RESOLUCION JEFATURAL Nº 127-2009-J/INEN - Designan Directora Ejecutiva del Departamento de Enfermería

Fecha de disposición26 Abril 2009
Fecha de publicación26 Abril 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 26 de abril de 2009
395054
f) Mecánica automotriz básica.
g) Normas sobre límites máximos permisibles de
emisiones de gases contaminantes en vehículos.
CURSOS ESPECÍFICOS PARA REALIZAR EL
SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS:
Los cursos específ‌i cos para realizar el servicio de
transporte de personas, adicionales a los cursos generales
antes indicados, son los siguientes:
a) Urbanidad y trato con el usuario.
b) Principios de Salud ocupacional aplicados al
transporte.
c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad
que regulan la prestación del servicio de transporte de
personas.
d) Enseñanza de las normas sobre clasif‌i cación vehicular
características y requisitos técnicos vehiculares relativos a
los vehículos del servicio de transporte de personas.
e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos
permitidos para vehículos de transporte de personas,
tolerancias en el pesaje, bonif‌i caciones y régimen de
infracciones y sanciones por excesos en los pesos y
dimensiones vehiculares.
f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría
del vehículo que corresponda
g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de
personas.
CURSOS ESPECÍFICOS PARA REALIZAR EL
TRANSPORTE DE MERCANCÍAS:
Los Cursos Específ‌i cos para realizar el transporte de
mercancías, adicionales a los cursos generales antes
indicados, son los siguientes:
a) Urbanidad y trato con el público.
b) Principios de salud ocupacional aplicados al
transporte.
c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación
de los servicios de transporte de mercancías.
d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasif‌i cación
vehicular; así como características y requisitos técnicos
vehiculares relativos a los vehículos del transporte de
mercancías.
e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos
permitidos para vehículos de transporte de mercancías
tolerancias en el pesaje, bonif‌i caciones y régimen de
infracciones y sanciones por excesos en los pesos y
dimensiones vehiculares.
f) Manejo correcto de la carga.
g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría
del vehículo que corresponda.
h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la
guía de remisión de transportista.
i) Uso de tecnología aplicable al transporte de
mercancías.
La Escuela de Conductores Profesionales
Especializados ASOCIACION NACIONAL DEL
TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC, está
obligada a actualizar permanentemente la información
propia de su operación, de informar sobre sus actividades
y de aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de
Conducir vehículos automotores y no motorizados de
transporte terrestre y los dispositivos mencionados en el
marco jurídico vigente.
$UWtFXOR6HJXQGR La Escuela de Conductores
Profesionales Especializados ASOCIACION NACIONAL
DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC,
impartirá los cursos con la siguiente plana docente:
Cargo de Instrucción Docente a cargo
Director • Miguel Erasmo Puca Leguía
Instructores Teóricos de
Tránsito
• Raúl Cesáreo Solórzano Cáceres
• Jaime Farias Zarate
• Luis Enrique Casallo Castilla
• Jose Luis Silva Avila
• Iván Justo Paz Paz
Instructores Prácticos de
Manejo • Jaime Marcos Villanueva Enríquez
• Moisés Isidoro Sánchez Márquez
Instructores Teórico -
Práctico de Mecánica • Luis Angel Pissani Ferroggiaro
• David Rolando Barron Pastor
Instructor Teórico
Práctico en Primeros Auxilios • Felicita Garay Lezama
• Aurelio Celestino Valverde Pajar
Psicóloga • Patricia Rosmery Valverde Vargas
$UWtFXOR7 HUFHUR La Escuela de Conductores
Profesionales Especializados ASOCIACION NACIONAL
DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC
deberá colocar en un lugar visible dentro de su local copia
de la presente Resolución Directoral.
$UWtFXOR&XDUWR La Escuela de Conductores
Profesionales Especializados ASOCIACION NACIONAL
DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC,
iniciará el servicio dentro de los sesenta (60) días
calendario, computados a partir del día siguiente de la
fecha de publicación de la presente Resolución Directoral
en el Diario Of‌i cial El Peruano.
$UWtFXOR4XLQWR La Escuela de Conductores
Profesionales Especializados ASOCIACION NACIONAL
DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC,
deberá presentar:
a) En plazo no mayor de sesenta (60) días calendario
de obtenida la autorización como Escuela de Conductores,
presentará su reglamento interno.
b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario
de obtenida la autorización como Escuela de Conductores,
presentará el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme
a lo señalado en el numeral 43.6 del artículo 43º del Decreto
Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sanción de declararse la
nulidad de la Resolución Directoral de autorización.
c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario
de publicada la Resolución Directoral que establece las
características especiales del circuito donde se realizarán
las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de
Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor
de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del
artículo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo
sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral
de autorización.
$UWtFXOR6H[WR Declarar improcedente el extremo de
su solicitud en la que propone como Instructores Teóricos
de Tránsito a los señores Eugenio Clodoaldo López
Lujan, Wilfredo Pedro Casas Santibañez y Victor Javier
Tasayco de la Cruz por las razones expuestas en la parte
considerativa de la presente Resolución Directoral.
$UWtFXOR6pWLPR Remitir a la Dirección de Supervisión,
Fiscalización y Sanciones, copia de la presente Resolución
Directoral para las acciones de control conforme a su
competencia.
$UWtFXOR2FWDYR Encargar a la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente
Resolución Directoral.
$UWtFXOR1RYHQR La presente Resolución Directoral
surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación,
siendo de cargo de la Escuela de Conductores
Profesionales Especializados ASOCIACION NACIONAL
DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC,
los gastos que origine su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS CASTAÑEDA NEYRA
Director General
Dirección General de Transporte Terrestre
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ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL DE
ENFERMEDADES NEOPLASICAS
Designan Directora Ejecutiva del
Departamento de Enfermería
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Lima, 24 de abril del 2009
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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