ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2007-EF - Ratifican Acuerdo de PROINVERSION que aprobO incorporar al proceso de promociOn de la inversiOn privada los activos del Instituto Peruano de EnergIa Nuclear - IPEN RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2007-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 14 de setiembre de 2007 353283
de las transferencias programadas a los Gobiernos
Regionales y Locales;
Que, en virtud a las disposiciones citadas y a efectos de
que los Gobiernos Regionales realicen el desarrollo de las
competencias y funciones transferidas en forma adecuada,
así como de facilitar el proceso de acreditación y transferencia
2007, se ha suscrito Convenios de Cooperación por los cuales
el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir
recursos hasta por la suma de Un Millón y 00/100 nuevos
soles (S/. 1 000 000,00) del Pliego 016-Ministerio de Energía
y Minas para que los Gobiernos Regionales puedan asumir
los gastos para fortalecer la capacidad operativa y facilitar
el proceso de acreditación de los Órganos encargados de
ejercer las competencias en materia minero-energética,
estando a lo informado por la Ocina de Presupuesto del
Pliego Institucional, mediante el Informe Nº 058-2007-EM-
OGP/PRES de fecha 9 de agosto de 2007;
Que, según el numeral 75.2 del Artículo 75º de la Ley
Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
modicado por la Segunda Disposición Complementaria
y Final de la Ley Nº 29035 -Ley que autoriza Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, las transferencias
nancieras de fondos públicos que se realizan entre pliegos
presupuestarios del Gobierno Nacional; o del Gobierno
Nacional a favor de los Gobiernos Regionales y Locales,
se aprueban mediante Decreto Supremo, con refrendo del
Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economía
y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección Nacional
del Presupuesto Público;
De conformidad con las disposiciones establecidas el
numeral 75.2 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto, modicado
por la Segunda Disposición Complementaria y Final de la
Ley Nº 29035 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en
el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007
y dicta otras medidas;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación de Transferencias Financieras
Aprobar las transferencias nancieras del Pliego 016:
Ministerio de Energía y Minas (Unidad Ejecutora 001
Ministerio de Energía y Minas) , a favor de los Gobiernos
Regionales: Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa,
Ayacucho, Callao, Cajamarca, Cusco, Huancavelica,
Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima,
Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Piura, Pasco, Puno, San
Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, hasta por la suma de UN
MILLÓN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 000 000,00), con
cargo a la fuente de nanciamiento Recursos Directamente
Recaudados, para ser destinados a fortalecer la capacidad
operativa de las Direcciones Regionales de Energía y
Minas de las Regiones o de los Órganos encargados de
ejercer las Competencias en materia minero – energéticas,
de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA :
SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 016 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
UNIDAD EJECUTORA 001 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
– CENTRAL
FUNCIÓN 10 ENERGÍA Y RECURSOS MINERALES
PROGRAMA 006 PLANEAMIENTO GUBERNAMENTAL
SUBPROGRAMA 0005 SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN
SUPERIOR
ACTIVIDAD 1.000110 CONDUCCIÓN Y ORIENTACIÓN
SUPERIOR
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 RECURSOS DIRECTAMENTE
RECAUDADOS
(En Nuevos Soles)
5. GASTOS CORRIENTES 1 000 000,00
4 Otros Gastos Corrientes 1 000 000,00
TOTAL 1 000 000,00
==========
A (En Nuevos Soles)
SECCIÓN SEGUNDA: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
Pliego 440 : Gobierno Regional del Departamento de Amazonas 40 000,00
Pliego 441 : Gobierno Regional del Departamento de Ancash 40 000,00
Pliego 442 : Gobierno Regional del Departamento de Apurímac 40 000,00
Pliego 443 : Gobierno Regional del Departamento de Arequipa 40 000,00
Pliego 444 : Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho 40 000,00
Pliego 445 : Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca 40 000,00
Pliego 446 : Gobierno Regional del Departamento de Cusco 40 000,00
Pliego 447 : Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica 40 000,00
Pliego 448 : Gobierno Regional del Departamento de Huánuco 40 000,00
Pliego 449 : Gobierno Regional del Departamento de Ica 40 000,00
Pliego 450 : Gobierno Regional del Departamento de Junín 40 000,00
Pliego 451 : Gobierno Regional del Departamento de La Libertad 40 000,00
Pliego 452 : Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque 40 000,00
Pliego 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto 40 000,00
Pliego 454 : Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios 40 000,00
Pliego 455 : Gobierno Regional del Departamento de Moquegua 40 000,00
Pliego 456 : Gobierno Regional del Departamento de Pasco 40 000,00
Pliego 457 : Gobierno Regional del Departamento de Piura 40 000,00
Pliego 458 : Gobierno Regional del Departamento de Puno 40 000,00
Pliego 459 : Gobierno Regional del Departamento de San Martín 40 000,00
Pliego 460 : Gobierno Regional del Departamento de Tacna 40 000,00
Pliego 461 : Gobierno Regional del Departamento de Tumbes 40 000,00
Pliego 462 : Gobierno Regional del Departamento de Ucayali 40 000,00
Pliego 463 : Gobierno Regional del Departamento de Lima 40 000,00
Pliego 464 : Gobierno Regional de La Provincia Constitucional del Callao 40 000,00
(En Nuevos Soles)
5. GASTOS CORRIENTES 1 000 000,00
3 Bienes y Servicios 1 000 000,00
TOTAL 1 000 000,00
==========
Artículo 2º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Energía y Minas y por el Ministro de Economía
y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce
días del mes de setiembre del año dos mi siete.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
108252-2
Ratifican Acuerdo de PROINVERSIÓN
que aprobó incorporar al proceso de
promoción de la inversión privada los
activos del Instituto Peruano de Energía
Nuclear - IPEN
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 076-2007-EF
Lima, 12 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, en virtud del Decreto Legislativo Nº 674, se decla
de interés nacional la promoción de la inversión privada en el
ámbito de las empresas que conforman la Actividad Empresarial
del Estado, asimismo con la Ley Nº 26440, se precisa que los
Proyectos Especiales, organismos y otros proyectos que están
bajo responsabilidad de órganos estatales, se encuentran
comprendidos en el proceso de promoción de la inversión
privada a que se reere el Decreto Legislativo Nº 674;
Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo
de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada
- PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha
10 de julio de 2007, se aprobó incorporar al proceso
de promoción de la inversión privada los activos del
Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, bajo los
mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto
Legislativo Nº 674, su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 070-92-PCM, normas complementarias y
reglamentarias; asimismo se encargó la conducción del
proceso de promoción de la inversión privada al Comité de
PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º del
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Raticar el Acuerdo del Consejo Directivo
de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 10 de

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