ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO Nº 216-2007-EF - Aprueban OperaciOn de AdministraciOn de Deuda PUblica DECRETO SUPREMO Nº 216-2007-EF

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 28 de diciembre de 2007 361271
Delegan funciones a la Secretaría
General para aprobar modificaciones
presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático del Ministerio, durante el
Ejercicio Fiscal 2008
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 245-2007-MINCETUR/DM
Lima, 21 de diciembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, dispone en el Artículo 7º que el
Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva,
responsable en materia presupuestaria; asimismo,
faculta a dicha Autoridad a delegar sus funciones en
materia presupuestal cuando lo establece expresamente
la misma Ley General, las Leyes de Presupuesto del
Sector Público o la norma de creación de la Entidad;
Que, conforme al artículo 40º, numeral 40.2, de la
citada Ley, las modicaciones presupuestarias en el
nivel Funcional Programático son aprobadas mediante
Resolución del Titular, a propuesta de la Ocina de
Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad,
función que el Titular puede delegar
Que, es propósito del Titular del Pliego 035-
MINCETUR, promover y apoyar la agilización y ecacia
en la toma de decisiones, a n de optimizar la gestión en
materia presupuestaria;
De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 27790
– Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo;
Con la opinión favorable de la Ocina General de
Planicación, Presupuesto y Desarrollo;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegar en la Secretaria General,
durante el Ejercicio Fiscal 2008, la función de aprobar
las modicaciones presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático del Pliego 035: Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo, previo informe técnico debidamente
sustentado de la Ocina General de Planicación,
Presupuesto y Desarrollo.
Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución
Ministerial a la Dirección Nacional de Presupuesto Público
del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría
General de la República, para su conocimiento y nes
pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
146591-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Operación de Administración
de Deuda Pública
DECRETO SUPREMO
N° 216-2007-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo N° 109-96-EF de
fecha 04.11.96, se aprobó la emisión de los Bonos Brady,
en el marco del Plan Financiero de la República del Perú
del año 1996 (Plan Brady);
Que, en el marco de la autorización dada por la Ley
General del Sistema Nacional de Endeudamiento, Ley
N° 28563, y sus modicatorias, el Ministerio de Economía y
Finanzas realizará una operación de administración de deuda,
bajo la modalidad de redención anticipada, parcial o total a
valor nominal, de la deuda derivada de los Bonos Brady, a n
de mejorar el perl del servicio de la deuda pública externa, y
así lograr un alivio en la caja scal;
Que, el numeral 37.1 del Artículo 37° de la acotada Ley
General dispone que las operaciones de administración
de deuda del Gobierno Nacional se aprueban mediante
decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de
Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de
Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, asimismo, en el marco de la autorización otorgada
en el numeral 7.2 del Artículo 7° de la Ley N° 28928, Ley
de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal
2007, a través del Decreto Supremo Nº 011-2007-EF, se
autorizó la emisión de Bonos Soberanos en el mercado
interno hasta por la suma de S/. 2 331 000 000,00 (DOS
MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES), destinados a atender los requerimientos
nancieros del Sector Público No Financiero del Año Fiscal
2007;
Que, al haber sido cubiertos en su totalidad los
requerimientos nancieros antes indicados con recursos
ordinarios y parte de la colocación de los Bonos
Soberanos autorizados por el Decreto Supremo Nº 011-
2007-EF, así como con otras fuentes de nanciamiento,
se contará con recursos provenientes de la colocación
de los citados Bonos Soberanos que no serán utilizados
para ese n;
Que, por lo tanto, resulta conveniente modicar el
destino de los montos obtenidos por la colocación de
Bonos Soberanos realizada en el marco del Decreto
Supremo 011-2007-EF y que se encuentren
pendientes de utilización al 31.12.07, disponiéndose que
los mismos, sean empleados en nanciar parcialmente
dicha operación de administración de deuda;
Que, adicionalmente, la referida operación
de administración de deuda podrá ser nanciada
parcialmente con cargo a los recursos provenientes de
emisiones de bonos en el mercado local;
Que, asimismo, la Contraloría General de la República
ha informado previamente sobre la presente norma, en
aplicación del literal I) del Artículo 22º de la Ley Nº 27785,
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente
la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la
Ocina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17)
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobación de la operación de
administración de deuda
Apruébese la operación de administración de deuda,
bajo la modalidad de redención anticipada, total o parcial
a valor nominal, de los Bonos Brady, emitidos en el marco
del Plan Financiero de la República del Perú del año 1996
(Plan Brady).
Artículo 2°.- Modicación del destino de recursos
Modifíquese el destino de los recursos provenientes
de la emisión y colocación de Bonos Soberanos
autorizada por el Decreto Supremo N° 011-1007-EF,
que se encuentren pendientes de utilización al 31.12.07,
a efectos que tales montos sean empleados en el
nanciamiento parcial de la operación de administración
de deuda a realizarse en el Año Fiscal 2008 que aprueba
el artículo precedente.
Artículo 3°.-Emisión interna de Bonos Soberanos
Autorícese la emisión interna de Bonos Soberanos,

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