210-1
Designan Auxiliar Coactivo de la
Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 0334- 2008-MDR
Rímac, 9 de julio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RÍMAC
VISTO; La Resolución de Alcaldía Nº 0332-2008-MDR
de fecha 09.07.08; el Informe Nº 001-2008-CCPM-MDR
de fecha 10.06.08, del Comité encargado de llevar a cabo
el Concurso Público de Méritos para cubrir el cargo de la
Plaza vacante de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
Distrital del Rímac; y;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución de Alcaldía Nº 00401-2007-
MDR de fecha 13.12.07, se designó al Comité encargado
de llevar a cabo el Concurso Público de Méritos para
cubrir el cargo de la Plaza vacante de Auxiliar Coactivo
de la Municipalidad Distrital del Rímac, en tanto que
con Acuerdo de Concejo Nº 008-2008-MDR de fecha
30.04.08 se aprobaron las Bases Administrativas del
citado Concurso y su convocatoria, tal como se precisa
en su contenido;
Que, mediante Informe Nº 001-2008-CCPM-MDR de
fecha 10.06.08, el Comité encargado de llevar a cabo el
Concurso Público de Méritos, informa al despacho de
Alcaldía que conforme al cronograma aprobado en las
Bases del Concurso Público de Méritos, para ocupar
la plaza vacante de Auxiliar Coactivo en la Of‌i cina de
Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital del
Rímac, se tiene que el resultado f‌i nal da como ganador
de este Concurso Público de Méritos al señor Esteban
Renato Grimaldo Castillo;
Que, el Alcalde es el personero legal de la
Municipalidad y le corresponde en su condición
de titular designar a los funcionarios, conforme a
las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de
Municipalidades, siendo necesario en el presente
caso accionar administrativamente a efectos de
proceder a la designación del funcionario que asuma
las funciones específicas de Auxiliar Coactivo;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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