Dictan disposición sobre la carga procesal de juzgado especializado civil y disponen la entrada en funcionamiento del Sétimo Juzgado Especializado de Familia del Cono Norte de Lima

Fecha de disposición20 Octubre 2004
Fecha de publicación20 Octubre 2004
Pág. 278721
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 20 de octubre de 2004
Que en consecuencia, en uso de las atribuciones
conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3)
y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que el Jefe de la Ofi-
cina de Administración proceda con arreglo a las dispo-
siciones existentes para efectos de la implementación
de los Órganos Jurisdiccionales creados mediante Re-
solución Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ, en lo refe-
rente a infraestructura y equipamiento para su óptimo
funcionamiento, debiendo emitir el informe correspon-
diente en un término no mayor de 5 días hábiles.
Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolu-
ción en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judi-
cial, de la Oficina de Control de la Magistratura, del Go-
bierno Regional del Callao, de la Gerencia General del
Poder Judicial, de la Comisión Distrital de Control de la
Magistratura del Callao, de la Oficina de Administración
Distrital y de la Oficina Distrital de Imagen Institucional.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
CARLOS ZECENARRO MATEUS
Presidente
18883
Dictan disposición sobre la carga proce-
sal de juzgado especializado civil y dis-
ponen la entrada en funcionamiento del
Sétimo Juzgado Especializado de Fa-
milia del Cono Norte de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 019-2004-CED-CSJCN/PJ
Independencia, catorce de octubre del dos mil cua-
tro.
VISTA:
La Resolución Administrativa número ciento setenti-
siete-dos mil cuatro-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, publicado en la fecha en el Diario Oficial
El Peruano; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Administrativa de visto,
se ha dispuesto la creación, conversión y reubicación
de diversos órganos jurisdiccionales, en diferentes Dis-
tritos Judiciales del país;
Que, en cuanto concierne a esta Corte Superior de
Justicia, se ha ordenado en un extremo la conversión
del Octavo Juzgado Especializado Civil (Ejecución) en
el Sétimo Juzgado Especializado de Familia (Tutelar) y
que la carga procesal del citado Juzgado que se con-
vierte será asumida por el Sétimo Juzgado Especializa-
do en lo Civil (Ejecución);
Que, el artículo quinto de la Resolución Administrativa
de visto faculta a los Presidentes de las Cortes Superio-
res de Justicia involucradas, para que adopten las medi-
das administrativas que sean necesarias para el ade-
cuado cumplimiento de sus disposiciones;
Que, en ese sentido, sin perjuicio de las acciones
destinadas a la ejecución total de lo dispuesto por el
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, es necesario co-
menzar por aquellas que importan medidas de gestión
inmediata, como ha sido evaluado en la fecha en sesión
del Consejo Ejecutivo Distrital;
Que, en consecuencia, en cuanto a la competencia
que ejerce este Colegiado, procede ordenar las acciones
dirigidas a que el Sétimo Juzgado Civil asuma la carga del
convertido Octavo Juzgado Civil y la entrada en funcio-
namiento del Sétimo Juzgado de Familia (Tutelar), máxi-
me si la carga actual que soporta el Quinto Juzgado de
Familia (Tutelar) exige la adopción inmediata de dicha
medida;
Por cuyas consideraciones, el Consejo Ejecutivo
Distrital del Cono Norte de Lima, en uso de las atribu-
ciones conferidas por el artículo 96º incisos 10) y 20) del
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, en sesión de la fecha, por unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que la carga proce-
sal del Octavo Juzgado Especializado Civil sea entrega-
da bajo inventario al Sétimo Juzgado Civil, a más tardar
el quince de octubre del año en curso.
Artículo Segundo.- ORDENAR que a partir del tre-
ce de octubre los nuevos procesos en estado de ejecu-
ción sólo sean derivados al Sétimo Juzgado Civil, único
Juzgado que conoce los procesos en ejecución en el
Módulo Corporativo Civil.
Artículo Tercero.- DISPONER la entrada en funcio-
namiento del Sétimo Juzgado Especializado de Familia (Tu-
telar), a partir del dieciocho de octubre del año en curso.
Artículo Cuarto.- DISPONER que el Sétimo Juzga-
do de Familia reciba desde su entrada en funcionamiento
los nuevos ingresos de su especialidad y hasta el quin-
ce de enero del dos mil cinco, suspendiéndose temporal-
mente la asignación de ingresos al Quinto Juzgado de
Familia (Tutelar).
Artículo Quinto.- PRECISAR para los fines del tur-
no judicial en materia tutelar y mientras no entre en fun-
cionamiento el Sexto Juzgado de Familia:
a) Que, el Sétimo Juzgado de Familia realizará el
turno judicial de lunes a viernes; y,
b) Que, el Primer, Segundo, Tercer, Cuarto y Quinto
Juzgados de Familia, realizarán el turno con arreglo al
artículo Tercero de la Resolución Administrativa número
cero cero dos-dos mil dos-CED-CSJCN/PJ, los días
sábados, domingos y feriados.
Artículo Sexto.- Póngase la presente Resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control
de la Magistratura, Gerencia General, Gerencia de Per-
sonal y Escalafón Judicial, Oficina Distrital de Control de
la Magistratura y de la Oficina de Administración Distri-
tal.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
MONTAÑEZ GONZÁLES
DURÁN HUARINGA
MIRANDA CANALES
HUAMÁN VARGAS
DÍAZ CÁRDENAS
18868
Dictan disposiciones sobre la carga
procesal de juzgados de paz letrados
de San Martín de Porres y Los Olivos y
de Puente Piedra, Santa Rosa y Ancón
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
CONO NORTE DE LIMA
Consejo Ejecutivo Distrital
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 020-2004-CED-CSJCN/PJ
Independencia, catorce de octubre del dos mil cua-
tro.-

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