Dictamen recaído en el proyecto 04481/2022-CR. LEY QUE MODIFICA LA LEY 26790, LEY DE MODERNIZACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD, PARA AMPLIAR LA COBERTURA A LOS HIJOS SOLTEROS MAYORES DE EDAD QUE REALIZAN ESTUDIOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL O TÉCNICA

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN EN MAYORÍA
Fecha12 Julio 2023
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CONGRESO
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"Ano de to un'idod, to paz y el desarrollo"
"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres
DICTAMEN RECAIDO EN EL PROYECTO DE LEY
4481/2022-CR QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO,
PROPONE LA "LEY QUE MODIFICA LA LEY 26790, LEY
11 )UL. '.W DE MODERNIZACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN
SALUD, PARA AMPLIAR LA COBERTURA A LOS HIJOS
t/ n. I SOLTEROS MAYORES DE EDAD QUE REALIZAN
' ' " ESTUDIOS DE FORMACION PROFESIONAL 0 TECNICA."
COMISION DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
PERIODO ANUAL DE SESIONES 2022-2023
Senor presidente:
Ha ingresado para dictamen de la Comision de Trabajo y Seguridad Social (en
adelante, Comision de Trabajo), el proyecto de ley 4481/2022-CR, presentado por el
Grupo Parlamentario Renovacion Popular, a iniciativa del Congresista Miguel Angel
Ciccia Vasquez, mediante el cual se propone la "Ley que modifica el artfculo 3 de la
Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud Ley 26790".
En la DECIMA PRIMERA SESION EXTRAORDINARIA semipresencial, celebrada el
23 de junio de 2023, la Comision de Trabajo y Seguridad Social, con la dispensa del
tramite de sancion del acta, aprobo par MAYORIA, el dictamen recaido en el Proyecto
de Ley 4481/2022-CR que, con texto sustitutorio, propone la "Ley quo modifica la
Ley 26790, Ley de modernizacion de la seguridad social en salud, para ampliar
la cobertura a los hijos solteros mayores de edad que realizan estudios de
formacion profesional o tecnica." Votaron a favor los senores congresistas Sigrid
BAZAN NARRO, Miguel CICCIA VASQUEZ, Lucinda VASQUEZ VELA, Jose Maria
BALCAZAR ZELADA (Con reserva), Waldemar Jose CERRON ROJAS, Isabel
CORTEZ AGUIRRE, Alex Randu FLORES RAMIREZ, Nieves Esmeralda LIMACHI
QUISPE, Bernardo Jaime QUITO SARMIENTO, Edgar TELLO MONTES y Tania
Estefany RAMIREZ GARCIA. Se registro el voto en contra de los congresistas Maria
del Carmen ALVA PRIETO, Carlos Antonio ANDERSON RAMIREZ, Hernando
GUERRA GARCIA CAMPOS y Cruz ZETA CHUNGA. Se registro el voto en
abstencion del congresista Raul Felipe DOROTEO CARBAJO.
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CONGRESO
REPUBLICA
"Ano de la unidad, la paz y el desarrollo"
"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres
DICTAMEN RECAJDO EN EL PROYECTO DE LEY
4481/2022-CR QUE, CON TEXTO SUSTITUTORIO,
PROPONE LA "LEY QUE MODIFICA LA LEY 26790, LEY
DE MODERNIZACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN
SALUD, PARA AMPLIAR LA COBERTURA A LOS HIJOS
SOLTEROS MAYORES DE EDAD QUE REALIZAN
ESTUDIOS DE FORMACION PROFESIONAL 0 TECNICA."
1. SITUACION PROCESAL
1.1 Antecedentes procedimentales
El proyecto de ley 4481/2022-CR que propone la "Ley que modifica el articulo 3 de
la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud Ley 26790", ingreso par
tramite documentario el 14 de marzo del 2023 a iniciativa del congresista Miguel
Angel Ciccia Vasquez y, con fecha 16 de marzo del 2023, fue remitido para estudio
y dictamen a la Comision de Trabajo y Seguridad Social como unica comision
dictaminadora.
1.2 Antecedentes parlamentarios
De la revision de los archivos correspondientes a los penodos 2021-2026, 2020-
2021,2016-2020,2011 -2016, 2006-2011, 2001-2006 y 1995-2000, se observa que
no se presentaron iniciativas legislativas que aborden una materia afin a la recogida
en el proyecto de ley 4481/2022-CR.
II. CONTENIDO DE LA PROPUESTA LEGISLATIVA
El proyecto de ley 4481-2022/CR cuenta con una formula legal que consta de
cuatro (4) articulos, la cual es desarrollada a continuacion:
LEY QUE MODIFICA EL ARTlCULO 3, DE LA LEY DE MODERNIZACION DE LA
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD LEY ? 26790
ARTJCULO 1. OBJETO Y FINES DE LA LEY
La presente Ley, tiene por objeto modificar el articulo 3, de la Ley de Modernizacion de la
Seguhdad Social en Salud Ley ?26790 incorporando a hijos menores de edad, o solteros
mayores de dieciocho (18) anos de edad que esten siguiendo con exito estudios
superiores: tecnicos y universitarios de manera continua hasta los veintiocho (28)
anos de edad, con el fin de garantizar la salud en /os derechohabientes en situacion de
estudiantes de nivel tecnico y superior.
ARTICULO 2. MODIFICACION DE LA NORMA
Modifiquese elArticulo 3, de la Ley de Modemizacion de la Seguridad Social en Salud Ley
A/° 26790, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera:

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