96 154-2005-INRENA - Otorgan concesión para ecoturismo a favor de la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha S.R. Ltda., en el departamento de Madre de Dios

Fecha de disposición28 Septiembre 2005
Fecha de publicación28 Septiembre 2005
Pág. 301054
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 28 de setiembre de 2005
AGRICULTURA
Otorgan concesión para ecoturismo a
favor de la empresa Reserva Natural y
Ecoturismo Lagartococha S.R.Ltda., en
el departamento de Madre de Dios
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 154-2005-INRENA
Lima, 4 de julio de 2005
VISTO:
El Informe Técnico Nº 527-2005-INRENA-
IFFS(DACFFS), emitido por la Dirección de Administración
y Control Forestal y de Fauna Silvestre de la Intendencia
Forestal y de Fauna Silvestre, de fecha 6 de junio de 2005,
que recomienda aprobar la Propuesta Técnica presentada
por la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha
S.R.Ltda. para la concesión directa de un área con fines de
ecoturismo a desarrollarse en dos mil quinientos y veintitrés
hectáreas y 700 metros cuadrados (2523.07 ha), ubicadas
en el distrito de Inambari, provincia de Tambopata,
departamento de Madre de Dios, la misma que tendrá la
denominación de “Ecoturismo Rural y Recuperación de
Áreas Intervenidas por Minería Aluvial”.
CONSIDERANDO:
establece que es obligación del Estado promover la
conservación de la diversidad biológica;
Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales -
INRENA es el ente rector encargado de la gestión y
administración de los recursos forestales y de fauna
silvestre a nivel nacional, de conformidad con lo previsto
tanto en el numeral 3.4 del artículo 3º de la Ley Nº 27308,
Ley Forestal y de Fauna Silvestre, como en el artículo 6º
de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-
2001-AG;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0314-2002-
AG, se aprueban las Disposiciones Complementarias
para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo,
encargándose al Instituto Nacional de Recursos
Naturales - INRENA su difusión, aplicación y cumpli-
miento;
Que, con Carta Nº 549-2004-INRENA-IFFS (DACFFS),
del 20 de julio de 2004, la Intendencia Forestal y de Fauna
Silvestre comunica a la empresa Reserva Natural y
Ecoturismo Lagartococha S.R.Ltda. que su solicitud del
área para concesión continuará bajo la modalidad de
Concesión Directa, autorizándole a presentar su Propuesta
Técnica, de conformidad con lo señalado en el numeral
18.2 del 18º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-
AG;Que, mediante Carta Nº 002-2004-LAGARTOCOCHA-
SRL-GG/SBD del 2 de setiembre del 2004, la mencionada
empresa remite a la Intendencia Forestal y de Fauna
Silvestre la Propuesta Técnica descrita, la misma que
consta de cuarenta y nueve (49) folios;
Que, el Centro de Información Forestal señala en
su Informe Nº 187-2004/INRENA-IFFS-CIF de fecha 6
de setiembre de 2004, que el área solicitada por la
empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha
S.R.Ltda. se encuentra en superposición con
concesiones mineras en un área SIG de 2,445.89 ha.,
sin embargo no ha sido posible determinar su actual
vigencia o caducidad;
Que, se encuentra previsto en el artículo 3º de la Ley
Nº 26821, Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible
de los recursos naturales que el suelo, el subsuelo, los
minerales y el paisaje natural, entre otros, son considerados
como recursos naturales;
Que, de conformidad con el artículo 19º de la precitada
Ley, los derechos para el aprovechamiento sostenible de
los recursos naturales se otorgan a los particulares
mediante las modalidades que establecen las leyes
especiales para cada recurso natural;
Que, la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG
establece respectivamente en sus artículos 16º y 19º, el
contenido de la Propuesta Técnica y los criterios para su
calificación;
Que, el Informe Técnico Nº 527-2005-INRENA-
IFFS(DACFFS) de fecha 6 de junio del 2005, evaluó la
Propuesta Técnica presentada por Reserva Natural y
Ecoturismo Lagartococha S.R.L, la cual ha obtenido el
72.5% del puntaje, superando así el puntaje mínimo
establecido en el numeral 18.3 del artículo 18º de la
Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG;
Que, el numeral 22.1 del artículo 22º de la Resolución
Ministerial Nº 0314-2002-AG dispone que la concesión se
otorga mediante Resolución Jefatural, la cual es publicada
en el Diario Oficial El Peruano e incluye la declaración de
ganador y aprobación de la Propuesta Técnica, en caso de
concesión directa;
Que, el literal a) del artículo 30º del Reglamento de
Organización y Funciones del INRENA, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la
Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre es la encargada
de proponer las políticas, normas, sistemas, planes y
programas relacionados con la gestión y administración de
recursos forestales, además de controlar y supervisar su
cumplimiento o ejecución;
En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso
j) del artículo 8º del Reglamento de Organización y
Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo
Nº 002-2003-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la “Propuesta Técnica” presentada
por la empresa Reserva Natural y Ecoturismo Lagartococha
S.R.Ltda.
Artículo 2º.- Otorgar una concesión para ecoturismo a
favor de la empresa Reserva Natural y Ecoturismo
Lagartococha S.R.Ltda., la misma que tendrá la
denominación de “Ecoturismo Rural y Recuperación de
Áreas Intervenidas por Minería Aluvial”, bajo la modalidad
de concesión directa, a desarrollarse en un área de 2523.07
hectáreas, ubicadas en el distrito de Inambari, provincia
de Tambopata, departamento de Madre de Dios, por un
período de 40 años renovables.
Artículo 3º.- Definir el área que se otorga en concesión,
la cual se encuentra enmarcada dentro de las siguientes
coordenadas geográficas:
VÉRTICES COORD. X COORD. Y
P1 404265 8599191
P2 404686 8598978
P3 406055 8598940
P4 406186 8598213
P5 407608 8597926
P6 408947 8598407
P7 409517 8599244
P8 410250 8599392
P9 410250 8597400
P10 412000 8596900
P11 412113 8596151
P12 411719 8595174
P13 411701 8595000
P14 404265 8595000
Artículo 4º.- Precisar que el otorgamiento de la
concesión se complementa con la suscripción del contrato
correspondiente, en consecuencia para que la concesión
se haga efectiva el interesado deberá suscribir el referido

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR