ORDENANZA Nº 172-MDI - Establecen disposiciones para implementar la Estrategia Nacional CRECER en el distrito

Fecha de disposición05 Septiembre 2008
Fecha de publicación05 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 5 de setiembre de 2008 379243
6. Un representante de la Subgerencia de Defensa
Civil.
7. Un representante del Ministerio Público.
8. Un representante del Ministerio de Educación.
9. Un representante de la Dirección General de Control
de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones
y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) del Ministerio del
Interior.
10. Un representante de la Sétima Dirección Territorial
de la Policía Nacional del Perú.
11. Un representante del Escuadrón de Desactivación
de Explosivos (EDEX).
12. Un representante del Instituto Nacional de Defensa
Civil (INDECI).
13. Un representante del Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú.
14. Un representante de la SUNAT–ADUANAS.
15. Un representante de La Defensoría del Pueblo”.
Artículo Segundo.- Comunicar el presente Acuerdo
a la Comisión Multisectorial Permanente de Control de
Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana, el cual
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
NORMA YARROW LUMBRERAS
Regidora de la Municipalidad
Metropolitana de Lima
Encargada de la Alcaldía
246963-1
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Autorizan realización del “Segundo
Matrimonio Civil Comunitario del Año
2008”
Independencia, 27 de agosto de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA;
POR CUANTO:
El Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria de
la fecha, el proyecto de Ordenanza que aprueba la
realización del “II Matrimonio Civil Comunitario 2008 y
Exoneración del Pago de Derecho de Trámite” en el distrito
de Independencia, remitido a la Gerencia de Secretaría
General mediante Informe Nº 040-2008-RC-GSG/MDI del
13 de junio de 2008 y Nº 052-2008-RC-GSG/MDI del 22
de agosto de 2008, ambos del Área de Registro Civil; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 195º de la
Constitución Política del Perú y el artículo 40º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos
Locales a través de las Ordenanzas crean, modif‌i can,
suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias,
derechos y contribuciones dentro de los límites
establecidos por Ley.
Que, los derechos de pago de trámite de Matrimonio
Civil se encuentran establecidos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de
Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 117-
MDI de fecha 22 de marzo del 2006.
Que, dentro de los derechos sociales y económicos
que regula el Capítulo II del Título I de la Constitución
Política del Perú, en su artículo 4º se establece que la
Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven
el matrimonio, reconociéndolos como institutos naturales
y fundamentales de la sociedad.
Que, las municipalidades gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley Nº 27972.
Que, mediante Informes de vistos el Área de Registro
Civil, propone la realización del “II MATRIMONIO CIVIL
COMUNITARIO 2008”, el cual se llevará a cabo el día
sábado 25 octubre de 2008.
Que, la Unidad de Asesoría Legal mediante Informe
Nº 398-2008-UAL/MDI de fecha 30 de junio de 2008,
opina que resulta procedente tanto la realización como la
exoneración del pago de la tasa por derecho de trámite
del “II Matrimonio Civil Comunitario 2008”.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 9º numeral y 40º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo
Municipal con el voto Unánime de sus miembros hábiles,
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta
aprobó la siguiente:
ORDENANZA
REALIZACIÓN DEL II MATRIMONIO CIVIL
COMUNITARIO 2008 Y EXONERACIÓN DE
PAGO DE DERECHO DE TRÁMITE
Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración de
“SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL
AÑO 2008” a llevarse a cabo el día 25 de octubre del 2008
a horas 10:00 antes meridiano, en la explanada de la
Alameda de los Incas – Tahuantinsuyo – Independencia.
Artículo Segundo.- ESTABLECER la exoneración
del pago por Derecho de Trámite de Matrimonio Civil
para el Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2008,
disponiéndose como pago único la suma S/. 60.00
(Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de
Derecho de Trámite.
Artículo Tercero.- LOS CONTRAYENTES deberán
presentar los requisitos establecidos en los artículos
248º y siguientes del Código Civil y en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad
Distrital de Independencia.
Artículo Cuarto.- DISPONER que los contrayentes efectúen
la publicación del Edicto Matrimonial ESTABLECIENDO la
exoneración del plazo legal establecido.
Artículo Quinto.- FIJAR como fecha de término para
la presentación de expedientes matrimoniales el 22 de
octubre del 2008.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a las gerencias y
unidades según corresponda el cumplimiento de la
presente Ordenanza y a la Gerencia de Secretaría
General disponga su publicación el Diario Of‌i cial El
Peruano conforme a ley.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
LOVELL YOMOND VARGAS
Alcalde
247465-1
Establecen disposiciones para
implementar la Estrategia Nacional
CRECER en el distrito
ORDENANZA Nº 172-MDI
Independencia, 29 de agosto de 2008
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha el Memorándum
Nº 674-2008-GMDS/MDI, de fecha 30JUL2008
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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