RESOLUCION N° 898 - Aprueban expedición de duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Universidad Nacional de Ingeniería

Fecha de publicación22 Junio 2014
Fecha de disposición22 Junio 2014
El Peruano
Domingo 22 de junio de 2014 525827
la misma, si las partes no se ponen de acuerdo, emite
sentencia; lo que impide que el proceso se dilate con la
convocatoria a otra audiencia.
Sexto. Que, siendo esto así, teniendo en cuenta
los alcances y condiciones antes descritos, deviene
en conveniente aprobar los estándares anuales de
expedientes resueltos de los órganos jurisdiccionales que
se encuentran bajo la aplicación de la Nueva Ley Procesal
del Trabajo, considerando que las subespecialidades son
las siguientes: a) Juzgado de Trabajo (oralidad): 700
expedientes; y b) Juzgados Contenciosos Laborales -
Previsionales: 1300 expedientes; con cargo a estudios
posteriores.
Sétimo. Que, sin perjuicio de lo señalado
precedentemente, es menester precisar que en aras
de coadyuvar con el seguimiento y supervisión de los
procesos judiciales que el Equipo Técnico Institucional
de Implementación de la Nueva Ley Procesal del
Trabajo tiene a su cargo, la Gerencia Operacional de la
Comisión Nacional de Descarga Procesal ha formulado
las siguientes recomendaciones: i) Que se proceda
a la subespecialización de los Juzgados de Trabajo
únicamente en materia Laboral (oralidad) o Contencioso
Administrativo Laboral-Previsional; ii) Que se cuenten
con órganos jurisdiccionales cuya especialidad presente
un mínimo de expedientes en trámite, que les permita
alcanzar los niveles de producción de las Cortes Superiores
de Justicia de La Libertad (Laborales) y del Cusco
(Contenciosos Administrativos Laborales-Previsionales),
que sería no menos de 910 para los Juzgados de Trabajo
y no menos de 2000 para los Juzgados Contenciosos
Administrativos Laborales-Previsionales; iii) Que se
implemente la denominada simplif‌i cación procesal, que
debe determinar las fortalezas que presentan los órganos
jurisdiccionales de trabajo de las Cortes Superiores de
Justicia de La Libertad y del Cusco, con la f‌i nalidad de
establecerlas como parámetros para ser aplicados en
las otras Cortes Superiores de Justicia; y, iv) Que se
brinde adecuada capacitación; para ello se propone que
el Equipo Técnico Institucional de Implementación de
la Nueva Ley Procesal del Trabajo realice certámenes
académicos con la f‌i nalidad que la experiencia y buenas
prácticas adquiridas en las Cortes Superiores de Justicia
anteriormente mencionadas, sean difundidas, asimiladas
y replicadas en las otras Cortes Superiores de Justicia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 368-
2014 de la décimo cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de
los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros
Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante
Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUEVE:
Artículo Primero.- Aprobar los “Estándares de
Expedientes Resueltos de los órganos jurisdiccionales
que se encuentran bajo la aplicación de la nueva Ley
Procesal del Trabajo”, con cargo a estudios posteriores;
conforme se indica a continuación y teniendo en cuenta
las siguientes subespecialidades:
• Juzgado de Trabajo (oralidad): 700 expedientes.
• Juzgados Contenciosos Laborales - Previsionales:
1300 expedientes.
Artículo Segundo.- Remitir al Equipo Técnico
Institucional de Implementación de la Nueva Ley
Procesal del Trabajo, las recomendaciones presentadas
por el Gerente Operacional de la Comisión Nacional de
Descarga Procesal, para su ejecución.
Artículo Tercero.- La presente resolución
administrativa, se complementa con lo dispuesto en la
Resolución Administrativa N° 245-2012-CE-PJ, de fecha
5 de diciembre de 2012 en lo que corresponda.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de
la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las
Cortes Superiores de Justicia del país, Comisión Nacional
de Descarga Procesal, Presidencias de los Equipos
Técnicos Institucionales de Implementación de la Nueva
como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1100259-6
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a
Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO
N° 049-2014-BCRP
Lima, 11 de junio de 2014
CONSIDERANDO QUE:
Se ha recibido invitación del BNP Paribas para participar
en la Global Off‌i cial Institutions Conference, que tendrá lugar
en la ciudad de París, Francia, del 25 al 27 de junio;
Es política del Banco Central de Reserva del Perú
mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos
fundamentales para el cumplimiento de sus funciones;
La Gerencia de Operaciones Internacionales tiene
entre sus objetivos el de administrar ef‌i cientemente las
reservas internacionales y velar por el f‌i el cumplimiento
de las obligaciones externas del Banco;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619,
su Reglamento el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y
modif‌i catorias, y estando a lo acordado por el Directorio
en su sesión de 5 de junio de 2014;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la misión en el exterior del
señor Jaime Maihuire Irigoyen, Especialista en Análisis
Táctico de Inversiones Internacionales de la Gerencia
de Operaciones Internacionales, en la ciudad de París,
Francia, del 25 al 27 de junio y el pago de los gastos
no cubiertos por la entidad organizadora, a f‌i n de
que intervenga en el certamen indicado en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- El gasto que irrogue dicho viaje será como
sigue:
Pasaje: US$ 2259,36
------------------
TOTAL US$ 2259,36
Artículo 3.- Esta Resolución no dará derecho a
exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros,
cualquiera fuere su clase o denominación.
Publíquese.
JULIO VELARDE
Presidente
1098869-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban expedición de duplicado
de diploma del Grado Académico de
Bachiller en Ciencias de la Universidad
Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 898
Lima, 10 de junio de 2014

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