DECRETO SUPREMO N° 010-2011-MIMDES - Declaran concluido el proceso de efectivización de la transferencia del Programa Integral de Nutrición - PIN y los Servicios de Protección Social y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a diversos Gobiernos Locales, entre otros

Fecha de disposición07 Julio 2011
Fecha de publicación07 Julio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 7 de julio de 2011
445936
el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Justicia; y, el Decreto Supremo Nº 015-2008-JUS, que
aprueba el Reglamento del Concurso Público de Méritos
para el Ingreso a la Función Notarial, modif‌i cado por
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Nombrar al señor abogado EUGENIO
MARCIAL MUÑOZ LAYZA como Notario Público del
distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión,
departamento de La Libertad, distrito notarial de La
Libertad, debiendo expedirse para tal efecto el Título
correspondiente.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución
al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de La
Libertad y al interesado para los f‌i nes de ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA
Ministra de Justicia
661351-8
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Declaran concluido el proceso de
efectivización de la transferencia del
Programa Integral de Nutrición - PIN
y los Servicios de Protección Social y
autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2011 a diversos Gobiernos
Locales, entre otros
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2011-MIMDES
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Perú establece que la descentralización es una política
permanente del Estado, de carácter obligatorio, cuyo
objetivo es el desarrollo integral del país, precisando
además que el proceso de descentralización se realiza
por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme
a criterios que permitan una adecuada asignación de
competencias y transferencia de recursos del Gobierno
Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales;
Que, la Segunda Disposición Complementaria de la
dispone que a partir del Ejercicio Fiscal 2003 se inicia
la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales,
según corresponda, de los programas sociales de
lucha contra la pobreza y los proyectos de inversión
e infraestructura productiva de alcance regional, en
función de las capacidades de gestión de cada gobierno
subnacional, facultando al Poder Ejecutivo para realizar
todas las acciones administrativas, presupuestarias
y f‌i nancieras necesarias en relación a los pliegos y
unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto
de transferencia;
Que, la Quinta Disposición Transitoria de la Ley
citada en el considerando precedente, prevé que las
transferencias de funciones, programas y organismos
del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y
Locales comprenden el personal, el acervo documentario
y los recursos presupuestales correspondientes, que se
encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo
de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la
titularidad o dominio de los bienes respectivos, añadiendo
que las transferencias de recursos serán aprobadas por
Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de
Ministros;
Que, conforme al artículo 5º y al numeral 2 del inciso
a) del artículo 6º de la Ley Nº 28273 - Ley del Sistema
de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales,
el Gobierno Nacional, representado por sus Sectores,
es responsable de transferir competencias, funciones,
atribuciones y recursos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM, se
aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias
Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año
2007”, siendo que el Anexo del referido Decreto Supremo,
en su Acápite B: Transferencia de Fondos, Programas,
Proyectos, Empresas y Activos sujetos al cumplimiento de
mecanismos de verif‌i cación, correspondiente al Ministerio
de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, literales c) y d),
dispuso la transferencia del Programa Integral de Nutrición
a cargo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria
- PRONAA, y de los servicios de los Centros de Desarrollo
Integral de la Familia del Programa Integral Nacional para
el Bienestar Familiar - INABIF, de los Centros Emergencia
Mujer del Programa Nacional contra la Violencia Familiar
y Sexual - PNCVFS, y de los Wawa Wasi del Programa
Nacional Wawa Wasi;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2007-EF,
se aprobaron los “Lineamientos para la Distribución
y Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos
Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento
Recursos Ordinarios”, destinados, entre otros conceptos,
a los programas sociales de lucha contra la pobreza en el
ámbito de los gobiernos locales, a cargo del Ministerio de
la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES;
Que, el numeral 3.1 del Capítulo III: Transferencias para
el ciclo 2009, del Anexo del “Plan Anual de Transferencia
de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales
y Locales del Año 2009”, aprobado por Decreto Supremo
Nº 047-2009-PCM, señala que a través de la Resolución
de Secretaría de Descentralización Nº 023-2009-
PCM/SD se aprobó la Directiva Nº 002-2009-PCM/SD
“Normas Específ‌i cas para la efectivización del proceso
de transferencia del Programa Integral de Nutrición
y Servicios de Protección Social del MIMDES”, cuyo
objetivo fue establecer los procedimientos técnicos,
metodológicos y los plazos de la etapa de efectivización
del proceso de transferencia a cargo del MIMDES, a favor
de los Gobiernos Locales Provinciales comprendidos en
la Directiva Nº 004-2007-PCM/SD;
Que, asimismo, el numeral 7.9 de la Directiva Nº 002-
2009-PCM/SD, establece que luego de la suscripción
de las Actas de Entrega y Recepción se procederá a la
expedición del Decreto Supremo mediante el cual se da por
concluido el proceso de efectivización de la transferencia
del PIN y los Servicios de Protección Social, y se autoriza
la transferencia de los recursos presupuestales, personal,
bienes y acervo documentario a los Gobiernos Locales
Provinciales;
Que, mediante Resoluciones de Secretaría de
Descentralización Nºs. 038-2007-PCM/SD, 047-2007-
PCM/SD, 005-2008-PCM/SD, 022-2009-PCM/SD, 235-
2010-PCM/SD y 351-2011-PCM/SD, se declaró como
aptos para acceder a la transferencia del Programa
Integral de Nutrición - PIN y los Servicios de Protección
Social, a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES, a los cincuenta y seis (56)Gobiernos
Locales Provinciales que forman parte del presente
Decreto Supremo;
Que, en tal sentido, el proceso de efectivización de la
transferencia del Programa Integral de Nutrición - PIN y los
Servicios de Protección Social a los cincuenta y seis (56)
Gobiernos Locales Provinciales señalados en el presente
Decreto Supremo ha concluido, conforme a las Actas de
Entrega y Recepción suscritas entre el Ministerio de la
Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y los mencionados
Gobiernos Locales Provinciales en los meses de mayo y
junio del año 2011;
Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EF, se señala
que los fondos públicos a ser transferidos a propuesta
del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,
constituyen transferencias programáticas destinadas
exclusivamente al f‌i nanciamiento de los programas
sociales;
Que, de acuerdo a los numerales 7.10 y 7.11 de la
Directiva Nº 002-2009-PCM/SD, luego de la expedición del
presente Decreto Supremo, corresponde la suscripción de
los Convenios de Gestión en los cuales se establecerán

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR