Disponen cese de servidores de la Corte Superior de Justicia de Lima

Fecha de disposición14 Julio 2000
Fecha de publicación14 Julio 2000
Pág. 190235
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 14 de julio de 2000
PODER JUDICIAL
Disponen cese de servidores de la
Corte Superior de Justicia de Lima,
por límite de edad
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR
DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL
Nº 240-SE-TP-CME-PJ
Lima, 13 de julio de 2000
VISTO:
El Informe Nº 0005-2000-GG-GAYF-SP/PJ, emitido por
la Supervisión de Personal de la Gerencia de Administración
y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, sobre
la aplicación del Artículo 35º inciso a) de la Ley de Bases de
la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector
Público, normado por el Decreto Legislativo Nº 276 y los
"Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa".
CONSIDERANDO:
Que el inciso a) del Artículo 35º de la Ley de Bases de la
Carrera Administrativa del Sector Público, normado por el
Decreto Legislativo Nº 276, concordado con los Artículos
182º y 186º, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - "Reglamento
de la Ley de Carrera Administrativa", establece que es causa
justificada para el cese definitivo de un servidor el haber
cumplido el límite de edad;
Que, de la revisión de los legajos del Registro de escala-
fón del personal administrativo y Auxiliar Jurisdiccional del
Poder Judicial, se ha establecido la nómina del personal
comprendido dentro del límite de edad que precisa el inciso
a) del Artículo 35º de la Ley de Carrera Administrativa del
Sector Público y su reglamento;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 183º del
En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs.
26546, 26623, 26695 y las Resoluciones Administrativas
Nºs. 018, 030-CME-PJ y 031-98-SE-TP-CME-PJ; y,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer a partir de la fecha, el cese
definitivo en la Carrera Administrativa, por causal de límite
de edad, del personal auxiliar jurisdiccional de la Corte
Superior de Justicia de Lima que a continuación se detalla:
SALAZAR GARCIA, LUIS, Secretario Judicial I.
TERARROSA VEGA, DARIO, Técnico Judicial III.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución
al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, a la
Oficina de Control de la Magistratura, a la Gerencia General
del Poder Judicial y a los interesados, para los fines corres-
pondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DAVID PEZUA VIVANCO
Titular del Pliego del Poder Judicial
8046
DEFENSORIA DEL
PUEBLO
Autorizan viaje de funcionario de la
Defensoría para participar en progra-
ma sobre derechos humanos que se
realiza en Gran Bretaña
RESOLUCION DEFENSORIAL
Nº 38-2000/DP
Lima, 12 de julio de 2000
Vistos; el Memorando DP Nº 368-2000/GP y sus anexos
el Memorando Nº 323-2000/GP, el Memorando Nº 058-2000/
DP-DC, la Carta DP 121-2000 y la comunicación DP-2000-
681, correspondiente al Gerente de Personal comunicando
la solicitud de licencia de don Daniel Soria Luján, con el
pedido del Defensor Especializado en Asuntos Constitucio-
nales y la comunicación del Defensor del Pueblo, a fin de que
se emita la Resolución autoritativa de licencia con goce de
remuneraciones del mencionado trabajador; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los Artículos 161º y 162º de la
Orgánica de la Defensoría del Pueblo y mediante la Resolu-
ción Defensorial Nº 32-99/DP se aprobó su Reglamento de
Organización y Funciones;
Que, la Ley Nº 26602 dispone que el personal de la
Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen
laboral de la actividad privada;
Que, mediante documentos de Vistos, el Defensor Especiali-
zado en Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo,
solicita la aprobación de la licencia con goce de remuneraciones
del Asesor I don Daniel Soria Luján por el período comprendido
entre el 7 de julio y el 4 de agosto del 2000 inclusive, por motivo
de capacitación, para asistir como becario al Programa de Verano
de la Universidad de Oxford sobre el Derecho Internacional de los
derechos humanos, organizado por la Universidad George Was-
hington de los Estados Unidos de América conjuntamente con la
Universidad de Oxford, a realizarse en Gran Bretaña del 9 de
julio al 5 de agosto del presente año; solicitud que ha seguido el
procedimiento establecido por la Directiva Nº 004-98-DP/GG
"Normas y procedimientos sobre capacitación de personal de la
Defensoría del Pueblo", aprobada mediante la Resolución Geren-
cial Nº 89-98-DP/GG y modificada por Resolución Gerencial Nº
154-98-DP/GG;
Que, es política institucional capacitar al personal de la
Defensoría del Pueblo en asuntos referidos al ejercicio de las
funciones que le son encomendadas dentro de la capacidad
presupuestal institucional y que en el caso materia de la
presente resolución los gastos de transporte internacional,
hospedaje y alimentación serán sufragados por el Instituto
Interamericano de Derechos Humanos, por lo que es procedente
autorizar la acción de capacitación de don Daniel Soria Luján;
Con el visto bueno del Gerente de Personal, del Jefe de
la Oficina de Asesoría Jurídico-Administrativa, del Gerente
General y del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
los 6º y 7º incisos a) y k) del Reglamento aprobado por la
Resolución Defensorial Nº 32-99/DP y su modificatoria la
Resolución Defensorial Nº 25-2000/DP y, de conformidad
con el Artículo 20º del Reglamento Interno de Trabajo,
aprobado por Resolución Administrativa Nº 025-98/DP y los
numerales 2.2 literal f), 2.6 y 2.9 del Capítulo VI. Disposicio-
nes Específicas, de la Directiva Nº 8-98/DP-GG "Normas
sobre permanencia del personal en la Defensoría del Pue-
blo", aprobada por Resolución Gerencial Nº 172-98-DP/GG,
y estando lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, la asistencia de don
Daniel Soria Luján, Asesor I de la Defensoría Especializada
en Asuntos Constitucionales, al Programa de Verano de la
Universidad de Oxford sobre Derecho Internacional de los
derechos humanos, organizado por esta Universidad con-
juntamente con la Universidad George Washington de los
Estados Unidos de América, el que se llevará a cabo en Gran
Bretaña, concediéndosele licencia con goce de haber por un
período de 29 días contados a partir del 7 de julio y hasta el
4 de agosto del 2000, inclusive.
Artículo Segundo.- Durante el período de capacitación
del citado funcionario, la Gerencia de Personal de la Defen-
soría del Pueblo, mantendrá la reserva del cargo, categoría,
nivel y plaza que detenta.
Artículo Tercero.- Los gastos que genere el cumpli-
miento de lo dispuesto por la presente resolución, se efectua-
rán con cargo a las asignaciones correspondientes del Presu-
puesto Institucional del ejercicio fiscal 2000.
Artículo Cuarto.- Cumplida la actividad que se autoriza
mediante esta resolución, el funcionario a que se refiere el
Artículo Primero, deberá presentar al despacho defensorial un
informe escrito en un plazo no mayor de quince (15) días contados
desde la reincorporación a sus labores en la institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA
Defensor del Pueblo
8030

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