2475 192-2002-ORLC/JE 193-2002-ORLC/JE - Autorizan a personas naturales ejercer el cargo de martillero público a nivel nacional durante el primer semestre del año 2002

Fecha de publicación16 Febrero 2002
Fecha de disposición16 Febrero 2002
Pág. 217485
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de febrero de 2002
Menor Cuantía Nº 0299M0301 “Adquisición de medicamen-
tos” desde la etapa de convocatoria, previa reformulación
de los valores referenciales; en consecuencia, sin efecto
el otorgamiento de la buena pro de los mencionados ítems.
2º. DISPONER la publicación de la presente resolución
en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días
siguientes a su expedición.
3º. ENCARGAR al Órgano de Auditoría Interna que rea-
lice el deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar.
4º. DISPONER que la Secretaría General notifique la
presente resolución al Comité Especial, la Gerencia Cen-
tral de Logística e Infraestructura y a los interesados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL VILLEGAS CERRO
Presidente Ejecutivo
3179
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Autorizan a personas naturales ejercer
el cargo de martillero público a nivel
nacional durante el primer semestre del
año 2002
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 192-2002-ORLC/JE
Lima, 11 de febrero de 2002
Visto el expediente organizado por doña JUDITH MAR-
LENI CHÁVEZ COTRINA, sobre obtención del título de
Martillero Público a nivel nacional y el Informe Nº 005-2002-
ORLC/JE-R-MART. del 11 de febrero del 2002; emitido por
el Registro de Martilleros Públicos;
CONSIDERANDO:
Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en
el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus
órganos desconcentrados, modificado por el Decreto
Supremo Nº 009-2000-JUS; con el Artículo 116º del
Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley
Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Públicos,
aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo de
1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desem-
peño del cargo de Martillero Público a nivel nacional,
según se desprende de la documentación que acompa-
ña su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Reso-
lución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Reso-
lución Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las
modalidades de garantía que deben prestar los que de-
seen ejercer el cargo de Martillero Público, la recurrente
ha optado por otorgar garantía comercial a favor de la Ofi-
cina Registral de Lima y Callao hasta por Tres Unidades
Impositivas Tributarias (U.I.T.) debidamente inscrita en el
asiento C 00002 de la Partida Nº 11002601 del Registro de
Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Pucallpa -
Ucayali;
Que, de conformidad con el Artículo 3º concordado con
el Artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de
cada semestre los Martilleros Públicos que desean conti-
nuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actua-
lizar la garantía constituida a favor de la Oficina Registral
de Lima y Callao;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º
del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización
y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, apro-
bado por Resolución del Superintendente Nacional de los
Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución
Nº 022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de
la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS,
y lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Su-
perintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-
96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a doña JUDITH MARLE-
NI CHÁVEZ COTRINA, para ejercer el cargo de Martillero
Público a nivel Nacional, durante el Primer Semestre del
año 2002, con sujeción a las Leyes y disposiciones vigen-
tes sobre la materia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución constitu-
ye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del
Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley
Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros
Públicos de la Oficina Registral de Lima y Callao.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral
de Lima y Callao
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RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 193-2002-ORLC/JE
Lima, 11 de febrero de 2002
Visto el expediente organizado por doña GIANNINA
SILVA MIRANDA LAZO, sobre obtención del título de Mar-
tillero Público a nivel nacional y el Informe Nº 006-2002-
ORLC/JE-R.MART. del 11 de febrero del 2002; emitido por
el Registro de Martilleros Públicos;
CONSIDERANDO:
Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Único de Pro-
cedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus órga-
nos desconcentrados, modificado por el Decreto Supremo
Nº 009-2000-JUS; con el Artículo 116º del Código de Co-
mercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el
Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolu-
ción Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los re-
quisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti-
llero Público a nivel nacional, según se desprende de la
documentación que acompaña su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Reso-
lución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Reso-
lución Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las
modalidades de garantía que deben prestar los que de-
seen ejercer el cargo de Martillero Público, la recurrente
ha optado por otorgar garantía comercial a favor de la Ofi-
cina Registral de Lima y Callao hasta por Tres Unidades
Impositivas Tributarias (U.I.T.) debidamente inscrita en el
asiento C 00003 de la Partida Nº 11002601 del Registro de
Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Pucallpa -
Ucayali;
Que, de conformidad con el Artículo 3º concordado con
el Artículo 6º de la Resolución antes indicada, al inicio de
cada semestre los Martilleros Públicos que desean conti-
nuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actua-
lizar la garantía constituida a favor de la Oficina Registral
de Lima y Callao;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º
del Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización
y Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, apro-
bado por Resolución del Superintendente Nacional de los
Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución
Nº 022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de
la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS,
y lo dispuesto por el Artículo 1º de la Resolución del Su-
perintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-
96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a doña GIANNINA SILVA
MIRANDA LAZO, para ejercer el cargo de Martillero Públi-
co a nivel Nacional, durante el Primer Semestre del año
2002, con sujeción a las Leyes y disposiciones vigentes
sobre la materia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución constitu-
ye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º del
Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley

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