Dictamen recaido en el Proyecto de Ley N° 1592/2016-GR, que propone modificar los articulos 5 y 9 del Decreto Legislativo 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo . . .

Fecha12 Enero 2018
Tipo de procesoUnanimidad
EmisorTrabajo y Seguridad Social
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Dictamen recaido en el Proyecto de Ley
159212016-GR que propone modificar
los articulos 5
y
9 del decreto legislativo
854, Ley de jornada de trabajo, horario y
trabajo en sobretiempo
COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Periodo Anual de Sesiones 201 7-2018
Señor Presidente:
Ha ingresado para estudio y dictamen de la
Comisión de Trabajo y Seguridad
Social,
de conformidad con el artículo 107 de la Constitución Política del Perú,
el Proyecto de Ley 1592/2016-CR,
presentado por el grupo parlamentario
Fuerza Popular,
por el que se propone modificar los articulas 5
y
9 del Decreto
Legislativo 854, Ley de Jornada de Trabajo. Horario y Trabajo en sobretiempo,
permitirá mejorar la calidad de vida y las condiciones de un trabajo sostenible en
beneficio de la persona.
Dicha iniciativa fue derivada a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, para
el estudio y dictamen correspondiente
La Comisión de Trabajo y Seguridad Social en su Octava Sesión Ordinaria del
12 de diciembre de 2017. aprobó por UNANIMIDAD de los congresistas
presentes el Dictamen recaído en el proyecto de ley antes mencionado con el
correspondiente texto.
1.
SITUACIÓN PROCESAL
a. Antecedentes
El
Proyecto de Ley N° 1592/2016-CR,
se presentó en el Área de Trámite
Documentario con fecha 26 de junio del 2016 y fue recibido en la Comisión de
Trabajo y Seguridad Social con fecha 28 de julio del 2017 corno única comisión
dictaminadora.
II. CONTENIDO DE LA PROPUESTA LEGISLATIVA
El Proyecto de Ley 1592/2016-CR,
propone modificar los artículos 5
y
9 del
Decreto Legislativo 854. Ley de Jornada de Trabajo Horario y Trabajo en
sobretiempo. permitirá mejorar la calidad de vida y las condiciones de un trabajo
sostenible en beneficio de la persona
La proposición legislativa tiene un artículo, una disposicion complementaria final
y una disposición complementaria derogatoria
El artículo 5 del Decreto Legislativo 854. establece que no se encuentran
comprendidos en la jornada máxima los trabajadores de dirección, los que no se
encuentran sujetos a fiscalización inmediata y los que prestan servicios
intermitentes de espera, vigilancia o custodia En este artículo la proposición
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