RESOLUCION MINISTERIAL Nº 756-2009-MTC/01 - Designan Director de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre

Fecha de publicación08 Noviembre 2009
Fecha de disposición08 Noviembre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 8 de noviembre de 2009
405832
Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y
Tarifa Unif‌i cada de Uso de Aeropuerto, serán asumidos por
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a
su presupuesto;
Que, la Of‌i cina de Finanzas de la Of‌i cina General de
Administración, con fecha 05 de octubre de 2009, emitió la
Certif‌i cación de Crédito Presupuestario N° 10399-2009, de
conformidad con lo establecido en el artículo 77 de la Ley No.
28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27619,
Ley No. 29289, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM
y estando a lo informado por la Dirección General de
Transporte Terrestre, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Jesús José Tapia
Tarrillo, profesional de la Dirección General de Transporte
Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a
la ciudad de Montevideo, Uruguay, del 17 al 21 de noviembre
de 2009 para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado
precedentemente, serán con cargo al presupuesto del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes US $ 1,786.39
Viáticos US $ 800.00
Tarifa Unif‌i cada de Uso de Aeropuerto US $ 31.00
Artículo 3.- Dentro de los siete (7) días calendario de
su retorno al país, el profesional mencionado en el artículo
1 de la presente Resolución Suprema, deberá presentar a
la Presidencia de la República a través de la Secretaría del
Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje
autorizado.
Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el profesional mencionado
deberá presentar a su institución un informe detallado
describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos
entregados.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema
no otorgará derecho a exoneración o liberación de
impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el
Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
420046-15
Designan Director de la Dirección de
Servicios de Transporte Terrestre
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 756-2009-MTC/01
Lima, 05 de noviembre de 2009
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 700-2009-
MTC/01 se designó al señor Jorge Luis Magan Hijar en el
cargo de conf‌i anza de Director de Servicios de Transporte
Terrestre de la Dirección General de Transporte Terrestre,
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al cual ha
formulado renuncia;
Que, en consecuencia resulta necesario designar al
funcionario que desempeñará dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594,
Ley Nº 29370, Ley Nº 29158 y Decreto Supremo Nº 021-
2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por
el señor Jorge Luis Magan Hijar al cargo de conf‌i anza de
Director de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre
de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones.
Artículo Segundo.- Designar al señor Genaro
Humberto Soto Ardiles en el cargo de conf‌i anza de Director
de la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre de la
Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE JAVIER CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
419405-1
Otorgan renovación y modificación
de permiso de operación a ABSA -
Aerolinhas Brasileiras S.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 250-2009-MTC/12
LIma, 7 de octubre del 2009
Vista la solicitud de ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS
S.A., sobre Renovación y Modif‌i cación de Permiso de
Operación de Aviación Comercial: Servicio de Transporte
Aéreo Internacional Regular de carga.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 134-2005-
MTC/12 del 09 de agosto de 2005, modif‌i cada por Resolución
Directoral Nº 051-2006-MTC/12 del 04 de abril del 2006 y
Resolución Directoral Nº 137-2006-MTC/12 del 31 de julo
del 2006, se otorgó a ABSA – AEROLINHAS BRASILEIRAS
S.A., Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo
Regular Internacional de carga, por el plazo de cuatro (04)
años;
Que, con Documentos de Registro Nº 2009-023205
del 03 de julio del 2009 y Nº 099905 del 04 de agosto del
2009, ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., requiere
la renovación y modif‌i cación de Permiso de Operación
para prestar un Servicio de Transporte Aéreo Internacional
Regular de carga, en relación a las rutas, frecuencias y
derechos aerocomerciales;
Que, según los términos del Memorando Nº 765-
2009-MTC/12, Memorando Nº 096-2009-MTC/12.PIO,
Memorando Nº 2817-2009-MTC/12.04, Informe Nº 133-
2009-MTC/12.07.LIC, Memorando Nº 881-2009-MTC/12 y
Memorando Nº 946-2009-MTC/12, emitidos por las áreas
competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se
considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido
la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones
legales vigentes;
Que, la Autoridad Aeronáutica de Brasil ha designado
a ABSA - AEROLINHAS BRASILEIRAS S.A., para realizar
Servicios de Transporte Aéreo Regular Internacional de
carga;
Que, asimismo, según lo establecido en el Artículo 176º
por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar
la Renovación del permiso de operación cuando la empresa
acredite que mantiene las capacidades necesarias para la
realización de sus operaciones y que fueron sustento para
el otorgamiento del permiso que solicita renovar;
Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley
Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es
competente para otorgar, modif‌i car, suspender o revocar los
Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo
el presente procedimiento mediante la expedición de la
Resolución Directoral respectiva;
Que, la Administración, en aplicación del principio de
presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas
y la presentación de documentos por parte del interesado,
tomándolos por ciertos, verif‌i cando posteriormente la validez
de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley
del Procedimiento Administrativo General;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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