RESOLUCION MINISTERIAL Nº 133-2008-MIMDES - Dan por concluida designación y designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Cajamarca

Fecha de publicación26 Marzo 2008
Fecha de disposición26 Marzo 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 26 de marzo de 2008 369401
provenientes de fuentes cooperantes, a f‌i n de apalancar
recursos para el cof‌i nanciamiento de proyectos, en forma
preferente, de los gobiernos locales y regionales;
Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-
MIMDES en el marco del proceso de modernización y
descentralización de la gestión del Estado, de acuerdo con la
política de austeridad en el gasto y en concordancia con las
nuevas políticas de articulación y focalización que se vienen
implementando para los Programas Sociales de Lucha
contra la Pobreza, aplicará un proceso de racionalización
al Programa Nacional Fondo de Cooperación para el
Desarrollo Social-FONCODES a efectos de realizar los
ajustes necesarios a su estructura y funciones;
Que, en atención a lo señalado en los considerandos
precedentes y con la f‌i nalidad de garantizar la operatividad
de FONCODES en el marco de las nuevas políticas que se
vienen implementando para los Programas Sociales y la
Lucha contra la Pobreza, así como articular la intervención
descentralizada del Estado desde el Gobierno Nacional
en la implementación de proyectos de inversión social y
productiva; es necesario modif‌i car el Decreto Supremo Nº
003-2007-MIMDES, en el extremo referido a la fusión por
absorción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo
Social-FONCODES al Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES, a excepción de la Unidad Gerencial de
Promoción de la Paz que será absorbida por la Dirección
General de Desplazados y Cultura de Paz; máxime si
FONCODES es parte de la estructura del MIMDES en su
condición de Programa Nacional;
De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del
3 del Artículo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, en la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización
de la Gestión del Estado y la Ley Nº 27899, Ley que modif‌i ca
el Artículo 13º de la Ley Nº 27658; y, con el Informe favorable
de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del
Consejo de Ministros;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 1º del Decreto
Supremo Nº 003-2007-MIMDES, de acuerdo al siguiente
texto:
“Artículo 1º.- Apruébese la fusión de Proyectos y
Unidades de FONCODES en el MINAG y MIMDES como
sigue:
1.1.Los proyectos 2.000688 Desarrollo del Corredor
Puno Cusco y 2.016058 Sierra Sur- Fortalecimiento de los
mercados , diversif‌i cación de los ingresos, del Fondo de
Cooperación para el Desarrollo Social –FONCODES en
la Unidad de Coordinación del Proyecto MARENASS del
Ministerio de Agricultura, en calidad de absorbente.
1.2. La Unidad Gerencial de Promoción de la Paz
del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social
– FONCODES en la Dirección General de Desplazados y
Cultura de Paz del Despacho Viceministerial de la Mujer, del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.
1.3. Las demás Unidades Generales y Proyectos, se
mantendrán en el Fondo de Cooperación para el Desarrollo
Social- FONCODES.
Artículo 2º.- Modifíquese el artículo 3º del Decreto
Supremo Nº 003-2007-MIMDES de acuerdo al siguiente
texto:
“Artículo 3º.- Referencias Normativas
3.1. Toda referencia normativa a los proyectos 2.000688
Desarrollo del Corredor Puno Cusco y 2.016058 Sierra
Sur- Fortalecimiento de los mercados, diversif‌i cación de
los ingresos, del Fondo de Cooperación para el Desarrollo
Social –FONCODES, así como a las competencias
funciones y atribuciones que éstas venían ejerciendo una
vez culminado el proceso de fusión se entenderán como
hechas a la Unidad Ejecutora 008 Unidad de Coordinación
del Proyecto MARENASS del Ministerio de Agricultura.
3.2.Toda referencia normativa a la Unidad Gerencial
de Promoción de la Paz del Fondo de Cooperación para el
Desarrollo Social- FONCODES, así como a las competencias
funciones y atribuciones que éstas venían ejerciendo una
vez culminado el proceso de fusión se entenderán como
hechas a la Dirección General de Desplazados y Cultura de
Paz del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social.
Artículo 3º.- El Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social-MIMDES en el marco del proceso de modernización
y descentralización de la gestión del Estado, de acuerdo
con la política de austeridad en el gasto y en concordancia
con las nuevas políticas de articulación y focalización que
se vienen implementando para los Programas Sociales
de Lucha contra la Pobreza, aplicará un proceso de
reorganización al Programa Nacional Fondo de Cooperación
para el Desarrollo Social-FONCODES a efectos de realizar
los ajustes necesarios a su estructura y funciones, así como
para la implementación de lo dispuesto en el artículo 1º del
presente Decreto Supremo.
Artículo 4º.- Autorícese al Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social-MIMDES y al Ministerio de Economía y
Finanzas – MEF, a dictar las normas que resulten necesarias
para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto
Supremo.
Lo dispuesto en la presente norma, se sujeta al presupuesto
institucional autorizado del Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social - MIMDES, sin demandar recursos adicionales al Tesoro
Público.
Artículo 5º.- Deróguese lo dispuesto en el numeral 4.3.
del artículo 4º del Decreto Supremo Nº 003-2007-MIMDES
y toda disposición que se oponga a lo establecido en el
presente Decreto Supremo.
Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco
días del mes de marzo del año dos mil ocho.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS
Ministra de la Mujer y Desarrollo Social
179854-3
Dan por concluida designación y
designan Presidente del Directorio de
la Sociedad de Beneficencia Pública de
Cajamarca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 133-2008-MIMDES
Lima, 25 de marzo de 2008
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-
PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº
004-2003-MIMDES se aprobó la conformación de los
Directorios de las Sociedades de Beneficencia Pública
y Juntas de Participación Social, los cuales están
integrados, entre otros, por dos representantes del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES,
uno de los cuales debe presidirlo;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 775-2006-
MIMDES de fecha 13 de octubre de 2006 se designó, entre
otros, al señor LUIS MARTÍN JULCAMORO CARRASCAL
como Presidente del Directorio de la Sociedad de
Benef‌i cencia Pública de Cajamarca;
Que, por convenir al servicio resulta pertinente dar por
concluida la designación a que se contrae el considerando
anterior;
Con la visación del Director General de la Of‌i cina
General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918,
Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en
Riesgo – SPR, en la Ley Nº 27793, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,
su Reglamento de Organización y Funciones aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES y
su modif‌i catoria, y en el Decreto Supremo Nº 002-97-
PROMUDEH, modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 004-
2003-MIMDES;

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