14 258-2005-CED-CSJLI/PJ - Disponen instalar salas penales especiales en el Edificio "Alimar" y trasladan temporalmente seis juzgados penales especiales a la sede judicial "Anselmo Barreto" en el Distrito Judicial de Lima

Fecha de publicación08 Noviembre 2005
Fecha de disposición08 Noviembre 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 8 de noviembre de 2005
Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005,
prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones
Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la
Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los
viajes serán autorizados a través de resolución del Titular
del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada
en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la
comisión de servicios;
Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es
ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil
como dependencia especializada del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin
de cumplir con los estándares aeronáuticos
internacionales establecidos en el Convenio de Chicago
sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de
Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de
Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa
anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través
de la ejecución de inspecciones técnicas a los
explotadores aéreos en el país, basado en las
disposiciones establecidas en el citado Convenio y en
los estándares de la Organización de Aviación Civil
Internacional;
Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta GOP/INST/
795/10/05, del 14 de octubre de 2005, en el marco del
Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la
Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de
Personal), establecido en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección
General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos
técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 767,
en el Centro de Entrenamiento ALTEON de la ciudad de
Miami, a su personal aeronáutico propuesto, durante el
día 9 de noviembre de 2005;
Que, conforme se desprende de los Recibos de
Acotación Nºs. 29286 y 29287, la solicitante ha cumplido
con el pago del derecho de tramitación correspondiente
al Procedimiento a que se refiere el considerando
anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de
inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa
solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos
y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de
Inspección Nº 2044-2005-MTC/12.04-SDO designando al
Inspector Alfredo Federico Álvarez Zevallos, para realizar
los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo
Boeing 767, en el Centro de Entrenamiento ALTEON, al
personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú
S.A., en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América,
durante los días 8 al 9 de noviembre de 2005;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el
viaje del referido Inspector de la Dirección General de
Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las
funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,
pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae
la Orden de Inspección Nº 2044-2005-MTC/12.04-SDO;
De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619,
el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alfredo
Federico Álvarez Zevallos, Inspector de la Dirección
General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos
de América, durante los días 8 al 9 de noviembre de
2005, para los fines a que se contrae la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado
precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la
empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos de
Acotación Nºs. 29286 y 29287, abonados a la Dirección
de Tesorería del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por
concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de
acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos US$ 440.00
Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector
mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un
informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina
General de Administración del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o
derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
18756
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Disponen instalar salas penales
especiales en el Edificio "Alimar" y
trasladan temporalmente seis juzgados
penales especiales a la sede judicial
"Anselmo Barreto" en el Distrito
Judicial de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 258-2005-CED-CSJLI/PJ
Lima, 7 de noviembre del 2005
VISTOS:
El Informe Nº 136-2005-L-CSJLI/PJ(RHB) y 732-
2005-ADP/CSJLI-PJ de fecha cuatro y siete de noviembre
del año en curso respectivamente; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- Que, de conformidad con el numeral 19)
atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital adoptar los
acuerdos y demás medidas necesarias para que las
dependencias del Poder Judicial correspondientes,
funcionen con eficiencia y oportunidad.
Segundo.- Por Resolución Administrativa Nº 384-
2005-P-CSJLI/PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano
el 3 de noviembre del año en curso, la Presidencia de la
Corte Superior de Justicia de Lima dispuso, de
conformidad con lo establecido por el Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial en la R.A. Nº 197-2005-CE-PJ, la
redistribución de expedientes entre las seis Salas Penales
Especiales, previo sorteo y siguiendo los lineamientos
establecidos en la resolución emitida por el Supremo
órgano de gobierno y gestión.
Tercero.- Que, en virtud a lo expuesto, el Consejo
Ejecutivo Distrital, mediante R.A. Nº 255-2005-CED-

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