Autorizan ejercer cargo de martillero público a nivel nacional
Fecha de publicación | 31 Julio 2000 |
Fecha de disposición | 31 Julio 2000 |
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 31 de julio de 2000
funciones por medio de la suscripción de Convenios con
organismos, instituciones o entidades públicas, colegios
profesionales o entidades gremiales de reconocido pres-
tigio;
Que en ese contexto, el Indecopi suscribió un Conve-
nio de Delegación de Funciones con el Colegio de Conta-
dores Públicos de Lima, a través del cual se delegaron
funciones relativas a la Comisión de Reestructuración
Patrimonial;
Que el Artículo 20º del Decreto Ley Nº 25868, modi-
ficado por el Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 807,
establece que los miembros de las Comisiones del Inde-
copi serán designados por el Directorio;
Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto
en su Sesión de fecha 27 de junio del 2000; y,
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del
RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar, a partir del 20 de julio
del 2000, al señor Clever Silva Benavides en el cargo de
miembro de la Comisión de Reestructuración Patrimo-
nial de la Oficina Descentralizada del Indecopi en el
Colegio de Contadores Públicos de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BEATRIZ BOZA DIBOS
Presidenta del Directorio
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OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Autorizan ejercer cargo de martillero
público a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 1125-2000-ORLC/JE
Lima, 24 de julio de 2000
Visto el expediente organizado por doña ROSA MA-
RIA MONDRAGON DAMIAN, sobre obtención del título
de Martillero Público para actuar a nivel nacional y el
Informe Nº 004-2000-ORLC/JE-R.MART. del 20 de julio
del 2000; emitido por el Registro de Martilleros; y,
CONSIDERANDO:
Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en
el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de
Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus
órganos desconcentrados, en el Artículo 116º del Código
de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, y
el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por
Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo
los requisitos necesarios para el desempeño del cargo de
Martillero Público a nivel nacional, según se desprende
de la documentación que acompaña su pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la
Resolución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece
las modalidades de garantía que deben prestar los que
deseen ejercer el cargo de Martillero Público, la recu-
rrente ha optado por otorgar garantía hipotecaria, a
favor de la Oficina Registral de Lima y Callao, la que se
encuentra inscrita en el asiento D 00001 en la partida
electrónica Nº 40473297 del Registro de Propiedad In-
mueble, de la Oficina Registral de Lima y Callao;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organi-
zación y Funciones de la Oficina Registral de Lima y
Callao, aprobado por Resolución del Superintendente
Nacional de los Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP,
la Resolución Nº 022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º
del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º de la
Resolución del Superintendente Nacional de los Regis-
tros Públicos Nº 131-96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a doña ROSA MARIA
MONDRAGON DAMIAN, para ejercer el cargo de Mar-
tillero Público a nivel nacional con sujeción a las leyes y
disposiciones vigentes sobre la materia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución consti-
tuye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º
del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº
18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros
Públicos a nivel Nacional de la Oficina Registral de Lima
y Callao.
Regístrese y comuníquese.
C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao
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RESOLUCION JEFATURAL
Nº 1127-2000-ORLC/JE
Lima, 25 de julio de 2000
Visto el expediente organizado por don GERMAN
DEL CARMEN ALARCON SUAREZ, sobre obtención
del título de Martillero Público para actuar a nivel
nacional y el Informe Nº 005-2000-ORLC/JE-R.MART.
del 25 de julio del 2000; emitido por el Registro de
Martilleros; y,
CONSIDERANDO:
Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en
el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de
Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de
sus órganos desconcentrados, en el Artículo 116º del
Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº
18948, y el Reglamento de Martilleros Públicos, apro-
bado por Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914,
reuniendo los requisitos necesarios para el desempeño
del cargo de Martillero Público a nivel nacional, según
se desprende de la documentación que acompaña su
pedido;
Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la
Resolución Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, que establece
las modalidades de garantía que deben prestar los que
deseen ejercer el cargo de Martillero Público, el recu-
rrente ha optado por otorgar garantía Comercial, a favor
de la Oficina Registral de Lima y Callao, equivalente a
tres (3) Unidades Impositivas Tributarias (U.I.T.) la que
se encuentra inscrita en el asiento C 00001 de la partida
electrónica Nº 00291293 del Registro de Personas Jurí-
dicas, de la Oficina Registral de Lima y Callao;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organi-
zación y Funciones de la Oficina Registral de Lima y
Callao, aprobado por Resolución del Superintendente
Nacional de los Registros Públicos Nº 185-96-SUNARP,
la Resolución Nº 022-95-SUNARP, los Artículos 28º y 29º
del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Artículo 1º de la
Resolución del Superintendente Nacional de los Regis-
tros Públicos Nº 131-96-SUNARP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a don GERMAN DEL
CARMEN ALARCON SUAREZ, para ejercer el cargo de
Martillero Público a nivel nacional con sujeción a las
leyes y disposiciones vigentes sobre la materia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución consti-
tuye el título respectivo al que se refiere el Artículo 116º
del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº
18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros
Públicos a nivel Nacional, de la Oficina Registral de
Lima y Callao.
Regístrese y comuníquese.
C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao
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