RESOLUCION N° 154-310000/2012-000614 - Dejan sin efecto designación de Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa

Fecha de disposición13 Diciembre 2012
Fecha de publicación13 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 13 de diciembre de 2012 480777
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El expediente N° 2012037930, así como el Informe N°
922-2012-SMV/11.1, del 03 de diciembre de 2012, de la
Intendencia General de Supervisión de Conductas de la
Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas
de Mercado;
CONSIDERANDO:
Que, el 06 de noviembre 2012, CA Perú Sociedad Agente
de Bolsa SAC, alegando lo establecido en el artículo 28º del
Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios
en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda
de Bolsa, aprobado por Resolución SMV Nº 031-2012-EF/01
y sus normas modif‌i catorias, solicitó a la Bolsa de Valores
de Lima S.A. la inscripción de las Cuotas de Participación
del Fondo de Inversión denominado “IShares Gold Trust
(IAU)” en el Registro Público de Mercado de Valores de la
Superintendencia del Mercado de Valores y en el Registro
de Valores de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, el 28 de noviembre, mediante Carta DM-
147/2012, el Comité Especial de la Bolsa de Valores de
Lima autorizó a CA Perú Sociedad Agente de Bolsa SAC
para que actúe como Agente Promotor de las Cuotas de
Participación del Fondo de Inversión denominado “IShares
Gold Trust (IAU)”, adquiriendo desde este momento la
calidad de Agente Promotor;
Que, las Cuotas de Participación del Fondo de
Inversión denominado “IShares Gold Trust (IAU)”, el mismo
que se encuentra listado en la New York Stock Exchange
– NYSE, bajo la modalidad de Exchange-Traded Fund
(ETF),tienen como f‌i nalidad replicar el comportamiento
del precio del oro, en cualquier momento, menos los
costos y gastos propios de la administración del fondo;
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo
132º, inciso a), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto
Legislativo Nº 861, y con lo establecido por el artículo 28º del
Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios
en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda
de Bolsa, el 15 de noviembre de 2012, la Bolsa de Valores
de Lima S.A. comunicó a la Superintendencia del Mercado
de Valores sus comentarios sobre la solicitud de inscripción
de valores a la que se contrae la presente Resolución;
Que, el 29 de noviembre de 2012, CA Perú Sociedad
Agente de Bolsa SAC completó su solicitud de inscripción
de las Cuotas de Participación del Fondo de Inversión
denominado “IShares Gold Trust (IAU)” en el Registro
Público de Mercado de Valores de la Superintendencia del
Mercado de Valores Registro de Valores y en el Registro
de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, de la revisión efectuada a la documentación
presentada por CA Perú Sociedad Agente de Bolsa SAC,
se ha concluido que esta cumple con lo requerido por la
Superintendencia del Mercado de Valores, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 28º y 29º del Reglamento de
Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro
Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa;
Que, el artículo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a
la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los
Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de
Valores, aprobadas por Resolución N° 073-2004-EF-94.10,
establecen que las resoluciones administrativas referidas a la
inscripción de valores mobiliarios que pueden ser objeto de
oferta pública primaria y secundaria, en el Registro Público del
Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín
de Normas Legales del Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal
del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado
de Valores (www.smv.gob.pe); y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 17º y
siguientes de la Ley del Mercado de Valores, los artículos
24°, 28º y 29º del Reglamento de Inscripción y Exclusión
de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado
de Valores y en la Rueda de Bolsa, los artículos 3° y 8° del
Reglamento Interno de Inscripción y Exclusión de Valores
en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima,
así como el numeral 6 del artículo 46º del Reglamento
de Organización y Funciones de la Superintendencia del
Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº
216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de
Supervisión de Conductas a disponer la inscripción de
valores mobiliarios en el Registro Público del Mercado de
Valores.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la inscripción de las Cuotas de
Participación del Fondo de Inversión denominado ““IShares
Gold Trust (IAU)” en el Registro Público del Mercado de
Valores.
Artículo 2º.- Disponer que la Bolsa de Valores de Lima
proceda a inscribir los valores señalados en el artículo
anterior, en su Registro de Valores de acuerdo a su
Reglamento Interno de Inscripción y Exclusión de Valores.
Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal del Mercado de
Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores
(www.smv.gob.pe).
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a CA
Perú Sociedad Agente de Bolsa SAC, en su calidad de
Agente Promotor; a la Bolsa de Valores de Lima S.A., y; a
CAVALI S.A. ICLV.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALIX GODOS
Intendente General
Intendencia General de Supervisión de Conductas
875416-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designación de Auxiliar
Coactivo de la Intendencia de Aduana
de Arequipa
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 154-3I0000/2012-000614
Arequipa, 3 de diciembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Intendencia Nº 154
3I0000/2011-000309 publicada el 11.06.2011, se designó
a la Econ. Liliana Virginia Diaz Naiza como Auxiliar
Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa;
Que, es necesario dejar sin efecto la designación
del citado Auxiliar Coactivo en mérito al Memorando N°
01255-2012-SUNAT/3I0000 al haber sido asignado a una
nueva unidad organizacional;
Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia
Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de la
Aduana Marítima del Callao, Intendente de la Aduana
Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión
de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales
Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas
desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la
SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia,
a los trabajadores que se desempeñarán como auxiliares
coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una
de esas Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en el Reglamento
de Organización y Funciones de la SUNAT, el mismo que
se aprueba con Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; y la
Resolución de Superintendencia N° 216-2004-SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dejar sin efecto la designación como
Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Arequipa
a la Econ. Liliana Virginia Diaz Naiza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ADA ROCÍO FRANCO MARCOS
Intendente
Intendencia de Aduana de Arequipa
876988-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR