ACUERDO Nº 039 - Aprueban Dictamen que recomienda aprobar la Cesión de Uso de caseta de pozo en el parque de la Urbanización La Merced a favor de Asociación de Vivienda para implementación de Biblioteca

Fecha de disposición12 Julio 2009
Fecha de publicación12 Julio 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 12 de julio de 2009
399012
organización territorial del Estado y canales inmediatos
de participación vecinal en los asuntos públicos, que
institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses
propios de las correspondientes colectividades; siendo
elementos esenciales del gobierno local, el territorio,
la población y la organización. Las Municipalidades
Provinciales y Distritales, son los órganos de gobierno
promotores del desarrollo local, con personería jurídica de
derecho público y plena capacidad para el cumplimiento
de sus f‌i nes. Asimismo, que los gobiernos locales gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, el artículo 14º de la referida Carta Magna,
establece el deber del Estado de promover la formación
cívica y el artículo 38º de la citada Norma, señala que
todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú,
hecho que implica el respeto a los Símbolos Patrios
dentro de los que se encuentra comprendido el Escudo y
el Himno Nacional.
Que, de acuerdo al artículo 195º de la Constitución
Política y el numeral 20) del artículo 82º de la Ley Nº
27972, las Municipalidades promueven el desarrollo local
que comprende el desarrollo de la cultura cívica de los
vecinos, entre otros a través del respeto y enaltecimiento
de los Símbolos Patrios.
Que, el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que los acuerdos son
decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos
específ‌i cos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano de gobierno para
practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta
o norma Institucional.
Que, la Municipalidad Distrital de Ate, teniendo
en cuenta el carácter general y de interés que
reporta para el vecindario, los aspectos considerados
dentro del ámbito histórico y cultural del Distrito, en
el ejercicio de sus atribuciones y conforme al marco
jurídico vigente, incentiva el amor a los símbolos que
representan en alguna medida la historia y la cultura
de la colectividad, así como el trabajo de todos sus
pobladores, que tiene el objetivo de promover para
contribuir con el desarrollo del Distrito mediante la
participación de todos los vecinos del Distrito y público
en general, en la elaboración del Himno y el diseño de
un Escudo con la finalidad de afianzar la identidad del
Distrito de Ate.
Que, mediante Dictamen Nº 001-2009-MDA-CAJ
la Comisión de Asesoría Jurídica, recomienda aprobar
el Acuerdo de Concejo que dispone la celebración del
Concurso Público para la elaboración de los símbolos del
Distrito de Ate – Letra y Música del Himno y Diseño del
Escudo representativo, en el cual podrán participar todos
los ciudadanos del distrito y público general, solicitando
se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su debate y
aprobación correspondiente.
Estando a los fundamentos expuestos en la parte
considerativa y en uso de las facultades conferidas en la
Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y contando con
el voto por mayoría de los señores Regidores asistentes
a la Sesión de Concejo de la fecha y con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación de actas;
SE ACUERDA:
Artículo 1º.- DISPONER la celebración del Concurso
Público, para la elaboración de los Símbolos del Distrito
de Ate – Letra y Música del Himno y diseño del Escudo
representativo, en el cual podrán participar todos los
ciudadanos del Distrito y público en general.
Artículo 2º.- FACÚLTESE al Alcalde Distrital, para que
mediante Decreto de Alcaldía, disponga la convocatoria
y conformación de la Comisión Organizadora que tendrá
a su cargo la designación del Jurado Calif‌i cador y la
elaboración de las Bases y de igual manera dicte las
medidas complementarias que tengan lugar para dar
cumplimiento a los f‌i nes señalados en el artículo primero
del presente Acuerdo.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Comisión
Organizadora para que un plazo no mayor de treinta
(30) días, se proceda a la Convocatoria Pública
correspondiente.
Artículo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente
Acuerdo a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios
Sociales, Secretaría de Imagen Institucional y demás
áreas pertinentes de esta Corporación Municipal.
Artículo 5º.- Dejar sin efecto, cualquier norma o
disposición legal que contravenga lo dispuesto en el
presente Acuerdo de Concejo.
Artículo 6º.- DISPÓNGASE la publicación del presente
Acuerdo de Concejo en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el
Portal de la Municipalidad Distrital de Ate.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA
Alcalde
371203-1
Aprueban Dictamen que recomienda
aprobar la Cesión de Uso de caseta de
pozo en el parque de la Urbanización
La Merced a favor de Asociación de
Vivienda para implementación de
Biblioteca
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 039
Ate, 9 de julio de 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE;
VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de
julio de 2009, el Dictamen Nº 023-2009/MDA-CDUyOP de
la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, conforme al Art. 194º de la Constitución
Política, la cual radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno y de administración con sujeción al ordenamiento
jurídico.
Nº 27972, establece que los Acuerdos son decisiones que
toma el Concejo, referidas a asuntos de interés público,
vecinal o institucional que expresan la voluntad del
Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o
sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972, establece en su Art. 56º, numeral 6), que son
bienes de propiedad municipal los aportes provenientes
de las Habilitaciones Urbanas. De igual modo el Art. 59º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala
que los bienes municipales pueden ser transferidos,
concesionados en uso o explotación, arrendados o
modif‌i cado su estado de posesión o propiedad, mediante
cualquier otra modalidad, por acuerdo de concejo
municipal.
Que, mediante Acta de Entrega de fecha 28 de
Diciembre de 2008, la Empresa de Servicio de Agua
Potable y Alcantarillado – SEDAPAL, hace entrega
a la Municipalidad Distrital de Ate, el Pozo Nº 611,
denominado “Polo Jiménez”, ubicado en el parque de la
Urbanización La Merced, frente a la Av. D, con un área de
54.00 m2. incluyendo la caseta del pozo de agua antes
mencionado.
Que, mediante Documento Nº 7174-2008 la
Asociación de Vivienda Urbanización La Merced, solicita
el otorgamiento en Cesión de Uso de la caseta del pozo Nº
611, ubicado en el Parque de la Urbanización La Merced,
frente a la Av. D, con un área de 54.00 m2.
Que, mediante Informe Nº 50-2009 y Nº 180-2009-
MDA/GSP-SGLPO la Sub Gerencia de Limpieza Pública
y Ornato, indica que debido a diversos factores de índole
técnico-económico no es viable el uso de la mencionada
caseta para las actividades de la Sub Gerencia de
Limpieza Pública y Ornato, lo cual es ratif‌i cado por la
Gerencia de Servicios Públicos, mediante Informe Nº 081-
2009-MDA-GSP.
Que, mediante Informe Nº 569-2009-MDA/OGAJ la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, señala que con
Informes Nº 534-2008, Nº 554-2008, 344-2008, 475-
2009-OGAJ/MDA ha opinado por la procedencia del
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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