06 02899-R-06 - Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a El Salvador para participar en la XLII Conferencia FIA

Fecha de disposición20 Junio 2006
Fecha de publicación20 Junio 2006
NORMAS LEGALES
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321990 El Peruano
martes 20 de junio de 2006
CÁRGUESE a la oficina de Secretaria General la elabora-
ción de la respectiva Resolución, al Comité Especial Perma-
nente llevar a cabo el proceso de selección conforme al
procedimiento enmarcado en las normas especiales en con-
trataciones y adquisiciones del Estado, y a la Oficina Gene-
ral de Administración la publicación en el Diario Oficial El
Peruano y notificación a la Contraloría General de la Repúbli-
ca y a CONSUCODE dentro del plazo fijado en dicha norma
especial, bajo responsabilidad.
Que, en el inciso e) del Artículo 19º del Texto Único Orde-
nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-
do, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se-
ñala que: “Están exonerados los procesos de selección las
adquisiciones (…) que se realicen: e) Cuando los bienes (..)
no admiten sustitutos y exista proveedor único”.
Que, en el Artículo 20º de la precitada norma legal
indica las formalidades de los procedimientos no sujetos
a procesos de selección, los cuales se ha cumplido,
además las mencionadas Resoluciones o Acuerdos se-
rán publicados en el Diario Oficial El Peruano y que co-
pias de dichas Resoluciones o Acuerdos y el informe
que los sustenta deben remitirse a la Contraloría Gene-
ral de la República y al Consejo Superior de Contratacio-
nes y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del
Titular del Pliego, dentro de los diez días hábiles siguien-
tes a la fecha de su aprobación.
Que, en el Artículo 144º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por
Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dice: “En los casos en
que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos
por el área usuaria, y siempre que exista un solo proveedor
en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directa-
mente”.
Que en el Artículo 146º del indicado Reglamento, se
señala que: “La resolución o acuerdo que se aprueba la
exoneración del proceso de selección, requiere obliga-
toriamente de uno o más informes previos, que conten-
gan la justificación técnica y legal de la procedencia y
necesidad de la exoneración”, el mismo que se ha cum-
plido con el informe de Vistos.
Que, en el Artículo 147º del mencionado Reglamen-
to, señala que las resoluciones o acuerdos que aprue-
ben las exoneraciones de los procesos de selección,
serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro
de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión.
Que, en el Artículo 148º del referido Reglamento, esta-
blece literalmente lo siguiente: “La Entidad efectuará las ad-
quisiciones o contrataciones en forma directa mediante ac-
ciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo provee-
dor, cuya propuesta cumpla con las características y condi-
ciones establecidas en las Bases, la misma que podrá ser
obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo
el facsímil y el correo electrónico”.
Que, en uso de las atribuciones que le confiere la
Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria
Nº 23733, Ley Nº 27250 de su creación y Normas Co-
nexas; y Ley Nº 28427 del Presupuesto Público para el
Año Fiscal 2005, del 21 de Diciembre del 2004, y las
Resoluciones Nºs. 228-2003-CONAFU y 229-2003-
CONAFU; del 15 de diciembre del 2003; Resolución
Nº 183-2004-CONAFU, de fecha 15 de septiembre del
2004, y el Acuerdo Nº 077-2006-UNIA-CO-SE tomado
en Sesión Extraordinaria del 02/06/06.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del pro-
ceso de selección para la adquisición de la fracción del
inmueble de propiedad de los esposos GANDY ABEL
DÁVILA ROJAS y doña PRUDENCIA DEL AGUILA
ALVARADO, de acuerdo a los fundamentos expuestos
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Comité Especial
Permanente de la UNIA a llevar a cabo el proceso de selec-
ción respectivo de acuerdo al Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-
do por D. S. Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento aprobado
por D. S. Nº 084-2004-PCM, debiendo invitarse como postor
único a los cónyuges GANDY ABEL DÁVILA ROJAS y doña
PRUDENCIA DEL AGUILA ALVARADO.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General
de Administración la publicación de la presente Resolu-
ción en el Diario Oficial El Peruano, y la remisión de todo
lo actuado, es decir copia de la Resolución y de los
Informes que sustentan esta exoneración a la Contralo-
ría General de la República y al Consejo Superior de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de
los diez días hábiles siguientes a su emisión, de acuerdo
a los considerandos expuestos precedentemente.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
OTTO FLORES SAENZ
Presidente de la Comisión Organizadora (e)
10838
Autorizan viaje de docente de la
Universidad Nacional Mayor de San
Marcos a El Salvador para participar
en la XLII Conferencia FIA
UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 02899-R-06
Lima, 19 de junio del 2006
Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes
General Nº 06706-FD-06 de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política, sobre comisión de servicios y
encargatura;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 19 de mayo de 2006,
el Presidente del Comité Organizador de la XLII
Conferencia de la Federación Interamericana de
Abogados - FIA invita al Dr. JUAN M. PORTOCARRERO
HIDALGO, Decano de la Facultad de Derecho y Ciencia
Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
a la "XLII Conferencia FIA", a realizarse en El Salvador,
del 19 al 23 de junio de 2006;
Que la Facultad de Derecho y Ciencia Política mediante
Resolución de Decanato Nº 568-D-FD-06 de fecha 31 de
mayo de 2006, resuelve autorizar el viaje por comisión de
servicios del 20 al 30 de junio de 2006, al Dr. JUAN M.
PORTOCARRERO HIDALGO, Decano de la Facultad, para
que participe en el evento antes señalado; asimismo, se le
otorga las sumas en nuevos soles equivalentes a
US$ 1,035.34 dólares americanos por concepto de Pasajes;
US$ 1,000 dólares americanos por concepto de Viáticos e
Instalación por el período mencionado y US$ 30.25 dólares
americanos por concepto de Tarifa CORPAC;
Que a fin de mantener el normal desarrollo de las
actividades de la Facultad de Derecho y Ciencia Política,
es necesario encargar el Decanato de la Facultad, al Dr.
ALBERTO STEWART BALBUENA, por el período que
dure la ausencia del titular;
Que la participación del Dr. JUAN M.
PORTOCARRERO HIDALGO en el evento antes
referido beneficiará a la Comunidad Universitaria
Sanmarquina en lo académico y científico, así como
redundará a favor de la imagen de nuestro país, y por
ende, contribuirá a su promoción económica;
Que la Oficina General de Planificación con Oficio
Nº 1722-OGPL-2006, emite opinión favorable al respecto
por los días solicitados;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por el
artículo 8º de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con
Resolución Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de
2003, modificada con Resolución Rectoral Nº 00235-R-
06 del 25 de enero de 2006; y,
Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector
por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos;
SE RESUELVE:
1º.- Ratificar la Resolución de Decanato Nº 568-D-
FD-06 del 31 de mayo de 2006 de la Facultad de Derecho
y Ciencia Política, en el sentido que se indica:

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