Dictamen recaído en el proyecto 03997/2022-CR. LEY QUE RESTABLECE LOS JUZGADOS DE EJECUCIÓN PENAL Y MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO 767, APRUEBA LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL; EL DECRETO LEGISLATIVO 957, QUE PROMULGA EL CÓDIGO PROCESAL PENAL; Y EL DECRETO LEGISLATIVO 654, QUE PROMULGA EL CÓDIGO DE EJECUCIÓN PENAL (EN RELATORÍA 05/01/2024)

JurisdicciónPerú
Tipo de procesoDICTAMEN EN MAYORÍA
Fecha05 Enero 2024
Ilf
Prkú
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
ÁREA
DE
TRAMITE
DOCUMENTARIO
05
ENE
2024
BIDO
Hora
q:
0
5
COMISIÓN
DE
JUSTICIA
Y
DERECHOS
HUMANOS
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo""
Dictamen
de
Allanamiento
recaído
en
la
Autógrafa
de
la
Ley
observada
por
el
Poder
Ejecutivo
respecto
del
Proyecto
de
Ley
3997//2022
-CR,
Ley
que
restablece
los
Juzgados
de
Ejecución
Penal
y
modifica
el
Decreto
Legislativo
767,
que
aprueba
la
Ley
Orgánica
del
Poder
Judicial;
el
Decreto
Legislativo
957,
que
promulga
el
Código
Procesal
Penal;
y
el
Decreto
Legislativo
654,
que
promulga
el
Código
de
Ejecución
Penal.
COMISIÓN
DE
JUSTICIA
Y
DERECHOS
HUMANOS
Periodo
Anual
de
Sesiones
2023-2024
DICTAMEN
Señor
presidente:
Ha
ingresado
el
21
de
noviembre
de
2023
para
estudio
y
dictamen
de
la
Comisión
de
Justicia
y
Derechos
Humanos
la
Autógrafa
Observada
por
el
Poder
Ejecutivo
de
la
"Ley
que
modifica
el
Texto
Único
Ordenado
de
la
Ley
Orgánica
del
Poder
Judicial,
Decreto
Supremo
017-93-JUS,
para
restablecer
los juzgados
de
Ejecución
Penal,
modifica
el
Código
Procesal
Penal,
Decreto
Legislativo
957,
y
el
Texto
Único
Ordenado
del
Código
de
Ejecución
Penal,
Decreto
Supremo
003-2021-JUS".
I.
SITUACIÓN
PROCESAL
1.1.
Antecedentes
El
Proyecto
de
Ley
3997/2022
-CR,
ingresó
al
área
de
Trámite
Documentario
el
16
de
enero
de
2023
y
fue
decretado
a
la
Comisión
de
Justicia
y
Derechos
Humanos
como
única
comisión
dictaminadora
el
17
de
enero
de
2023.
El
17
de
mayo
de
2023
la
Comisión
de
Justicia
y
Derechos
Humanos
en
su
vigésima
cuarta
sesión
ordinaria
aprobó
por
mayoría
el
dictamen
recaído
en
el
Proyecto de
Ley
3997/2022
-CR,
por
el
que
se
propone
restablecer
los juzgados
de
ejecución
penal.
El
Pleno
del
Congreso
de
la
República,
el
12
de
octubre
de
2023
luego
del
debate,
aprobó
el
referido
dictamen
por
acuerdo
del
Pleno
y
se
exoneró
de
segunda
votación
el
dictamen
aprobado
por
el
pleno
quedando
expedito
para
la
elaboración
de
la
autógrafa
de
ley.
1
uf
ERU
; ;
CONGRESO
REPÚBLICA
COMISIÓN
DE
JUSTICIA
Y
DERECHOS
HUMANOS
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Arlo
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo""
Dictamen
de
Allanamiento
recaído
en
la
Autógrafa
de
la
Ley
observada
por
el
Poder
Ejecutivo
respecto
del
Proyecto
de
Ley
3997//2022
-CR,
Ley
que
restablece
los
Juzgados
de
Ejecución
Penal
y
modifica
el
Decreto
Legislativo
767,
que
aprueba
la
Ley
Orgánica
del
Poder
Judicial;
el
Decreto
Legislativo
957,
que
promulga
el
Código
Procesal
Penal;
y
el
Decreto
Legislativo
654,
que
promulga
el
Código
de
Ejecución
Penal.
La
autógrafa
de
ley
se
remitió
a
la
Presidencia
de
la
República
el
31
de
octubre
de
2023,
mediante
sobre
71;
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
artículo
108
de
la
Constitución
Política
del
Perú.
El
presente
dictamen
de
allanamiento
se
aprobó
por
mayoría
de
los
congresistas
presentes
en
la
décimo
primera
sesión
ordinaria
semipresencial
de
la
Comisión
de
Justicia
y
Derechos
Humanos,
celebrada
el
13
de
diciembre
de
2023,
con
los
votos
favorables
de
los
siguientes
congresistas:
Rivas
Chacara,
Limachi
Quispe,
Acuña
Peralta
María,
Alva
Prieto,
Cruz
Mamani,
Dávila
Atanacio,
Echaíz
de
Nuñez
lzaga,
Gonza
Castillo,
Juárez
Calle,
Juárez
Gallegos,
Luque
Ibarra,
Medina
Minaya,
Morante
Figari,
Moyano
Delgado,
Paredes
Gonzáles
y
Tudela
Gutiérrez.
Votó
en
abstención
Balcázar
Zelada.
No
hubo
votos
en
contra.
II.
OBSERVACIONES
DEL
PODER
EJECUTIVO
Con
fecha
21
de
noviembre
de
2023,
se
recibió
en
el
Congreso
de
la
República
el
Oficio
360
-2023
-PR,
firmado
por
la
presidenta
de
la
República,
Dina
Ercilia
Boluarte
Zegarra
y
por
el
señor
Luis
Alberto
Otárola
Peñaranda
Presidente
del
Consejo
de
Ministros,
observando
la
Autógrafa
de
Ley,
en
aplicación
del
artículo
108
de
la
Constitución
Política
del
Perú
y
por
el
cual
se
plantean
las
observaciones.
III.
MARCO
NORMATIVO
Constitución
Política
del
Perú
de
1983.
Reglamento
del
Congreso
de
la
República.
Decreto
Legislativo
635,
Código
Penal.
Decreto
Legislativo
957,
Nuevo
Código
Procesal
Penal.
Ley
27444,
Ley
del
Procedimiento
Administrativo
General.
Ley
26889,
Ley
marco
para
la
Producción
y
Sistematización
Legislativa.
Decreto
Supremo
003-2021-JUS,
Texto
Único
Ordenado
del
Código
de
Ejecución
Penal.
2

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