Aprueban difusión de proyecto de modificación correspondiente a la Revisión N° 17 de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú

Fecha de disposición06 Octubre 2004
Fecha de publicación06 Octubre 2004
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NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
NORMAS LEGALESNORMAS LEGALES
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 6 de octubre de 2004
Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si-
guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-
me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General
de Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-
caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-
sultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-
chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
17885
Aprueban difusión de proyecto de modi-
ficación correspondiente a la Revisión
Nº 17 de las Regulaciones Aeronáuti-
cas del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0150-2004-MTC/12
Lima, 24 de setiembre del 2004
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Mi-
nisterio de Transportes y Comunicaciones es la entidad
encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del
Perú, siendo competente para aprobar y modificar las Re-
gulaciones Aeronáuticas del Perú - Raps, conforme lo se-
ñala el literal c) del artículo de la Ley Nº 27261, Ley de
Aeronáutica Civil del Perú; y el artículo 2º de su Regla-
Que, por su parte, el artículo 7º del citado Reglamento,
señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pon-
drá en conocimiento público los proyectos sujetos a apro-
bación o modificación de las Regulaciones Aeronáuticas
del Perú, con una antelación de 15 días calendario;
Que, en el marco de la revisión permanente de las Re-
gulaciones Aeronáuticas del Perú, se ha propuesto modifi-
caciones, las cuales antes de su aprobación y en cumpli-
miento de lo dispuesto en el artículo citado, deben ser pre-
publicadas a fin de recibir las sugerencias y aportes de los
operadores, personal aeronáutico y público en general, sien-
do necesaria la expedición del acto administrativo corres-
pondiente;
Ley Nº 27261 y su Reglamento, aprobado por Decreto Su-
premo Nº 050-2001-MTC, estando a lo opinado por la Di-
rección de Seguridad Aérea;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la difusión del proyecto de
modificación correspondiente a la Revisión Nº 17 de las
Regulaciones Aeronáuticas del Perú que se señalan a con-
tinuación, cuyos textos se encuentran a disposición del pú-
blico en la página web de la Dirección General de Aero-
náutica Civil: www.mtc.gob.pe/dgac.html.
RAP Nº 21 Procedimientos Generales de Elabo-
ración Normativa;
RAP Nº 61 Certificación: Pilotos e Instructores de
Vuelo;
RAP N º 63 Licencias de Tripulantes de Vuelo y otros
que no sean Pilotos;
RAP 65 Certificación: Personal Técnico Ae-
ronáutico no Tripulante;
RAP Nº 67 Normas Médicas y Certificación;
RAP Nº 91 Reglamento de Vuelo y Operaciones;
RAP Nº 103 Regulaciones para la Operación de
Aviones Ultralivianos(UL) o Ultralivianos
Motorizados (ULM)
RAP Nº 107 Seguridad Aeroportuaria;
RAP Nº 108 Programa y Procedimientos de Seguri-
dad de la Aviación para Explotadores
Aéreos y Operadores bajo las RAP 91,
133,137 y 142;
RAP Nº 109 Agente Acreditado;
RAP Nº 110 Mercancías Peligrosas y Transporte de
Animales Vivos;
RAP Nº 111 Servicios Especializados Aeropor-
tuarios;
RAP Nº 121 Certificación y Requisitos de Operación
para el Transporte Aéreo Nacional e
Internacional.
RAP Nº 129 Operaciones de Transportadores
Extranjeros en el Perú y Operadores en
el Extranjero con Aeronaves de Matrí-
cula Peruana;
RAP Nº 131 Explotadores de Servicio de Transporte
Aéreo Turístico y de Observación;
RAP Nº 135 Explotadores de Servicio de Transporte
Aéreo no Regular y Operación Commu-
ter;
RAP Nº 137 Operaciones de Aeronaves Agrícolas;
RAP Nº 139 Certificación de Aeródromos;
RAP Nº 141 Escuela de Pilotos;
RAP Nº 143 Licencia de Instructor de Tierra;
RAP Nº 144 Escuela de Tripulantes Auxiliares;
RAP Nº 145 Talleres de Mantenimiento Aeronáutico;
y
RAP Nº 147 Centros de Instrucción de Técnicos en
Mantenimiento (CITM).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO RODRÍGUEZ G.
Director General de Aeronáutica Civil (e)
17902
Rectifican error material de la R.D. Nº
0140-2004-MTC/12
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0151-2004-MTC/12
Lima, 24 de setiembre del 2004
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Directoral Nº 0140-2004-
MTC/12 del 14 de setiembre de 2004, se modificó el Per-
miso de Operación de servicio de Transporte Aéreo Re-
gular Nacional de pasajeros, carga y correo otorgado a
AERO CONTINENTE S.A. con Resolución Directoral Nº
106-2003-MTC/12, modificada a través de las Resolu-
ciones Directorales Nº 224-2003-MTC/12 y 002-2004-
MTC/12, en el sentido de considerar que la empresa está
autorizada a utilizar la denominación social de NUEVO
CONTINENTE S.A.;
Que, el primer considerando de la citada resolución in-
curre en un error material al señalar que la Resolución Di-
rectoral Nº 106-2003-MTC/12 otorgó a AERO CONTINEN-
TE S.A. Permiso de Operación para prestar Servicio de
Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, car-
ga y correo;
Que, el artículo 201º de la Ley del Procedimiento Admi-
nistrativo General, Ley Nº 27444, establece que el error
material o aritmético en los actos administrativos pueden
ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momen-
to, de oficio o a instancia de los administrados, siempre
que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido
de la decisión;
Que, en aplicación del artículo citado, resulta necesa-
rio dictar el acto administrativo para la rectificación del error
material incurrido en la Resolución Directoral Nº 0140-2004-
MTC/12;
De conformidad con la Ley del Procedimiento Admi-
nistrativo General, Ley Nº 27444, Ley de Aeronáutica Civil
del Perú; Ley Nº 27261 y su Reglamento, aprobado por

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