2463 073-2003-EF/93.01 - Designan Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica

Fecha de publicación30 Abril 2003
Fecha de disposición30 Abril 2003
Pág. 243449
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 30 de abril de 2003
Cementos Pacasmayo - Primera Emisión" de CEMENTOS
PACASMAYO S.A.A., por un monto total de hasta se-
senta millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos
de América (US$ 60 000 000,00), los cuales fueron co-
locados en su totalidad por oferta pública con fecha 20
de febrero de 2003;
Que, mediante acuerdo de Junta General de Accionis-
tas de CEMENTOS PACASMAYO S.A.A., de fecha 28 de
marzo de 2003, se aprobó la segunda emisión de instru-
mentos representativos de deuda en la modalidad de
bonos corporativos denominados "Bonos Cementos Pa-
casmayo - Segunda Emisión" por un importe total de has-
ta veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados Uni-
dos de América (US$ 20 000 000,00), los que en conjun-
to con el principal del Contrato de Préstamo suscrito con
el Banco de Crédito del Perú y los "Bonos Cementos
Pacasmayo - Primera Emisión" no excederán de noventa
millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de
América (US$ 90 000 000,00);
Que, asimismo, la mencionada Junta de Accionistas
acordó por unanimidad autorizar a los señores Lino Abram
Caballerino, Juan Incháustegui Vargas e Ignacio Bustamante
Romero, para que firmando conjuntamente, dos cuales-
quiera de ellos, suscriban, entre otros, todos los documen-
tos públicos y/o privados involucrados en la citada segun-
da emisión de bonos, así como las facultades necesarias
para ampliar la hipoteca y la prenda industrial otorgadas
mediante escrituras públicas de fecha 04 de febrero de
2003, a efectos de incluir en dichas garantías a las obliga-
ciones que se generen como consecuencia de la emisión
de los "Bonos Cementos Pacasmayo - Segunda Emisión",
como obligaciones garantizadas, y otorgar las nuevas ga-
rantías que se requieran para respaldar el endeudamiento
total de noventa millones y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 90 000 000,00);
Que, mediante acuerdo de Asamblea de Obligacionis-
tas de Bonos Cementos Pacasmayo - Primera Emisión de
fecha 03 de abril de 2003, se aprobó la solicitud presen-
tada por CEMENTOS PACASMAYO S.A.A. respecto a la
modificación efectuada al Contrato de Préstamo y auto-
rizando a dicha empresa para que modifique todos los
contratos vinculados al Contrato de Préstamo suscrito
con el Banco de Crédito del Perú y a los "Bonos Cemen-
tos Pacasmayo - Primera Emisión", a fin de incorporar los
"Bonos Cementos Pacasmayo - Segunda Emisión" den-
tro de las Obligaciones Garantizadas y demás términos
que sean necesarios, facultando al Representante de
los Obligacionistas para que suscriba todos los docu-
mentos públicos y privados necesarios para formalizar
la modificación de los contratos;
Que, mediante escritos remitidos el 03, 15, 23 y 24 de
abril de 2003, CEMENTOS PACASMAYO S.A.A. ha solici-
tado a CONASEV la inscripción de los bonos corporati-
vos denominados "Bonos Cementos Pacasmayo - Se-
gunda Emisión", así como el registro del prospecto infor-
mativo correspondiente, en el Registro Público del Mer-
cado de Valores;
Que, CEMENTOS PACASMAYO S.A.A. ha cumplido
con los requisitos previstos en el Texto Único Ordenado
de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por Decreto
Supremo Nº 093-2002-EF, en el Reglamento de Oferta
Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, apro-
bado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10,
modificado por Resolución CONASEV Nº 059-2001-EF/
94.10, así como las disposiciones aprobadas mediante
Resolución Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11 y sus
normas complementarias, para la inscripción de los ins-
trumentos representativos de deuda denominados: "Bo-
nos Cementos Pacasmayo - Segunda Emisión" y el re-
gistro del prospecto informativo en el Registro Público
del Mercado de Valores; y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguientes
del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valo-
res, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, así
como a lo establecido en sesión del Directorio de CONA-
SEV de fecha 06 de abril de 1999, de acuerdo a lo cual el
Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para
disponer la inscripción de valores y registro del prospecto
informativo a través del trámite general en caso de una
oferta pública primaria de valores mobiliarios;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Inscribir en el Registro Público del Mer-
cado de Valores los bonos corporativos denominados
"Bonos Cementos Pacasmayo - Segunda Emisión" de
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A., por un monto total de
hasta veinte millones y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 20 000 000,00), así como dis-
poner el registro del prospecto informativo correspon-
diente.
Artículo 2º.- La colocación de los bonos corporativos a
que se refiere el artículo anterior se encuentra supeditada al
cumplimiento de los términos y condiciones señalados en la
documentación presentada a CONASEV y de aquellos esta-
blecidos en la normativa vigente.
Artículo 3º.- La oferta pública deberá efectuarse
con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25º y, de ser el
caso, en el artículo 29º del Reglamento de Oferta Pública
Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por
Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10, modificado
por Resolución CONASEV Nº 059-2001-EF/94.10.
La colocación de los bonos a que se refiere el artícu-
lo 1º de la presente resolución deberá efectuarse en un
plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a
partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público
del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un pe-
ríodo igual, a petición de parte. Para tales efectos, la
solicitud de prórroga, en ningún caso, podrá ser presen-
tada después de vencido el referido plazo de coloca-
ción.
Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA-
SEV la documentación e información a que se refieren
los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública
Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por
Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10.
Artículo 4º.- El registro y la inscripción a que se
refiere el artículo 1º de la presente Resolución no implica
que CONASEV recomiende la inversión en los valores u
opine favorablemente sobre las perspectivas del nego-
cio. Los documentos e información para una evaluación
complementaria están a disposición de los interesados
en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a
CEMENTOS PACASMAYO S.A.A., al Banco de Crédito
del Perú, en su calidad de entidad estructuradora y repre-
sentante de los obligacionistas; a Credibolsa Sociedad
Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente coloca-
dor; a CAVALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ MOQUILLAZA RISCO
Gerente General
08257
CONTADURÍA PÚBLICA
DE LA NACIÓN
Designan Director General de la Ofici-
na General de Asesoría Jurídica
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 073-2003-EF/93.01
Lima, 24 de abril del 2003
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de
Director General de la Oficina General de Asesoría Jurí-
dica de la Contaduría Pública de la Nación, Nivel Remune-
rativo F-5;
Que, es necesario designar al funcionario que desem-
peñe el referido cargo público de confianza;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de
En uso de las facultades legales conferidas por el
artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el artículo
277º de la Ley Nº 24977;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- DESIGNAR, a partir del 1 de mayo
del 2003, al señor abogado RONALD ANTONIO RÍOS

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR