RESOLUCION N° 1389-CU-2013 - Otorgan duplicado de diploma del Título Profesional de Licenciada en Pedagogía y Humanidades. Especialidad: Ciencias Sociales e Historia de la Universidad Nacional del Centro del Perú

Fecha de disposición17 Mayo 2013
Fecha de publicación17 Mayo 2013
El Peruano
Viernes 17 de mayo de 2013 494977
ORGANOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma del Título
Profesional de Licenciada en Pedagogía
y Humanidades. Especialidad: Ciencias
Sociales e Historia de la Universidad
Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ
RESOLUCIÓN Nº 1389-CU-2013
Huancayo, 01 de abril de 2013
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO
DEL PERU
Visto, el expediente Nº 04470 de fecha 22 de Enero del
2013, por medio del cual doña GLADYS CARHUANCHO
ROMERO, solicita Duplicado de Diploma de Título
Profesional de Licenciada en Pedagogía y Humanidades.
Especialidad: Ciencias Sociales e Historia, por pérdida.
CONSIDERANDO:
Que, doña Gladys Carhuancho Romero, solicita
duplicado de Diploma de Titulo Profesional, por pérdida; el
Diploma de Título Profesional de Licenciada en Pedagogía
y Humanidades. Especialidad: Ciencias Sociales e
Historia, fue expedido el 04.06.1997, Diploma registrado
con el Nº 3763, registrado a Fojas 390 del Tomo 018-T,
para el efecto, adjunta los documentos consignados en el
item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP;
Que, mediante la Resolución Nº 01304-CU-2007 del
19.01.2007, la Universidad aprueba la “Directiva para
otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos
y Títulos Profesionales expedidos por la Universidad
Nacional del Centro del Perú”;
Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895-
2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta
la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados
Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento
a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las
universidades públicas y privadas expedir duplicados de
diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales
por pérdida, deterioro o mutilación; y
De conformidad a las atribuciones conferidas por
los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de
la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo
de Consejo Universitario de fecha 20 de Marzo del
2013.
RESUELVE:
OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA
DE TITULO PROFESIONAL DE LICENCIADA EN
PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES. ESPECIALIDAD:
CIENCIAS SOCIALES E HISTORIA, a doña GLADYS
CARHUANCHO ROMERO, de acuerdo al siguiente
detalle: Diploma registro Nº 3763, registrado a Fojas 390
del Tomo 018-T.
DAR CUENTA de la presente Resolución a la
Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley
28626.
ENCARGAR el cumplimiento de la presente
Resolución a Secretaria General y Facultad de Pedagogía
y Humanidades.
Regístrese y comuníquese.
JESUS EDUARDO POMACHAGUA PAUCAR
Rector
937397-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que
asuman cargos de alcalde y regidora
de la Municipalidad Distrital de
Camporredondo, provincia de Luya,
departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN Nº 0318-2013-JNE
Expediente Nº J-2013-00448
CAMPORREDONDO - LUYA - AMAZONAS
Lima, veinte y tres de abril de dos mil trece
VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no
proclamado presentada el 11 de abril de 2013 por Alberto
Altamirano Guamuro, regidor de la Municipalidad Distrital
de Camporredondo, provincia de Luya, departamento de
Amazonas, al haberse declarado la vacancia de Efrén
Wílder Cieza Silva en su cargo de alcalde de dicha
entidad, por causal de fallecimiento, prevista en el artículo
22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.
ANTECEDENTES
1. Con fecha 3 de abril de 2013, se llevó a cabo la
sesión extraordinaria, en la cual los miembros del concejo
distrital declararon, por unanimidad, la vacancia de Efrén
Wílder Cieza en el cargo de alcalde de la Municipalidad
Distrital de Camporredondo, por causal de fallecimiento,
establecida en el artículo 22, numeral 1, de la la Ley Nº
LOM). En razón de dicha declaratoria de vacancia es
que Alberto Altamirano Guamuro adjunta a su solicitud
de convocatoria de candidato no proclamado el acta de
defunción que certif‌i ca el deceso de la autoridad municipal
el día 9 de marzo de 2013 (foja 5).
2. En dicha solicitud, Alberto Altamirano Guamuro
adjunta, además, el comprobante de pago de la tasa
jurisdiccional correspondiente a la convocatoria de
candidato no proclamado, la cual, de conformidad con la
Resolución Nº 241-2013-JNE asciende al 8,41% de la UIT.
Sin embargo, de acuerdo al inciso c del artículo tercero
de la misma Resolución, toda entidad que conforma los
gobiernos regionales y locales queda exonerada del
pago de dicha tasa, razón por la cual corresponde hacer
efectiva la devolución del monto pagado.
3. Con fecha 8 de abril de 2013, María Lita Cieza Silva
presentó un escrito ante la Unidad Regional de Enlace de
Amazonas (URE-Amazonas), informando que el teniente
alcalde de la Municipalidad Distrital de Camporredondo,
Alberto Altamirano Guamuro, había sido sindicado como
uno de los presuntos responsables penales del asesinato
de su hermano, el fallecido exalcalde Efrén Wílder Cieza,
solicitando, en consecuencia, la suspensión de la entrega
de las credenciales, como nuevo alcalde, al primero.
Cabe precisar, además, que María Lita Cieza Silva
adjuntó a su escrito la manifestación, en sede policial, de
Juan Reyes Rodríguez Vallejos, y la de ella misma, como
fundamentos de su solicitud.
FUNDAMENTOS
4. De conformidad con el artículo 25 de la LOM, la
suspensión del ejercicio del cargo de alcalde y de regidor se
hace efectiva por el tiempo que dure mandato de detención
(numeral 3) o por sentencia judicial condenatoria emitida
en segunda instancia por delito doloso con pena privativa
de la libertad (numeral 5). Al respecto cabe señalar que
la solicitud hecha por María Lita Cieza Silva debe ser
desestimada por cuanto la investigación policial de una
autoridad no constituye supuesto de hecho previsto en la
LOM que faculte al JNE para suspender la entrega de sus
credenciales.
5. De otro lado y de acuerdo al artículo 23 de la LOM,
la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada

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