RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 637-2011/MDSM - Convocan a la elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2011-2013

Fecha de disposición22 Noviembre 2011
Fecha de publicación22 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 22 de noviembre de 2011 453701
de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos,
conforme a ley;
Estando a los fundamentos expuestos y en uso de
las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo
el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA con
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
la siguiente:
ORDENANZA
REGULARIZAR LA APROBACIÓN DE LA
REALIZACIÓN DEL I MATRIMONIO CIVIL
COMUNITARIO PARA EL AÑO 2011, DISPONIÉNDOSE
LA REDUCCIÓN DE PAGO DE DERECHO DE
CEREMONIA
Artículo Primero.- AUTORIZAR en vía de
regularización la celebración de “PRIMER MATRIMONIO
CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2011” a llevarse a cabo
el día 19 DE NOVIEMBRE DEL 2011 como marco de las
actividades de la “ Toma de Pampa de Cueva, a llevarse
a cabo el día 19 de Noviembre del 2011, a horas 11:00
AM, en la Plaza de la Mujer, Av. Túpac Amaru Km. 4/5 ,
Distrito de Independencia, el mismo que fue autorizado
por Decreto de Alcaldía Nº 015-2011-MDI, de fecha 20 de
Julio del 2011.
Artículo Segundo.- APROBAR la reducción del
pago por Derecho de Trámite de Matrimonio Civil
para el Primer Matrimonio Civil Comunitario 2011,
disponiéndose como pago la suma S/. 60.00 (Sesenta
y 00/100 Nuevos Soles), por derecho de ceremonia de
Matrimonio Civil.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Secretaria General Gerencia de Administración de
Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese. comuníquese y publíquese.
EVANS R. SIFUENTES OCAÑA
Alcalde
719411-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN MIGUEL
Convocan a la elección de representantes
de la sociedad civil ante el Consejo de
Coordinación Local Distrital para el
período 2011-2013
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 637-2011/MDSM
San Miguel,18 de noviembre de 2011
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;
VISTOS, el memorando Nº 787-2011-GM/MDSM
emitido por Gerencia Municipal, el memorando
Nº 446-2011-GPVPS/MDSM emitido para la Gerencia
de Participación Vecinal y Promoción Social, el informe
Nº 507-2011-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de
Asuntos Jurídicos y el informe Nº 217-2011-GPP/
MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la ley Nº 27680, Ley de Reforma
Constitucional, en concordancia con los artículos I y II
del Título Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, ejerciéndola en los actos
de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico, siendo las
municipalidades los órganos promotores del desarrollo
local;
Que, según el artículo 102º de la ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, el Consejo de Coordinación
Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación,
en la que participan las organizaciones de la sociedad
civil a nivel distrital que se encuentren inscritas en el
registro municipal y cuando acrediten personería jurídica
y un mínimo de 03 (tres) años de actividad institucional
comprobada, cuyos representantes, debidamente
acreditados, serán elegidos democráticamente por un
periodo de 02 (dos) años;
Que, mediante ordenanza Nº 040-MDSM, modif‌i cada
por la ordenanza Nº 129-MDSM, se regula el proceso
de elección de los representantes de la sociedad civil,
facultando al alcalde a convocar a elecciones de los
representantes de la sociedad civil ante el Consejo de
Coordinación Local Distrital según el artículo 14º de la
citada norma, es así que a través de informe de vistos,
la Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Social,
reporta que habiendo vencido el plazo de vigencia del
Consejo de Coordinación Local, es menester proceder en
consecuencia;
Estando a lo expuesto, contando con los informes
favorables de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y de la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y en uso de
las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6)
del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- CONVOCAR a la elección de los
representantes de la sociedad civil ante el Consejo de
Coordinación Local Distrital, para el periodo 2011-2013,
que tendrá lugar en las instalaciones de la Casa de
la Cultura, sito en jirón Federico Gallese Nº 420, el día
sábado 10 de diciembre del año en curso, de 9:00 a.m.
a 1:00 p.m.
Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a
la Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Vecinal,
el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente
resolución.
Artículo 3º.- La presente resolución de alcaldía entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano. Asimismo, se dispone su publicación
en la página web de la Municipalidad de San Miguel www.
munisanmiguel.gob.pe
Artículo 4º.- APROBAR el anexo único que contiene
el cronograma de actividades del proceso de elección
de representantes de la sociedad civil ante el Consejo
de Coordinación Local Distrital, que forma parte de la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
ANEXO ÚNICO
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DE
ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL
- Inicio de inscripción de organizaciones 21 de noviembre de 2011
- Cierre de inscripciones de organizaciones 24 de noviembre de 2011
- Publicación inicial del padrón of‌i cial 25 al 29 de nov. de 2011
- Tachas al padrón electoral 30 de noviembre de 2011
- Publicación def‌i nitiva del padrón electoral 01 de diciembre de 2011
- Taller de capacitación ONPE 02 de diciembre de 2011
- Inscripción de candidatos 05 al 09 de dic. de 2011
- Día de elecciones 10 de diciembre de 2011
719432-1

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