57 307-2006-VIVIENDA - Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur del INADE

Fecha de publicación26 Septiembre 2006
Fecha de disposición26 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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328946 El Peruano
martes 26 de setiembre de 2006
Designan Director Ejecutivo del
Proyecto Especial Sierra Centro Sur del
INADE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 307-2006-VIVIENDA
Lima, 25 de setiembre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 014-2006-
INADE-1100, de fecha 3 de febrero de 2006, se encargó
las funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial
Sierra Centro Sur del INADE al Ing. Jorge Donald Pérez
Sánchez;
Que, al haberse producido el fallecimiento del
funcionario antes mencionado, se emitió la Resolución
Presidencial Nº 149-2006-INADE-1100 de fecha 19 de
setiembre de 2006 a través de la cual se encargó las
funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial
Sierra Centro Sur del INADE al Ing. Emilio Jurado Alarcón;
Que, a través del Acuerdo Nº 28-2006 de la Sesión
Nº 14-2006 del Consejo Directivo del INADE, celebrado
el 5 de setiembre de 2006, se acordó delegar a la
Presidencia Ejecutiva la facultad de elevar la propuesta
de cargos de confianza conforme a la necesidad
institucional del INADE, sus Proyectos Especiales y los
proyectos especiales transferidos para operar
eficientemente, dando cuenta a los miembros del Consejo
Directivo, conforme a lo previsto en el literal i) del Artículo
4º del Decreto Supremo Nº 003-2003-VIVIENDA;
Que, en virtud de lo anteriormente indicado, la
Presidencia Ejecutiva de INADE, ha propuesto al
profesional que lo reemplazara en el cargo antes
mencionado;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594
y Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y
Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha,
la encargatura del Ing. Emilio Jurado Alarcón, al cargo
de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro
Sur del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE,
agradeciéndole por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar, al Ing. EMILIO JURADO
ALARCON en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto
Especial Sierra Centro Sur del Instituto Nacional de
Desarrollo - INADE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ
Ministro de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
02447-1
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales contra presuntos responsables
de la comisión de delitos contra la fe
pública y la administración pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 849-2006-JEF/RENIEC
Lima, 14 de setiembre de 2006
VISTOS:
El Oficio Nº 4749-2005-GO/RENIEC y el Informe
Nº 581-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de
Asesoría Jurídica el 31 de mayo de 2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Gerencia de Operaciones del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, en su labor
fiscalizadora ha detectado que, los ciudadanos
identificados como MIGUEL GUZMÁN BENAVIDES,
GERMAN AUGUSTO DE LOAYZA ABREU, OLENKA
YOVANA VILLAR GALLARDO, CARLOS ROJAS
BASTIAN y JOEL ROBERT SAENZ ORTEGA han
presentado documentos falsos o falsificados como
si fuesen legítimos, con el fin de realizar trámites de
autenticación de firma contenida en constancias o
certificaciones, procedimiento previsto en el numeral
33 del Texto Único de Procedimientos Administrativos
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;
Que, con fecha 27 de julio del 2005, el ciudadano
MIGUEL GUZMÁN BENAVIDES se presentó ante el Área
de Certificaciones del Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil y solicitó la autenticación de firma, mediante
la Solicitud Nº 166794, de la Partida de Matrimonio
perteneciente a SHIM MIYASHIRO y ROSARIO BELINDA
QUINTANA BAZÁN, que fuera firmada presuntamente
por el Registrador Civil de la Municipalidad Distrital de
Reque - Chiclayo - Lambayeque, para lo cual adjuntó el
recibo Nº 164949-9 del Banco de la Nación por el pago
de los derechos administrativos, copia del DNI
Nº 06217911 del solicitante, y copia certificada del
documento materia de trámite; sin embargo, mediante
Oficio Nº 056-2005-JRRCC/MCR, la Oficina de Registro
Civil de la Municipalidad de Reque, señala que de la
revisión en los Libros de Actas de Nacimiento que obran
en sus archivos, se ha determinado que la citada Partida
de Matrimonio no contiene la anotación marginal de la
sentencia de divorcio; y tampoco, corresponde al formato
utilizado por dicha Oficina Registral;
Que, con fecha 2 de setiembre del 2005, el ciudadano
GERMAN AUGUSTO DE LOAYZA ABREU se presentó y
solicitó la autenticación de firma, mediante la Solicitud
Nº 175340, de dos Actas de Nacimiento signadas con el
Nº 122 pertenecientes a JESÚS JHONATAN RAMÍREZ
OJANAMA, que fueran firmadas presuntamente por el
Registrador Civil de la Municipalidad de Comas - Lima,
para lo cual adjuntó los recibos Nºs. 116345-8 y 116579-5
del Banco de la Nación por el pago de los derechos
administrativos, copia del DNI Nº 08279904 del solicitante,
y copia certificada de los documentos materia de trámite;
sin embargo, mediante Oficio Nº 1111-2005-SGRC-GDH/
MC la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad de Comas,
señala que de la revisión de los Libros de Actas de
Nacimiento que obran en sus Archivos, se ha determinado
que dicha Acta no se encuentra registrada en el sistema
computarizado, así como, tampoco corresponde al formato
utilizado por dicha Oficina Registral;
Que, con fecha 13 de setiembre del 2005, la
ciudadana OLENKA YOVANA VILLAR GALLARDO se
presentó y solicitó la autenticación de firma, mediante
la Solicitud Nº 3435, de la Partida de Nacimiento Nº 546
perteneciente a la misma ciudadana, que fuera firmada
presuntamente por el Registrador Civil de la
Municipalidad Distrital de Pichanaqui - Jauja - Junín,
para lo cual adjuntó el recibo Nº 200568-6 del Banco de
la Nación por el pago de los derechos administrativos,
copia del DNI Nº 09527700 del solicitante, y copia
certificada del documento materia de trámite; sin
embargo, mediante Oficio Nº 119-2005-OREC-MPJ la
Municipalidad de Jauja, señala que de la revisión de los
Libros de Actas de Nacimiento que obra en sus
Archivos, se ha determinado que dicha Partida no ha
sido emitida por dicha Oficina Registral;
Que, el ciudadano CARLOS ROJAS BASTIAN se
presentó y solicitó la autenticación de firma, mediante la
Solicitud Nº 154586, de dos Actas de Matrimonio
signadas con el Nº 612, pertenecientes a EVARISTO
JOSE PABLO MURAKAMI MURAKAMI y MARIA DIMAS

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