106 444-99-ORLC/JE - Autorizan ejercicio del cargo de martillero público a nivel nacional

Fecha de disposición24 Julio 1999
Fecha de publicación24 Julio 1999
Pág. 176187
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 24 de julio de 1999
INEI
Autorizan ejecución de la Encuesta de
Avance de Actividades para la Preven-
ción del Problema Informático del Año
2000 RESOLUCION JEFATURAL
Nº 220-99-INEI
Lima, 23 de julio de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática
(INEI), como órgano coordinador de las actividades para afron-
tar el Problema Informático del Año 2000, está efectuando la
evaluación periódica y continua de las actividades que se vienen
realizando para la prevención y solución del Problema Informá-
tico del Año 2000, a fin; de aplicar las medidas correctivas
necesarias para lograr la adaptación al Año 2000 con oportuni-
dad y eficiencia;
Que, es necesario informar periódicamente a la Presidencia
del Consejo de Ministros sobre el avance de las acciones que se
están ejecutando en el Sector Público, Empresas Privadas y
Entidades Prestadoras de los Servicios Públicos Básicos para
afrontar este problema;
Que, para tal efecto el INEI está aplicando con periodicidad
bimestral la "Encuesta de Avances de Actividades para la
Prevención del Problema Informático del Año 2000, en el Sector
Público, Empresas Privadas y Entidades Prestadoras de los
Servicios Públicos Básicos de Saneamiento, Banca y Seguros,
Electricidad, Salud, Telecomunicaciones y Transportes" ha-
biéndose ejecutado las encuestas correspondientes a los meses
de marzo y mayo de 1999;
Que, en consecuencia, es conveniente ejecutar la Encuesta de
Avance de Actividades para la Prevención del Problema Informá-
tico del Año 2000, en las Entidades del Sector Público, en las
Empresas Privadas y Entidades Prestadoras de los Servicios
Públicos con información acumulada al mes de julio de 1999;
Con la opinión favorable de la Subjefatura de Informática y
la visación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 6º y 8º
del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funcio-
nes del Instituto Nacional de Estadística e Informática" y su
reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-91-
PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta de
Avance de Actividades para la Prevención del Problema Infor-
mático del Año 2000, en las Entidades del Gobierno Central,
Municipalidades Provinciales del país, Municipalidades Distri-
tales de Lima Metropolitana, Consejos Transitorios de Admi-
nistración Regional (CTAR) y Empresas Privadas y Entidades
Prestadoras de los Servicios Públicos de Saneamiento, Banca y
Seguros, Energía, Salud, Telecomunicaciones y Transportes,
que conforman el Directorio de entidades sujetas a supervisión
de las actividades para el Problema Informático del Año 2000.
Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la referida encuesta
con información acumulada al mes de julio de 1999, el cual
forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Los formularios serán distribuidos directa-
mente por el INEI o las Oficinas Departamentales de Estadís-
tica e Informática a nivel nacional a las entidades o empresas a
que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución.
Artículo 4º.- Son responsables del diligenciamiento del
formulario de la Encuesta, los Comités Técnicos Institucionales
para afrontar el Problema Informático del Año 2000, y en
ausencia de éstos, las Oficinas de Informáticas o quien haga sus
veces en cada entidad o empresa.
Artículo 5º.- Los formularios de la Encuesta deberán ser
devueltos al INEI, dentro de los cinco (5) días de recepcionados,
vía Telefax a los números 4336106 y 4335568, o a la Av. General
Garzón Nº 658, Of. 402, 4to. Piso - Lima 11, y a las Oficinas
Departamentales de Estadística e Informática del INEI en las
capitales departamentales.
Artículo 6º.- El Instituto Nacional de Estadística e Infor-
mática elevará los resultados de la presente Encuesta a la
Presidencia del Consejo de Ministros. Las Entidades que se
indican en el Artículo 1º de la presente resolución que no
cumplan con informar serán consideradas omisas en el informe
correspondiente.
Regístrese y comuníquese.
FELIX MURILLO ALFARO
Jefe
9751
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Autorizan ejercicio del cargo de
martillero público a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 444-99-ORLC/JE
Lima, 21 de julio de 1999
Visto el expediente organizado por don RUBEN JOSE TAZA
PAUCAR, sobre obtención del título de Martillero Público y el
Oficio Nº 380-99-ORLC/GBM del 19 de julio de 1999, emitido por
la Gerencia de Bienes Muebles; y,
CONSIDERANDO:
Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 005-98-JUS, Texto Unico de Procedimien-
tos Administrativos de la SUNARP y de sus órganos desconcen-
trados, de fecha 27 de junio de 1998 y, en el Artículo 116º del
el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolución
Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos
necesarios para el desempeño del cargo de Martillero Público a
nivel nacional, según se desprende de la documentación que
acompaña a su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolución
Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece las modalidades de
garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de
Martillero Público, el recurrente ha optado por otorgar garantía
hipotecaria, a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao, la
que se encuentra inscrita en el asiento d-1 de la ficha 29823 del
Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Huan-
cayo, Oficina Registral Regional, Región Andrés Avelino Cáceres;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del
Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y Fun-
ciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado por
Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Pú-
blicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022-95-SUNARP,
los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por
Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º
de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros
Públicos Nº 131-96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a don RUBEN JOSE TAZA
PAUCAR, a ejercer el cargo de Martillero Público a nivel nacio-
nal con sujeción a las leyes y disposiciones vigentes sobre la
materia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución constituye el
título respectivo al que se refiere el Art. 116º del Código de
Comercio modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo
anotarse en el Registro de Martilleros Públicos a nivel nacional
de la Gerencia de Bienes Muebles de la Oficina Registral de
Lima y Callao.
Regístrese y comuníquese.
C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao
9659
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA
DE LIMA
Aprueban Ordenanza reglamentaria
del Plan Urbano Distrital de Villa El
Salvador
ORDENANZA Nº 195
Lima, 21 de diciembre de 1998
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA;

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