Dictamen recaído en los proyectos 00989/2021-CR, 05881/2023-CR y 06074/2023-CR. LEY QUE INCORPORA AL PROFESIONAL OBSTETRA EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA PARA LA PREVENCION DEL EMBARAZO EN ADOLESCENTES EN EL MARCO DE LA EDUCACION SEXUAL INTEGRAL. (EN RELATORÍA 20/11/2023)

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN EN MAYORÍA
j...•
PERÚ
4111.
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
ÁREA
DE
TRAMITE
DOCUMENTARIO
RE
Firma.,..
.
20
NOV
2023
/2“)
BIDO
ata
COMISIÓN
DE
EDUCACIÓN,
JUVENTUD
Y
DEPORTE
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
DICTAMEN
RECAÍDO
EN
LOS
PROYECTOS
DE
LEY
989/2021
-CR,
5881/2023
-CR
y
6074/2023
-CR
DENOMINADOS
"LEY
QUE
INCORPORA
AL
PROFESIONAL
OBSTETRA
EN
LAS
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
PARA
LA
PREVENCION
DEL
EMBARAZO
EN
ADOLESCENTES
EN
EL
MARCO
DE
LA
EDUCACION
SEXUAL
INTEGRAL.
ISIÓN
DE
EDUCACIÓN,
JUVENTUD
Y
DEPORTE
PERIODO
ANUAL
DE
SESIONES
2023-2024
Señor
Presidente:
Ha
ingresado
para
dictamen
de
la
Comisión
de
Educación,
Juventud
y
Deporte,
los
siguientes
proyectos
de
ley:
Proyecto
de
Ley
Grupo
Parlamentario
Proponente
Denominación
de
fa
Propuesta
Legislativa
989/2021
-CR
Alex
Antonio
Paredes
Gonzales
Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional
LEY
QUE
INCORPORA
AL
PROFESIONAL
OBSTETRA
EN
LAS
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
PARA
LA
PREVENCION
DEL
EMBARAZO
EN
ADOLESCENTES
EN
EL
MARCO
DE
LA
EDUCACION
SEXUAL
INTEGRAL.
5881/2023
-CR
José
Arriola
Tueros
NO
AGRUPADOS
LEY
QUE
INCORPORA
AL
PROFESIONAL
EN
OBSTETRICIA
A
LA
COMUNIDAD
EDUCATIVA.
6074/2021
-CR
Alex
Randu
Flores
Ramírez
NO
AGRUPADOS
LEY
QUE
INCORPORA
AL
PROFESIONAL
OBSTETRA
EN
LA
COMUNIDAD
EDUCATIVA
PARA
LA
PREVENCIÓN
DEL
EMBARAZO
NO
DESEADO
EN
ADOLESCENTES
EN
EL
MARCO
DE
LA
EDUCACIÓN
SEXUAL
INTEGRAL.
El
presente
dictamen
fue
aprobado
por
MAYORÍA
en
la
Octava
Sesión
Ordinaria
de
la
Comisión
de
Educación,
Juventud
y
Deporte,
celebrada
el
07
de
noviembre
de
2023,
con
los
votos
a
favor
de
los
señores
congresistas:
Balcázar
Zelada
José
María,
Medina
Minaya
Esdras
Ricardo,
Alva
Rojas
Carlos
Enrique,
Castillo
Rivas
Eduardo
Enrique,
Cerrón
Rojas
Waldemar
José,
Chiabra
León
Roberto
Enrique,
Cruz
Mamani
Flavio,
Flores
Ramirez
Alex
Randu,
Infantes
Castañeda
Mery
Eliana,
Limachi
Quispe
Nieves,
Mori
Celis
Juan
Carlos,
Paredes Gonzales
Alex
Antonio,
Quispe
Mamani
Wilson
Rusbel,
Sánchez
Palomino
Roberto
Helbert,
Tacuri
Valdivia
Germám
Adolfo,
Tello
Montes
Nivardo
Edgar,
Williams
Zapata
José
Daniel,
Zeballos
Madariaga
Carlos
Javier,
Vásquez
Vela
Lucinda
(accesitaria
votó
en
reemplazo
del
congresista
Gutiérrez
Ticona
Paul)
y
los
votos
en
contra
de
los
señores
congresistas
Herrera
Medina
Noelia,
Muñante
Barrios
Alejandro,
Ramírez
García
Tania
y
la
abstención
de
los
señores
congresistas
Flores
Ruiz
Víctor
Seferino
y
Huamán
Coronado
Raúl;
con
dispensa
del
trámite
de
aprobación
del
acta.
1
,
lo
n
iN
s
a
a
414
a
CONGRESO
REPUBLICA
1.
SITUACION
PROCESAL
COMISIÓN
DE
EDUCACIÓN,
JUVENTUD
Y
DEPORTE
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
DICTAMEN
RECAÍDO
EN
LOS
PROYECTOS
DE
LEY
989/2021
-CR,
5881/2023
-CR
y
6074/2023
-CR
DENOMINADOS
"LEY
QUE
INCORPORA
AL
PROFESIONAL
OBSTETRA
EN
LAS
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
PARA
LA
PREVENCION
DEL
EMBARAZO
EN
ADOLESCENTES
EN
EL
MARCO
DE
LA
EDUCACION
SEXUAL
INTEGRAL.
1.1.
Antecedentes
procedimentales
El
proyecto
de
ley
989/2021
-CR,
ingresó
al
área
de
trámite
y
Digitalización
de
Documentos
el
14
de
diciembre
del
2021,
siendo
decretado
a
la
comisión
de
educación
Juventud
y
Deporte
el
17
de
diciembre
del
2021
como
única
comisión
dictaminadora.
El
proyecto
de
ley
5881/2023
-CR,
ingreso
al
área
de
trámite
y
Digitalización
de
Documentos
el
11
de
setiembre
del
2023,
siendo
decretado
a
la
comisión
de
educación
Juventud
y
Deporte
el
13
de
octubre
del
2023
como
única
comisión
dictaminadora.
El
proyecto
de
ley
6074/2023
-CR,
ingreso
al
área
de
trámite
y
Digitalización
de
Documentos
el
05
de
octubre
del
2023,
siendo
decretado
a
la
comisión
de
educación
Juventud
y
Deporte
el
06
de
octubre
del
2023
como
única
comisión
dictaminadora.
1.2.
ANTECEDENTES
LEGISLATIVOS
Cabe
mencionar
que
se
encuentra
varios
antecedentes
respecto
de
esta
materia,
en
los
periodos
parlamentarios
anteriores
conforme
se
aprecia
en
la
siguiente
relación:
1.
Proyecto
de
Ley
1062/2006
-CR,
que
propone
la
'Ley
General
de
salud
sexual
y
reproductiva"
presentada
por
congresistas
de
diversas
bancadas,
a
iniciativa
de
la
congresista
Elizabeth
León
Minaya.
2.
Proyecto
de
Ley
1422/2006
-CR,
que
propone
la
"Ley
que
faculta
a
los
adolescentes
para
acceder
a
servicios
de
salud
a
fin
de
recibir
atención
integral
en
salud
sexual
y
reproductiva,
con
énfasis
en
VIH/SIDA
y
otras
infecciones
de
transmisión
sexual",
presentado
por
la
Célula
Parlamentaria
Aprista,
a
iniciativa
de
la
congresista
Tula
Luz
Benites
Vasquez.
3,
Proyecto
de
Ley
N'
2974/2008
-CR,
que
propone
la
"Ley
de
salud
sexual
y
salud
reproductiva
con
enfoque
intercultural",
presentado
por
el
Grupo
Parlamentario
Nacionalista,
a
iniciativa
de
la
congresista
María
Cleofe
Sumire
de
Conde.
4.
Proyecto
de
Ley
N*
3006/2008
-CR,
que
propone
la
"Ley
de
salud
sexual
y
salud
reproductiva",
presentado
por
la
Célula
Parlamentaria
Aprista,
a
iniciativa
del
congresista
Daniel
Robles
López.
Así
mismo,
el
proyecto
de
ley
2496/2017
-CR
de
la
congresista
Gloria
Montenegro
Figueroa,
planteaba
una
"LEY
QUE
PROMUEVE
LA
PREVENCIÓN
DEL
EMBARAZO
ADOLESCENTE
EN
INSTITUCIONES
DE
EDUCACIÓN
SECUNDARIA"
2
Kk:
'
1
CONGRESO
RE
PU
B
LI
CA
COMISIÓN
DE
EDUCACIÓN,
JUVENTUD
Y
DEPORTE
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
DICTAMEN
RECAÍDO
EN
LOS
PROYECTOS
DE
LEY
989/2021
-CR,
5881/2023
-CR
y
6074/2023
-CR
DENOMINADOS
"LEY
QUE
INCORPORA
AL
PROFESIONAL
OBSTETRA
EN
LAS
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS
PARA
LA
PREVENCION
DEL
EMBARAZO
EN
ADOLESCENTES
EN
EL
MARCO
DE
LA
EDUCACION
SEXUAL
INTEGRAL.
2.
CONTENIDO
DE
LAS
PROPUESTAS
2.1.
El
proyecto
de
ley
989/2021
-CR,
propone:
Incorporar
al
profesional
obstetra
como
integrante
de
la
comunidad
educativa
establecido
en
la
Ley
General
de
Educación
N'
28044
para
contribuir
en
la
prevención
del
embarazo
en
adolescentes.
Modificar
los
artículos
52°
y
62°-A
de
la
Ley
28044,
Ley
General
de
Educación
N°28044,
en
los
términos
siguientes:
"Articulo
52.-
Conformación
y
participación.
La
comunidad
educativa
está
conformada
por
estudiantes
padres
de
familia,
profesores,
directivos,
administrativos,
profesional
en
psicología,
enfermería,
obstetricia,
ex
alumnos
y
miembros
de
la
comunidad
local
(...)
/1
"Artículo
62*
-A.-
El
profesional
en
psicología,
profesional
en
enfermería
y
profesional
en
obstetricia.
El
psicólogo
escolar,
el
enfermero
escolar
y
el
obstetra
escolar
son
profesionales
especializados
que
forman
parte
de
la
comunidad
educativa
y
que
contribuye
a
la
formación
integral
de
los
estudiantes
en
la
educación
básica.
(...)
La
función
principal
del
profesional
obstetra
está
orientada
a
prestar
los
servicios
en
el
área
de
su
competencia
para
contribuir
a
la
Prevención
del
embarazo
y
la
paternidad
en
la
adolescencia
y
promover
el
autocuidado
de
la
salud
sexual
y
para
el
fortalecimiento
continuo
de
capacidades
y
destrezas
a
la
comunidad
educativa
en
materia
de
Educación
Sexual
Integral."
Los
profesionales
obstetras
se
incorporarán
de
manera
progresiva
en
el
lapso
de
un
período
de
5
años,
conforme
a
la
programación
y
disponibilidad
presupuestal
del
Pliego
del
Ministerio
de
Educación
y
gobiernos
regionales.
El
profesional
obstetra
realizará
su
trabajo
con
el
enfoque
intersectorial,
intercultural,
derechos,
abogacía,
convivencia
democrática,
habilidades
para
la
vida
y
cultura
para
la
paz.
2.2.
El
proyecto
de
ley
5881/2023
-CR,
propone
El
primer
artículo
señala
el
objeto
de
ley
que
es
incorporar
al
profesional
en
obstetricia,
como
miembro
integrante
de
la
comunidad
educativa,
establecida
en
la
Ley
28044,
Ley
General
de
Educación,
con
el
fin
de
contribuir
en
la
educación
de
salud
reproductiva,
promoción
de
salud
materna
y
atención
prenatal
de
calidad
en
el
ámbito
escolar.
3

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