Autorizan ejercer cargo de martillero público a nivel nacional

Fecha de publicación17 Marzo 2000
Fecha de disposición17 Marzo 2000
Pág. 184814
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 17 de marzo de 2000
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de martillero
público a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 198-2000-ORLC/JE
Lima, 13 de marzo de 2000
Visto el expediente organizado por don ALDO LUIS
PANESI MORENO, sobre obtención del título de Marti-
llero Público para actuar a nivel nacional y el Oficio Nº
263-2000-ORLC/GBM del 13 de marzo del 2000, emitido
por la Gerencia de Bienes Muebles; y,
CONSIDERANDO:
Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 005-98-JUS, Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos de la SUNARP y de sus órganos
desconcentrados, de fecha 27 de junio de 1998 y, en el Artículo
116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº
18948 y el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por
Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los
requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti-
llero Público a nivel nacional, según se desprende de la
documentación que acompaña a su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolución
Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece las modalidades
de garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo
de Martillero Público, el recurrente ha optado por otorgar
garantía hipotecaria, equivalente a tres Unidades Impositi-
vas Tributarias a favor de la Oficina Registral de Lima y
Callao, la que se encuentra inscrita en el asiento D 00001 y
ampliada en el D 00002 de la partida electrónica 45052036 del
Registro de Propiedad Inmueble de Lima;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del
Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y
Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado
por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros
Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución Nº 022-95-
SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP,
aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto
por el Artículo 1º de la Resolución del Superintendente
Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autoriza a don ALDO LUIS PA-
NESI MORENO, a ejercer el cargo de Martillero Público
a nivel nacional con sujeción a las leyes y disposiciones
vigentes sobre la materia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución constitu-
ye el título respectivo al que se refiere el Art. 116º del
Código de Comercio modificado por el Decreto Ley Nº
18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros
Públicos de la Gerencia de Bienes Muebles de la Oficina
Registral de Lima y Callao.
Regístrese y comuníquese.
C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao
3082
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 200-2000-ORLC/JE
Lima, 14 de marzo de 2000
Visto el expediente organizado por doña VANESSA
CATHERINA RIVAS PLATA ESPEJO, sobre obtención
del título de Martillero Público para actuar a nivel nacio-
nal y el Oficio Nº 268-2000-ORLC/GBM del 13 de marzo
del 2000, emitido por la Gerencia de Bienes Muebles; y,
CONSIDERANDO:
Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en el
Decreto Supremo Nº 005-98-JUS, Texto Unico de Proce-
dimientos Administrativos de la SUNARP y de sus órganos
desconcentrados, de fecha 27 de junio de 1998 y, en el Artículo
116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº
18948 y el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por
Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los
requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Marti-
llero Público a nivel nacional, según se desprende de la
documentación que acompaña a su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Reso-
lución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece las
modalidades de garantía que deben prestar los que de-
seen ejercer el cargo de Martillero Público, la recurrente
ha optado por otorgar garantía efectiva, a favor de la
Oficina Registral de Lima y Callao, mediante Certificados
de Depósitos Nºs. 1999000307850 y 2000009800630;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 8º del
Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organización y
Funciones de la Oficina Registral de Lima y Callao, aprobado
por la Resolución del Superintendente Nacional de los Regis-
tros Públicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolución del Superin-
tendente Nacional de los Registros Públicos Nº 022-95-
SUNARP, los Artículos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP,
aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto
por el Artículo 1º de la Resolución del Superintendente
Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a doña VANESSA
CATHERINA RIVAS PLATA ESPEJO, a ejercer el cargo
de Martillero Público a nivel nacional con sujeción a las
leyes y disposiciones vigentes sobre la materia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución constitu-
ye el título respectivo al que se refiere el Art. 116º del
Código de Comercio modificado por el Decreto Ley Nº
18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros
Públicos de la Gerencia de Bienes Muebles de la Oficina
Registral de Lima y Callao.
Regístrese y comuníquese.
C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao
3083
SUNAT
Dejan sin efecto resolución que autori-
zó viaje de servidores a Argentina, para
realizar pasantía sobre internet: siste-
mas de RUC, comprobantes de pago y
presentación de declaraciones
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
Nº 037-2000/SUNAT
Lima, 14 de marzo de 2000
Que, la Directiva Nº 001-2000/FONAFE, aprobada por
Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE, esta-
blece en su numeral 1.5.1 que los viajes que irroguen
gastos con cargo al presupuesto de las entidades deberán
ser autorizados mediante Resolución Suprema;
Que, con el objeto de servir de sustento a dichas Resolucio-
nes, esta Superintendencia -en el caso de viajes de sus funcio-
narios o servidores- autoriza previamente los mismos a través
de Resoluciones de Superintendencia que, evidentemente, se
encuentran sujetas a la posterior emisión de aquellas;
Que, precisamente en atención a lo señalado en el consi-
derando anterior, el 8 de marzo último se emitió la Resolución
de Superintendencia Nº 034-2000/SUNAT autorizando el
viaje, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, de los señores
José Luis Tang Andujar, Sael Augusto Vicente Vega, Carlos
Roberto Drago Llanos y José Alejandro André Medrano;
Que, debido a un error, la referida Resolución de
Superintendencia se publicó en el Diario Oficial El Perua-
no el 11 de marzo pasado;
Que, resulta necesario, en consecuencia, dejar sin
efecto dicha Resolución;
En uso de las facultades conferidas en el Artículo 6º del
Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro-
bado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SU-
NAT y de conformidad con lo establecido en la Directiva

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