Dictamen recaído en los proyectos 00193/2021-CR, 00555/2021-CR y 00656/2021-CR. LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 101 E INCORPORA LOS ARTÍCULOS 65-A, 65-B Y 65-C A LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ, PARA DESIGNAR AL INSTITUTO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (INDECOPI) COMO ORGANISMO CONSTITUCIONAL AUTÓNOMO (EN RELATORÍA 05/04/2023)

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN POR UNANIMIDAD
EmisorDefensa del Consumidor y Organismos Reguladores de Los Servicios Publicos
Fecha05 Abril 2023
CONGRESO
REPÚBLICA
C
..•.,
Bicentenario
.,......J,,,...,....
CONGRESO
DE
LA
REP
LICA
1
.11
DE
141111
D1111111C1111GE DOCsIllIT15
0
5
ABS.
2023
COMISION
DE
DEFENSA
DEL
CONSUMIDOR
Y
ORGANISMOS
REGULADORES
DF
LOS
SERVICIOS
PÚBLICOS
Dictamen
de
Proyectos
de
Ley
193
-2021
-CR,
55512021
-CR
y
656/2021
-CR
Dictamen
aprobado
por
UNANIMIDAD,
recaído
en
los
Proyectos
de
Ley
193/2021
-
CR,
555/2021
-CR
y
656/2021
-CR
que
propone
mediante
texto
sustitutorio,
la
ley
de
reforma
constitucional
que
modifica
el
artículo
101
e
incorpora
los
artículos
65-A,
65-B
y
65-C
a
la
Constitución
Política
del
Perú,
para
designar
al
Instituto
de
Defensa
de
la
Competencia
y
de
la
Protección
de
la
Propiedad
Intelectual
(Indecopi)
como
organismo
constitucional
autónomo
COMISIÓN
DE
DEFENSA
DEL
CONSUMIDOR
Y
ORGANISMOS
REGULADORES
DE
LOS
SERVICIOS
PÚBLICOS
PERIODO
ANUAL
DE
SESIONES
2022-2023
Señor
Presidente:
Han
sido
remitidos
para
dictamen
de
la
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos,
los
siguientes
proyectos
de
ley:
El
Proyecto
de
Ley
193/2021
-CR,
presentado
por
el
grupo
parlamentario
Avanza
País,
a
iniciativa
de
la
congresista
Adriana
Tudela
Gutiérrez,
por
el
que
se
propone
el
proyecto
de
ley
de
reforma
constitucional
que
declara
al
lndecopi
como
organismo
constitucional
autónomo
(OCA).
El
Proyecto
de
Ley
555/2021
-CR,
(actualización
del
Proyecto
de
Ley
6919/2020
-
CR,
por
acuerdo
del
Consejo
Directivo
de
fecha
18.10.2021)
por
el
que
se
propone
la
ley
de
reforma
constitucional
que
reconoce
al
Indecopi
como
órgano
constitucional
autónomo.
El
Proyecto
de
Ley
656/2021
-CR,
presentado
por
el
grupo
parlamentario
Fuerza
Popular,
a
iniciativa
de
la
congresista
Carmen
Patricia
Juárez
Gallegos,
por
el
que
se
propone
la
ley
de
reforma
constitucional
que
reconoce
e
incorpora
al
Organismo
Nacional
de
Defensa
de
la
Competencia
y
la
Propiedad
Intelectual
ONADECOPI
,
como
organismo
constitucional
autónomo.
Los
proyectos
de
ley
señalados
plantean
una
reforma
constitucional
que
incorpora
el
artículo
65-A
a
la
Constitución
Política
del
Perú
con
la
finalidad
de
resolver
la
falta
de
autonomía
real
del
Instituto
Nacional
de
Defensa
de
la
Competencia
y
de
la
Protección
de
la
Propiedad
Intelectual,
pues
por
ley,
esta
se
encuentra
adscrita
a
la
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros,
razón
por
la
cual
procede
su
acumulación
al
contener
la
misma
temática.
Firmado
digrtalmente
por
.
TUDELA
OUTIERR
Adriana
Josefina
FAU
2018174128
soft
Motivo:
a
seRal
de
conformidad
Fecha:
05/04/2023
11
.
33
.
4-0500
1
(OMISIÓN
DF
DEITNSA
DEL
CONSUMIDOR
Y
ORGANISMOS
REGIA
ADORLS
¡OS
SHIVICIOS
ICOS
Dictamen
de
Proyectos
de
Ley
193
-2021
-CR,
55512021
-CR
y
656/2021
-CR
En
la
Décima
Tercera
Sesión
Ordinaria
de
la
Comisión,
realizada
el
lunes
3
de
abril
de
2023,
el
dictamen
fue
aprobado
por
UNANIMIDAD,
con
9
votos
a
favor.
Los
señores
congresistas
Elías
Marcial
Varas
Meléndez,
Adriana
Josefina
Tudela
Gutiérrez,
Rosangella
Andrea Barbarán
Reyes,
Jorge
Alberto
Morante
Figari,
Auristela
Ana
Obando
Morgan,
Miguel
Ángel
Ciccia
Vásquez,
Luis
Gustavo
Cordero
Jon
Tay,
María
Elizabeth
Taipe
Coronado
y
Jorge
Luis
Flores
Ancachi
votaron
a
favor.
I.
SITUACIÓN
PROCESAL
1.2
1.1
Antecedentes
procedimentaies
1.1.1.
El
Proyecto
de
Ley
0193/2021
-CR
fue
presentado
ante
el
Área
de
Trámite
Documentario
el
14
de
setiembre
de
2021;
decretado
e
ingresado
ala
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos
como
segunda
comisión
dictaminadora,
el
10
de
diciembre
de
2021,
para
su
estudio
y
dictamen,
en
atención
del
acuerdo
de
Consejo
Directivo
de
fecha
6
de
diciembre
de
2021.
Es
importante
señalar,
que
el
15
de
setiembre
de
2021,
fue
decretado
a
la
Comisión
de
Constitución
y
Reglamento,
como
única
comisión
dictaminadora,
el
mismo
que
ya
cuenta
con
dictamen
favorable
en
MAYORÍA.
1.1.2.
El
Proyecto
de
Ley
0555/2021
-CR
fue
presentado
ante
el
Área
de
Trámite
Documentario
del
Congreso
de
la
República
con
fecha
26
de
octubre
de
2021;
dicho
número
fue
asignado
de
conformidad
con
lo
acordado
por
el
Consejo
Directivo
del
Congreso
de
la
República
en
sesión
llevada
a
cabo
el
18
de
octubre
de
2021,
el
mismo
que
decretó
la
actualización
del
Proyecto
de
Ley
6919/2020,
Ley
de
reforma
constitucional
que
reconoce
la
autonomía
constitucional
del
lndecopi.
El
proyecto
de
ley
6919/2020
-CR,
fue
presentado
ante
el
Área
de
Trámite
Documentario
el
13
de
enero
de
2021,
en
el
Periodo
Parlamentario
2016-2021,
presentado
por
grupo
parlamentario
Partido
Morado
a
iniciativa
de
la
congresista
Zenaida
Solís
Gutiérrez;
el
15
de
enero
de
2021,
fueron
decretados
a
las
comisiones
de
Constitución
y
Reglamento,
y
a
la
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos
como
segunda
comisión
dictaminadora.
1.1.3.
El
Proyecto
de
Ley
0656/2021
-CR
fue
presentado
ante
el
Área
de
Trámite
Documentado
el
08
de
noviembre
de
2021;
fue
decretado
e
ingresado
el
09
de
noviembre
de
2021
a
la
Comisión
de
Constitución
y
Reglamento
como
primera
comisión
dictaminadora
y
a
la
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos,
decretado
como
segunda
comisión
dictaminadora,
para
su
estudio
y
dictamen.
La
Comisión
de
Constitución
y
Reglamento
ha
emitido
dictamen
favorable
en
mayoría.
Antecedentes
parlamentarios
2
CONGRESO
REPUBLICA
NOr
CON
SIÓN
DF
Dl
FI
-NSA
DUI,
CONSUMIDOR
Y
ORGANISMOS
RFGUI
ADORFS
1)1
OS
Si
ICIOS
I(
()S
Dictamen
de
Proyectos
de
Ley
193
-2021
-CR,
555/2021
-CR
y
65612021
-CR
De
la
realización
de
la
búsqueda
a
la
fecha
en
la
web
del
Congreso
de
la
República,
se
ha
podido
verificar
la
existencia
de
antecedentes
parlamentarios,
los
mismos
que
guardan
relación
con
la
propuesta
legislativa:
1.2.1.
El
Proyecto
de
Ley
3893/2002
-CR,
que
propone
la
ley
de
reforma
constitucional
que
incorpora
en
el
capítulo
I,
régimen
económico
del
título
III
de
la
Constitución
Política
al
Indecopi
como
organismo
constitucional
autónomo,
el
proyecto
de
ley
fue
decretado
al
archivo.
1.2.2.
El
Proyecto
de
Ley
3975/2002
-CR,
que
propone
la
ley
que
incorpora
al
título
III
del
régimen
económico,
capítulo
I
principios
generales,
dos
artículos
referidos
al
Indecopi
dándole
el
status
de
organismo
constitucional
autónomo,
el
proyecto
de
ley
fue
decretado
al
archivo.
1.2.3.
El
Proyecto
de
Ley
4422/2002
-CR,
que
propone
el
proyecto
de
ley
de
reforma
constitucional
que
incorpora
en
la
Constitución
Política,
al
Indecopi
como
organismo
constitucional
autónomo,
el
proyecto
de
ley
fue
decretado
al
archivo.
1.2.4.
El
Proyecto
de
Ley
6919/2020
-CR,
que
propone
la
ley
de
reforma
constitucional
que
incorpora
el
artículo
65-A
declarando
al
Instituto
Nacional
de
Defensa
de
la
Competencia
y
de
la
Protección
de
la
Propiedad
Intelectual
-
Indecopi
como
órgano
constitucionalmente
autónomo;
fue
aprobado
el
dictamen
por
UNANIMIDAD,
en
su
Trigésima
Primera
Sesión
Ordinaria
de
la
Comisión
de
Defensa
del
Consumidor
y
Organismos
Reguladores
de
los
Servicios
Públicos,
realizada
el
17
de
mayo
de
2021.
II.
CONTENIDO
DE
LAS
PROPUESTAS
LEGISLATIVAS
11.1
El
Proyecto
de
Ley
0193/2021
-CR,
propone
incorporar
el
artículo
65-A
a
nuestra
Carta
Magna,
con
el
fin
de
revestir
al
Instituto
Nacional
de
Defensa
de
la
Competencia
y
de
la
Protección
de
la
Propiedad
Intelectual
Indecopi,
la
calidad
de
organismo
constitucional
autónomo
(OCA),
otorgándole
dentro
del
marco
constitucional
funciones
específicas
de
proteger
la
libre
iniciativa
privada
y
la
libertad
de
empresa,
defender
la
libre
competencia,
proteger
los
derechos
de
los
consumidores,
proteger
los
derechos
de
la
propiedad
intelectual,
realizar
el
control
previo
de
operaciones
de
concentración
empresarial
y
demás
funciones
que
se
consignen
en
su
ley
orgánica.
Asimismo,
la
propuesta
legislativa,
dispone
que
el
Consejo
Directivo
del
Instituto
Nacional
de
Defensa
de
la
Competencia
y
de
la
Protección
de
la
Propiedad
Intelectual
-
Indecopi,
deberá
estar
conformado
por
cinco
(5)
miembros
titulares
y
el
mismo
número
de
suplentes,
todos
ellos
seleccionados
previo
concurso
público
de
méritos,
por
un
periodo
de
cinco
(5)
años;
propone
también
la
prohibición
de
la
reelección
inmediata.
El
concurso
público
de
méritos
estará
a
cargo
de
un
Comité
Evaluador,
conformado
por
cinco
(5)
miembros
(el
Defensor
del
Pueblo,
quien
lo
preside;
el
presidente
del
Congreso
de
la
República,
el
presidente
del
Concejo
de
Ministros,
el
presidente
del
Banco
Central
de
Reserva
y
el
Contralor
General
de
la
3

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