Designan Director General de la Oficina General de Planificación del INIEA

Fecha de disposición01 Octubre 2004
Fecha de publicación01 Octubre 2004
Pág. 277416
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 1 de octubre de 2004
ciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, sobre
la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contra-
taciones a que se refiere el artículo precedente, y Dispo-
ner su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, en
ambos casos, dentro de los diez (10) días hábiles siguien-
tes a la fecha de aprobación de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RODOLFO MORALES ACCAME
Director General
Oficina General de Administración
ANEXO Nº 01
Inclusión al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Insti-
tuto Nacional de Investigación y Extensión Agraria – INIEA, correspon-
diente al ejercicio presupuestal 2004.
TIPO OB- COD. ESPECIFI- FECHA MO- VALOR
REF. PROC. JETO CIIU CACIONES PROB. NE- ESTIMADO
TÉCNICAS CONV. DA
13 ADP Bien 501000 Adquisición Octubre soles 349,800.00
de Vehículos
14 ADP Bien 515006 Equipos de Octubre soles 336,695.50
Laboratorio
15 ADS Bien 523904 Equipos de Octubre soles 52,954.00
Informática
16 ADS Bien 504000 Adquisición de Octubre soles 46,200.00
Motocicletas
17 ADS Bien 515006 Equipos Octubre soles 59,240.00
Agropecuarios
17697
Designan Director General de la Ofici-
na General de Planificación del INIEA
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN
Y EXTENSIÓN AGRARIA
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 00058-2004-INIEA
Lima, 30 de setiembre de 2004
VISTOS: La Resolución Ejecutiva Nº 00084-2004-INIA,
de fecha 30 de abril de 2004; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ejecutiva del visto, se
designó con efectividad al 4 de mayo de 2004, al Ing. Se-
gundo Córdova Ramírez, como Jefe de la Oficina Gene-
ral de Desarrollo Institucional, hoy Director General de la
Oficina General de Planificación del INSTITUTO NACIO-
NAL DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN AGRARIA -
INIEA;
Que, la Jefatura del INIEA, ha decidido aceptar la re-
nuncia formulada por el Ing. Segundo Córdova Ramírez, al
cargo de Director General de la Oficina General de Planifi-
cación, dándole las gracias por los importantes servicios
prestados a la institución;
De conformidad con el literal k), del artículo 20º del
Reglamento de Organización y Funciones del INIEA, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 021-2004-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia, con efectividad a la
fecha de publicación de la presente Resolución, presenta-
da por el Ing. SEGUNDO CÓRDOVA RAMÍREZ, como Di-
rector General de la Oficina General de Planificación del
Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria,
dándole las gracias por los importantes servicios presta-
dos a la institución.
Artículo 2º.- Designar con efectividad a la fecha de
publicación, en el Diario Oficial El Peruano, de la presente
Resolución, al Lic. Adm. CARLOS SANTANA PINEDO,
como Director General de la Oficina General de Planifica-
ción del Instituto Nacional de Investigación y Extensión
Agraria.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE V. CHÁVEZ LANFRANCHI
Jefe
17696
MINCETUR
Adicionan inciso al numeral 3 del Apén-
dice de la Ley Nº 26935 - Ley sobre sim-
plificación de procedimientos para ob-
tener los Registros Administrativos y las
Autorizaciones Sectoriales para el ini-
cio de las actividades de las empresas
DECRETO SUPREMO
Nº 018-2004-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 26935 - Ley sobre simplifica-
ción de procedimientos para obtener los Registros Admi-
nistrativos y las Autorizaciones Sectoriales para el inicio
de las actividades de las empresas, se establece que las
empresas que inicien operaciones en una o más activida-
des, por el sólo mérito de su inscripción en el Registro Único
de Contribuyentes - RUC, obtendrán en forma automática
su registro en los Ministerios competentes, así como los
permisos o licencias sectoriales necesarios para iniciar sus
actividades; salvo en el caso de empresas que desarrollen
alguna de las actividades contenidas en el Apéndice de
dicha Ley, el mismo que puede ser ampliado mediante De-
creto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas y por el Ministro del Sector correspondiente;
Que, el turismo de aventura incluye la práctica del deporte
de escalada en roca y en hielo, caminatas y afines, realizado
regularmente bajo la conducción de Guías de Montaña; quie-
nes deben cumplir condiciones mínimas en el desempeño de
su actividad con el propósito de reducir en lo posible los ries-
gos inherentes a la práctica de tal deporte;
Que, entre dichas condiciones debe exigirse la acredi-
tación por parte de los Guías de Montaña, de su capaci-
dad, experiencia técnica y actualización permanente, para
lo cual se requiere incluir la referida actividad en el Apéndi-
ce de la Ley Nº 26935;
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de
la Constitución Política del Estado y la Tercera Disposición
Final de la Ley Nº 26935;
DECRETA:
Artículo 1º.- Agrégase al numeral 3 del Apéndice de la
Ley Nº 26935, Ley sobre simplificación de procedimientos
para obtener los Registros Administrativos y las Autoriza-
ciones Sectoriales, para el inicio de las actividades de las
empresas, el siguiente inciso:
"g) Guías de Montaña, los mismos que luego de inscri-
tos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC), debe-
rán contar con autorización expresa del Órgano Regional
Competente para desarrollar esta actividad."
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren-
dado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, y Mi-
nistro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta
días del mes de setiembre del año dos mil cuatro.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
17737

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