DECRETO SUPREMO N° 161-2008-EF - Autorizan disolución y liquidación de Inmobiliaria Milenia S.A. - INMISA

Fecha de disposición19 Diciembre 2008
Fecha de publicación19 Diciembre 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 19 de diciembre de 2008
385476
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan disolución y liquidación de
Inmobiliaria Milenia S.A. - INMISA
DECRETO SUPREMO
Nº 161-2008-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
1º de la Ley Nº 27170 - Ley del Fondo Nacional de
Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado
- FONAFE, dicha empresa norma y dirige la actividad
empresarial del Estado. Asimismo, en el literal d)
del artículo 3º del Reglamento de la Ley del Fondo
Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial
del Estado - FONAFE, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 072-2000-EF, se establece como objetivo
principal de FONAFE dirigir el proceso presupuestario
y la gestión de las empresas bajo su ámbito, de
conformidad con las normas, directivas y acuerdos que
se emitan para esos efectos;
Que, por Acuerdo de Directorio Nº 007-2007/014-
FONAFE, de fecha 30 de octubre de 2007, ratif‌i cado
por Acuerdo de Directorio Nº 007-2008/015-FONAFE de
fecha 12 de agosto de 2008, el Directorio de FONAFE
ha dispuesto la disolución y liquidación de la empresa
INMOBILIARIA MILENIA S.A. - INMISA, al haber
considerado conveniente no continuar con la realización
de actividades comerciales dentro del sector inmobiliario;
Que, por Acuerdo de Directorio Nº 008-2008/018-
FONAFE, de fecha 28 de octubre de 2008, se aprobó el
contenido del proyecto de Decreto Supremo que por el
que se autoriza la disolución y liquidación de Inmobiliaria
Milenia S.A. - INMISA;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 34º del
Reglamento de la Ley de FONAFE, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 072-2000-EF, modif‌i cado por el
Decreto Supremo Nº 161-2002-EF, salvo en los casos
de empresas sujetas al Proceso de Promoción de la
Inversión Privada, las disoluciones y liquidaciones de las
empresas de derecho privado de propiedad del Estado
que dispone el Directorio del FONAFE, se autorizan por
Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía
y Finanzas;
Que, conforme a lo señalado en el artículo 35º del
Reglamento de FONAFE, la transformación, fusión,
escisión y cualquier otra forma de reorganización
societaria, así como la disolución y liquidación de las
empresas se perfecciona por acuerdo de la Junta
General de Accionistas y que, asimismo, debe respetarse
lo normado por la Ley General de Sociedades para la
disolución y liquidación de las sociedades anónimas;
Que, la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario
de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, aprobada
mediante Acuerdo de Directorio Nº 003-2005/018-
FONAFE, establece en su capítulo 6, una serie de
regulaciones aplicables al proceso de disolución y
liquidación de las empresas del Estado, que resultan de
aplicación en el presente caso;
En ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso
DECRETA:
Artículo 1º.- Disolución y Liquidación de INMISA
Autorizar la disolución y liquidación de Inmobiliaria
Milenia S.A. - INMISA.
Artículo 2º.- Perfeccionamiento de la medida
La disolución y liquidación de INMISA deberá ser
perfeccionada mediante acuerdo de la Junta General de
Accionistas de la referida empresa.
Artículo 3º.- Normas Aplicables
El procedimiento de disolución y liquidación se regirá
por lo dispuesto en las Directivas de FONAFE y en la Ley
General de Sociedades, Ley Nº 26887.
Artículo 4º.- Designación del o los Liquidadores
El o los liquidadores de INMISA serán designados
por el Directorio del Fondo Nacional de Financiamiento
de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE.
Artículo 5º.- Derogatoria
Deróguese o modifíquese las disposiciones que se
opongan a la presente norma.
Artículo 6º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho
días del mes de diciembre del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS M. VALDIVIESO M.
Ministro de Economía y Finanzas
292977-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 099-2008-EF
Mediante Of‌i cio Nº 698-2008-SCM-PR la Secretaría
del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Suprema Nº 099-2008-EF, publicada en
la edición del 11 de diciembre de 2008.
En el cuarto considerando:
DICE:
“Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales mediante el Oficio Nº 3280-2007/SBN-GG
del 14 de abril de 2008, solicitó a PROINVERSIÓN
que deje sin efecto el proceso de venta directa de
este terreno, por lo que el Consejo Directivo de
PROINVERSIÓN, en su Sesión Nº 524 del 14 de abril
de 2008, acordó suspender el referido proceso de
venta, y posteriormente en la Sesión Nº 246 del 12
de agosto de 2008, ha acordado excluir del encargo
a PROINVERSIÓN la venta de trece (13) terrenos de
propiedad de la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales, entre los cuales se encuentra el aludido
terreno;”
DEBE DECIR:
“Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales mediante el Of‌i cio Nº 3280-2007/SBN-GG
del 14 de abril de 2008, solicitó a PROINVERSIÓN
que deje sin efecto el proceso de venta directa de este
terreno, por lo que el Comité de PROINVERSIÓN en
Saneamiento y Proyectos del Estado, en su Sesión
Nº 524 del 14 de abril de 2008, acordó suspender el
referido proceso de venta, y posteriormente el Consejo
Directivo de PROINVERSIÓN, en la Sesión Nº 246 del
12 de agosto de 2008, ha acordado excluir del encargo
a PROINVERSIÓN la venta de trece (13) terrenos de
propiedad de la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales, entre los cuales se encuentra el aludido
terreno;”
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