RESOLUCION MINISTERIAL Nº 256-2011-TR - Disponen publicar el Acta Final de la Negociación Colectiva en Construcción Civil 2011-2012, suscrita entre CAPECO y la FTCCP

Fecha de disposición01 Septiembre 2011
Fecha de publicación01 Septiembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 1 de setiembre de 2011
449260
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Disponen publicar el Acta Final de la
Negociación Colectiva en Construcción
Civil 2011-2012, suscrita entre
CAPECO y la FTCCP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 256-2011-TR
Lima, 26 de agosto de 2011
VISTO: El Of‌i cio Nº 986-2011-MTPE/2/14 del 12 de
agosto de 2011, de la Dirección General de Trabajo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 290-2005-
TR del 5 de octubre de 2005, modif‌i cada por Resolución
Ministerial Nº 314-2006-TR del 5 de setiembre de 2006, se
dispuso que los convenios colectivos u otros instrumentos
que resuelvan negociaciones colectivas a nivel de rama
de actividad o de gremio, serán publicados en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en la página web del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, dentro de los 10 días
hábiles siguientes a su recepción;
Que, mediante of‌i cio de visto, la Dirección General
de Trabajo, solicita la publicación, en el Diario Of‌i cial El
Peruano y en la página web del Sector, del Acta Final de
Negociación Colectiva en Construcción Civil 2011-2012,
suscrito en trato directo, el 14 de julio de 2011, entre la
Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO y la
Federación de Trabajadores en Construcción Civil del
Perú – FTCCP;
Que, en atención a las consideraciones expuestas,
corresponde emitir el acto administrativo que dé
cumplimiento a lo expuesto precedentemente;
Con la visación del Jefe de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8
del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Disponer la publicación del Acta
Final de la Negociación Colectiva en Construcción Civil
2011-2012, suscrita en trato directo el 14 de julio de 2011,
entre la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO
y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil
del Perú – FTCCP que se adjunta en el Anexo que forma
parte integrante de la presente resolución, igualmente, el
presente convenio colectivo será publicado en la página
web del Portal del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo www.mintra.gob.pe, en la misma fecha de su
publicación, siendo responsable de dicha acción el Jefe
de la Of‌i cina General de Estadística y Tecnologías de la
Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUDECINDO VEGA CARREAZO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
CONVENCIÓN COLECTIVA DE TRABAJO
ACTA FINAL DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA
EN CONSTRUCCIÓN CIVIL 2011-2012
Expediente Nº 41512-2011-MTPE/1/20.21
En Lima, a los catorce días del mes de julio del
año dos mil once, siendo las once (11:00) horas se
reunieron en el local Institucional de la Cámara Peruana
de la Construcción – CAPECO, sito en Av. Víctor Andrés
Belaunde Nro. 147, Vía Principal 155, Edif‌i cio Real III
Of. 402, Centro Empresarial Real, San Isidro, de una
parte en representación de la Cámara Peruana de la
Construcción - CAPECO, los Señores Fernando Castillo
Dibós identif‌i cado con DNI Nº 08253987, Carlos Jaimes
Dávila con DNI Nº 08352261, Carlos Vegas Quintana
con DNI Nº 07277696 y Marco Paz Ancajima con DNI
Nº 06765105, y de la otra parte los Señores integrantes
de la Comisión Negociadora de la Federación de
Trabajadores en Construcción Civil del Perú - FTCCP,
los Señores; Mario Huamán Rivera con DNI Nº 08044524
Secretario General, Luís Alberto Villanueva Carbajal con
DNI Nº 17826805 Secretario de Organización, Geremias
Escalante Paulino con DNI Nº 04000598 Secretario de
Defensa, Buenaventura Vera Pérez con DNI Nº 08900768
Secretario General del Sindicato de Lima, Armando Ynti
Maldonado con DNI Nº 08359753 Secretario General
del Sindicato de Los Balnearios del Sur, Guillermo
Yacila Ubillus con DNI Nº 25449240 Secretario General
del Sindicato del Callao, Juan Luís Orozco Luque con
DNI Nº 02616875 Secretario General de la seccional
Regional de Piura, Manuel Coronado Lino con DNI
Nº 05286634 Secretario General del Sindicato de Loreto,
Wilder Armando Ríos Gonzáles con DNI Nº 18104542
Secretario General del Sindicato de La Libertad, Mariano
Nina Hancco con DNI Nº 29449652 Secretario General
del Sindicato de Arequipa, Félix Cabrera Ramírez con DNI
Nº 21518910 Secretario General del Sindicato de Ica y
Máximo Rojas Reyes con DNI Nº 21136573 Secretario
General de la seccional Regional de Junín, con el objeto
de dejar constancia de los acuerdos correspondientes a
la Negociación Colectiva por Rama de Actividad del año
2011-2012, que corre en el Expediente Nº 41512-2011-
MTPE/1/20.21, dentro de los alcances del Texto Único
Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo,
Reglamento Decreto Supremo Nº 011-92-TR, de acuerdo
al siguiente resultado:
I. INCREMENTO REMUNERATIVOS:
Primero.- Las partes acuerdan que a partir del
1° de junio de 2011 los trabajadores en construcción
civil del ámbito nacional, recibirán un aumento general
sobre su jornal básico, según categorías, de la forma
siguiente:
OPERARIO S/. 2.70 nuevos soles
OFICIAL S/. 2.00 nuevos soles
PEÓN S/. 1.70 nuevos soles
II. CONDICIONES DE TRABAJO
BONIFICACIÓN POR RIESGO DE TRABAJO BAJO
LA COTA CERO:
Segundo.- Los empleadores acuerdan otorgar en las
obras de edif‌i cación una BONIFICACIÓN POR RIESGO
DE TRABAJO BAJO LA COTA CERO equivalente a
la suma de un Nuevo Sol (S/. 1.00) diario para los
trabajadores de construcción civil que laboren en un nivel
inferior al segundo sótano o cinco metros bajo la cota cero,
considerando que el pago de la bonif‌i cación se efectuará
hasta la culminación de las obras de estructura al nivel
indicado.
SEGURO DE VIDA:
Tercero.- Los empleadores convienen en hacer
extensiva la contratación a favor de sus trabajadores de
la POLIZA DE SEGURO ESSALUD + VIDA, adicional al
Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo (SCTR),
cuando el costo de la obra presupuestada sea mayor
a ciento veinte (120) Unidades Impositivas Tributarias
(UIT).
ASIGNACIÓN POR SEPELIO:
Cuarto.- Las partes acuerdan que la asignación
por sepelio que se abona a los familiares de los
trabajadores fallecidos durante la vigencia del Contrato
de Trabajo es de una (1) Unidad Impositiva Tributaria,
siempre y cuando el costo de la obra presupuestada
sea mayor a cincuenta (50) Unidades Impositivas
Tributarias (UIT), manteniéndose las condiciones para
su otorgamiento.

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