Disponen celebrar matrimonio civil masivo en el distrito

Fecha de publicación17 Agosto 2000
Fecha de disposición17 Agosto 2000
Pág. 191697
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 17 de agosto de 2000
Regístrese y comuníquese.
C. HERNAN MARTINEZ QUIÑONES
Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao
9373
MUNICIPALIDAD DE
EL AGUSTINO
Prorrogan beneficios de regularización
tributaria para el pago de diversos
tributos y reducción de gastos admi-
nistrativos por cobranza coactiva
ORDENANZA Nº 078-A-2000-SEGE-07-MDEA
El Agustino, 1 de agosto de 2000
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE EL AGUSTINO
VISTO.- En Sesión Ordinaria de Concejo del 31 de
julio del año 2000, el Informe Nº 148-2000-DIRENT-
MDEA de la Dirección de Rentas de esta Municipalidad,
referente a la ampliación de la Amnistía Tributaria;
CONSIDERANDO:
Que, el Concejo Municipal, ha recepcionado el Infor-
me Nº 148-2000-DIRENT-MDEA de la Dirección de
Rentas de esta Municipalidad, solicitando la ampliación
del plazo de la Amnistía Tributaria;
Que, con Ordenanza Nº 075-A-2000-SEGE-07-MDEA
del 26 de junio del 2000 el Concejo acordó otorgar el
Beneficio de Regularización Tributaria por concepto de
Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y Tasa de Li-
cencia Municipal de Funcionamiento períodos 1994 a
1999 inclusive, hasta el 31 de julio del año en curso;
Que, asimismo con Ordenanza Nº 076-A-2000-SEGE-
07-MDEA del 10-07-2000 se acordó rebajar al 10% los
gastos administrativos por cobranza coactiva del total
liquidado de las deudas de los contribuyentes del distrito
de El Agustino en tanto dure en período de amnistía
concedido a través de la Ordenanza Nº 075-A-2000-
SEGE-07-MDEA;
Que, en Sesión Ordinaria del 31 de julio del año en
curso, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución
Política del Perú, Código Tributario - D.L. Nº 816, Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por votación
unánime y con dispensa de aprobación de acta, se aprobó
la siguiente Ordenanza.
Artículo 1º.- Prorrogar el Beneficio de Regulariza-
ción Tributaria otorgada mediante Ordenanza Nº 075-A-
2000-SEGE-07-MDEA así como los alcances de la Orde-
nanza Nº 076-A-2000-SEGE-07-MDEA, hasta el 31 de
agosto del año 2000, con el objeto de que los contribu-
yentes del distrito de El Agustino, cumplan con sus
obligaciones tributarias del Impuesto Predial, Arbitrios
Municipales y Tasa de Licencia Municipal de Funciona-
miento períodos 1994 a 1999, inclusive.
Artículo 2º.- Las Direcciones de Rentas, así como la
de Ejecutoría Coactiva y la Unidad de Informática de
esta Municipalidad quedan encargados del cumplimien-
to estricto de la presente Ordenanza, siendo de responsabi-
lidad de la Unidad de Imagen Institucional la difusión
respectiva y de la Secretaría General del Concejo, la
publicación de esta norma legal en el Diario Oficial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FRANCISCO ANTIPORTA LAYMITO
Alcalde
9399
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANITA
Disponen celebrar matrimonio civil
masivo en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 0016-2000/MDSA
Visto en Sesión de Consejo de fecha 12 de agosto de
2000, el Informe Nº 046-2000-RRCC/SG/MDSA, de la
Unidad de Registros Civiles que eleva el proyecto de
Matrimonio Civil Masivo II-2000, con motivo de con-
memorar el Aniversario del distrito de Santa Anita;
y,
CONSIDERANDO:
familia y promueve el matrimonio reconociéndole como
institutos naturales del Estado Peruano;
Que, es necesario consolidar y proteger a la familia
como núcleo de la sociedad en la jurisdicción distrital de
Santa Anita;
Que, la Unidad de Registros Civiles de la Munici-
palidad Distrital de Santa Anita presenta el Informe
Nº 046-2000-RRCC/SDG/MDSA, en el cual se estable-
cen los objetivos, requisitos, presupuesto y cronogra-
ma respectivo para el Matrimonio Civil Masivo;
Que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con el voto
unánime del Concejo de Regidores;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- Celébrese el Matrimonio Civil
Masivo, en el distrito de Santa Anita, el día sábado 4 de
noviembre de 2000, aprobándose el proyecto presentado
por la Unidad de Registros Civiles y el presupuesto
respectivo presentado por la Unidad de Registros Civi-
les.Artículo Segundo.- Disponer la dispensa de la pu-
blicación del Edicto Matrimonial a los contrayentes del
Matrimonio Civil Masivo.
Artículo Tercero.- Encárguese al Director Munici-
pal, Jefe de la Unidad de Registros Civiles y Jefe de la
Unidad de Asuntos Sociales el cumplimiento del presen-
te Acuerdo.
Regístrese, comuníquese y archívese.
OSIRIS FELICIANO MUÑOZ
Alcalde
9397
MUNICIPALIDAD DE
VENTANILLA
Aprueban exoneración de proceso de
selección para contratar personal de
vigilancia no armada
RESOLUCION DE ALCALDIA
Nº 056-2000/MDV-ALC
Ventanilla, 11 de julio del 2000
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE VENTANILLA

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