1064 241-MDEA - Disponen organización del Servicio Especial de Serenazgo

Fecha de disposición27 Julio 2005
Fecha de publicación27 Julio 2005
Pág. 297660
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 27 de julio de 2005
Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Resolución
a la Oficina Registral de Lima, para los fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolu-
ción en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los intere-
sados, dentro de los 30 días siguientes de la fecha de
notificación de la misma.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ
Teniente Alcalde de la
Municipalidad Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldía
13197
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen el embanderamiento general
de inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 09-2005-A/MC
Comas, 12 de julio de 2005
EL ALCALDE DISTRITAL DE COMAS
CONSIDERANDO:
Que, el 28 de julio del presente año, se celebra el
184º Aniversario de la Proclamación de la Independen-
cia del Perú;
Que, siendo ésta una fecha de trascendencia nacional,
constituye oportunidad para fomentar entre los vecinos del
distrito los sentimientos de identidad nacional y revalora-
ción de principios como el civismo y amor a los emblemas
patrios, expresados en nuestra Bandera Nacional;
Que, en señal de identidad con nuestros símbolos
patrios, correspondientes en esta fecha conmemorativa
el embanderamiento del distrito;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER el embanderamien-
to general de todos los inmuebles del distrito de Co-
mas, del 15 al 31 de julio del año en curso, con oca-
sión de conmemorarse el 184º Aniversario de la Inde-
pendencia del Perú.
Artículo Segundo.- Las banderas a izar deberán
estar en buen estado de conservación, en respeto al
símbolo patrio, invitándose a los vecinos a pintar o resa-
nar sus fachadas para un mejor ornato del distrito.
Artículo Tercero.- ENCARGAR la supervisión y difu-
sión del cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia
de Participación Vecinal y Seguridad Ciudadana y a la Sub-
gerencia de Imagen Institucional, respectivamente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
13228
MUNICIPALIDAD
DE EL AGUSTINO
Disponen organización del Servicio
Especial de Serenazgo
ORDENANZA Nº 241-MDEA
El Agustino, 18 de febrero de 2005.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE EL AGUSTINO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de El Agustino, en Sesión Ordi-
naria de fecha 18 de febrero del dos mil cinco, ha deba-
tido la propuesta presentada por Alcaldía sobre la pres-
tación del Servicio Especial de Serenazgo, como acción
especifica del Servicio de Serenazgo que se brinda.
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo
194°, modificado por la Ley N° 27680, establece que las
Municipalidades son Órganos de Gobierno Local y tie-
nen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia.
Que la Ley N° 27933, Ley de sistema nacional de
seguridad ciudadana, señala que Seguridad Ciudadana
es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la
colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su
convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la
utilización pacifica de las vías y espacios públicos.
Que, el artículo 85° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, establece como una de las funcio-
nes de las municipalidades la de
organizar un servicio
de serenazgo o vigilancia municipal cuando lo crea con-
veniente, de acuerdo a las normas establecidas por la
municipalidad provincial respectiva.
Que, esta administración consciente de la situación
de inseguridad que vive el país y al cual no es ajeno
nuestro distrito, obliga el asumir con la participación ve-
cinal nuevas estrategias para combatir la delincuencia y
la violencia, sin generar mayores gastos del erario públi-
co, conforme se señala en la presente propuesta;
Por tanto, en uso de las facultades que le confiere la
dispensa del tramite de lectura y aprobación del Acta,
por unanimidad se aprobó la siguiente
O R D E N A N Z A
ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
ESPECIAL DE SERENAZGO
Artículo 1°.- DISPONER la organización del Servicio
Especial de Serenazgo conforme a la propuesta pre-
sentada y que forma parte de la presente ordenanza, y
el cual estará bajo la supervisión directa de la Unidad de
Seguridad Ciudadana y Serenazgo.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Unidad de Seguridad
Ciudadana y Serenazgo y a la Unidad de Participación
Vecinal el correcto cumplimiento de la presente ordenanza,
y a las demás oficinas en cuanto a su competencia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR M. SALCEDO RIOS
Alcalde
13216
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Sancionan con destitución a servidor de
la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 360-2005
Los Olivos, 15 de julio de 2005
VISTOS: El Informe Nº 012-2005-MDLO/CPPAD de
la Comisión Permanente de Procesos Administrativos y
Disciplinarios, el Proveído Nº 4319 de Gerencia Munici-
pal, Informe Nº 364-2005-MDLO/SGII de Secretaría
General e Imagen Institucional; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 276-2005
publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 4 de junio
de 2005 se instauró Proceso Administrativo Disciplinario

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